FUN N° % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.60UF 3.20VA 2.20VA 9.00UF 17.00UF 3.60UF 3.60UF 8.00VA 1.00VA 1.10VA 1.00VA 0.80VA 90.00UF 70.00UF45.00UF70.00UF 3.30VA2.20VA5.50UF 9.00UF18.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e)22.50UF18.00UF 2.40VA18.00UF 0.95UF38.00UF 0.50UF 0.63UF Laboratorio1.00VA Histopatología1.10VA 1.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)3.20VA Box Ambulatorio(i)3.80VA Derecho de Pabellón(i)2.80VA Procedimientos(c)2.20VA 0.80VA 2.20VA5.50UF 0.60UF 0.50UF5.00UF 2.50VA5.00UF 2.50VA5.00UF Atención integral de enfermería y nutricionista(l)2.20VA 3.92VA2.86UF 1.80VA0.72UF 3.80VA 3.50VA 3.83UF11.50UF Cobertura Internacional 70 Fono CruzBlanca 600 818 0000 90 INDIVIDUAL Clínica Hospital del Profesor Clinica Dávila 70 70% Sin Tope Clínica Dávila Copago fijo UF 0.17 en Megasalud (a.1) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO UF - Veces Arancel PRESTACIONES HOSPITALIZADAS CODIGO DE PLAN:2DV6400012 Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) (m) Clinica Dávila Tope BonificaciónCopago Fijo LIBRE ELECCIÓN NACIONAL 30 días Atenciones de Urgencia Fonoaudiología Sin Tope Año/Benef/UF UTI-UCI Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(*) (b) Día Cama Otros Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) UF - Veces Arancel Derecho de Pabellón Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(*)( c) Tope Bonificación NOMBRE:DAVILA 6400 90Habitación Individual (*) Staff Clinica Dávila a) Cobertura Preferente Tope Sin Tope TIPO DE PLAN: 90 Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope Clinica Dávila Día Cama Especialidades Laboratorio Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Psiquiatría(d) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sin Tope Consulta Psiquiatría Sólo cobertura Libre Elección 15 días Óptica(g) Consulta Médica Sin TopeConsulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,atención dental,cirugíafotorrefractiva(lasik),tratamientosde Infertilidad,tratamientoscondrogasbiológicas,cirugía bariátrica o de obesidad, PET - CT. Kinesiterapia (*) Staff Clinica Dávila Traslados(h) Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) Sin Tope Medicamentos en hospitalización(k) Materiales Clínicos e Insumos(k) PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope OTRAS PRESTACIONES (a.2) Exámenes7 días Tiempos de Espera: www.cruzblanca.cl Proc. diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones quirúrgicas Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiterapia La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pagoque se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. PRESTADORES DERIVADOS(a.3) Histopatología Prótesis y Ortesis Medicamentos Ambulatorios(j) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sólo cobertura Libre Elección Sólo cobertura Libre Elección Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Psiquiatría Ambulatoria Consulta Médica(*) 70 80 OTROS (Restricciones) (a.2) Consulta Urgencia y Oftalmológica(*)(f)
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre : a.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 2DV6400012 a)Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. (*) Staff Clinica Dávila = Médicos Staff Clinica Dávila en convenio con Cruz Blanca. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. a.1)Copago fijo 0.17 UF, Consultas Medicas en Megasalud , se excluye las especialidades de Oftalmología y Urgencia. DAVILA 6400CODIGO DE PLAN:NOMBRE : Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. NOTAS EXPLICATIVAS UF 5000Isapre Cruz Blanca -20 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Edad (Años) e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios. UF m)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar Tope General por Beneficiario m)Nombre Arancel h)Con indicación médica justificada. f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) ContratanteCargas Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. a.3) Es prestador derivado del prestador preferente, laClínica Hospital del Profesorpara todas las prestacionesrealizadas, de acuerdo al nivel de hotelería y topes de cobertura señalados. Contratante j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. Unidad l)Para obtenerla cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista en Medicina Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista:pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre- diabetes), para casos deEnfermería:para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización Huella Dactilar k)“Eltope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende por Evento hospitalario a aquelque engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público oprivado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ” i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box Ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas.