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PreferenteCódigo 2ALEE68774

ESP ALEMANA 70/70 6800

Puntuación del plan
3,3

Plan no comercializable.

Desde

$158.413/mes

3,84 UF
% Tope Copago Fijo %
0.90
UF
Atencion Inmediata del Recien Nacido (**)
2.00 VA
3.00
VA
2.00
VA
6.00
UF
6.00
UF
6.00
UF
6.00
UF
6.00
UF
4.80
VA
1.60
VA
1.60
VA
1.28
VA
40.00
UF
70.00
UF Sin Tope 40.00 UF
2.40
VA 4,00 UF 1.60 VA 4.00 UF
6.00
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1e)
10.00 UF
1.60
VA 25.00 UF
0.50
UF 20.00 UF
3.45
VA
3.50
VA
3.83
UF 11.50 UF
0.80
UF
1.00
UF
Laboratorio
1.60 VA
1.76
VA
1.60
VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (1k)
3.00 VA
Derecho de Pabellón (1k)
1.60 VA
Procedimientos (1c)
2.00 VA
Atención Integral de enfermería (2h)
2.00 VA
Atención Integral de Nutricionista (2h)
2.00 VA 6.60 UF
1.28
VA
1.60
VA 4.00 UF
1.00
UF 5.00 UF
5.00
VA 5.00 UF
5.00
VA 5.00 UF
2.00
VA 2.60 UF
3.45
VA
3.83
UF 11.50 UF
Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia: Incisivo
1.42 UF
Endodoncia: Premolar
1.51 UF
Endodoncia: Molar
1.83 UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.n):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (1.a.3

1.50
UF
0.40
VA
10.00
UF
10.00
UF
0.75
VA
3.00
VA
4.80
VA
3.83
UF 11.50 UF
2.00
VA 0.80 UF
3.50
VA
Box ambulatorio (1k) (2a)
2.00 VA
0.70
UF
Cobertura Internacional (1m)

70

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Sin Tope

Sin Tope

Honorarios Médicos

PET -CT

Sin Tope
Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)
Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)

1.00 VA

Medicamentos hospitalarios

Materiales Clínicos e Insumos

Sin Tope

Sin Tope

Día cama Maternidad

Pabellón

70

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

LIBRE ELECCIÓN

Sin Tope
Consulta - Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO en Clínica Alemana(**) Staff
AMCA

ATENCIONES DE URGENCIA

Bonificación
Tope máx. año contrato
por beneficiario (2b)

Prestaciones Dentales PAD (1.l)

Sin Tope

70

Prótesis y Ortesis

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo
plan.

CODIGO DE PLAN :
2ALEE68774 NOMBRE :
FUN Nº
TIPO DE PLAN : INDIVIDUAL
Sólo cobertura Libre Elección

Medicamentos Ambulatorios (1j)

80

(**) Staff AMCA

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.2.1)
Clínica Santa María
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

25.00

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2d)

Día Cama Clínica de Recuperación

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1d)

Medicamentos en hospitalización (1j)

70

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (**) (1b)

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2b)

OTRAS COBERTURAS (1.a.1)

Óptica (1g)

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre
Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF
1000.

Atenciones de Urgencia

Laboratorio

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en
relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

70

Bonificación

Sin Tope

Día cama Cuidados Intermedios

Materiales Clínicos e Insumos (1j)

1.a) Cobertura Preferente (*)

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

ALEMANA ESPECIAL 70/70 6800

Sin Tope

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo
objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Tope

Día Cama Otros

Sin Tope

Derecho de Pabellón

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**) (1c)

70% Sin Tope Clínica Alemana
90% Sin Tope
Centros Integramedica

Prótesis y Ortesis

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Consulta Urgencia y Oftalmológica (**) (1f)

Consulta Psiquiatría

Consulta Médica (**)

Histopatologia

Kinesiterapia

Traslados (1h)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Psiquiatría Ambulatoria

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2d)

Drogas Biológicas (2.f)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)

Cobertura Libre Elección

Clínica
Alemana

PRESTADORES DERIVADOS

PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.2)
Clínica Santa María - Clínica Avansalud Providencia
25

80

70

Fonoaudiologia

80

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

Clínica Alemana(**) Staff AMCA

Día Cama Especialidades

Kinesiterapia

Día Cama Psiquiatría (1d)

70% Sin Tope

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Traslados (1h)

Sin Tope

40

Sólo cobertura Libre Elección

En tipo de
Habitacion Individual

Sin Tope

Sin Tope

UF

Sólo cobertura Libre Elección

70
CODIGO DE PLAN :
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut :
Rut :
Fecha :

2.- Definiciones

Nombre Arancel (5a)

$
Unidad
Tope General por Beneficiario (2b)
UF 5000
1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.

1.m) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos
y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior
con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.a.2.1) Es prestador derivado para las prestaciones hospitalarias del Plan Preferente Clínica Santa María. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación
individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

1.h) Con indicación médica justificada.

1.i) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.j) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior al de la respectiva bonificación.

1.k) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de
intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior en que se devenga la remuneración.

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta
Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado.
Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con
exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen
parte de la Red de la Isapre.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.
La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente".

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor
(IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la
autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se
incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD:
2ALEE68774
2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

2.g) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el
régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La
fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad
o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías
crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

Cotizante
Cargas
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo
familiar

1.a.3) La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por
complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre eleccion, se excluye de la cobertura preferente.Se deja
constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

1.a.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Alemana el prestador Clínica Santa María y Clínica Avansalud Providencia. En caso de insuficiencia de Clínica
Alemana, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos
ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica
ambulatoria efectuada en Clínica Alemana, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Exs, RX,TAC,ECO,RNM, Medicamentos
ambulatorios en atención de urgencia), tendrán la cobertura definida para la libre Elección.

NOMBRE :

(**) Staff AMCA = Médicos Staff Clínica Alemana en convenio con Cruz Blanca.

Huella Dactilar

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Contratante

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo
al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente el Suite y/o Depto

Isapre Cruz Blanca - 31

Edad (Años)

ALEMANA ESPECIAL 70/70 6800
2ALEE68774
1.n) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de
este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen
la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.