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PreferenteCódigo 2DV6400012

DAVILA 6400

Puntuación del plan
3,6

Plan no comercializable.

Desde

$135.624/mes

3,29 UF
FUN N°
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
0.60
UF
3.20
VA
2.20
VA
9.00
UF
17.00
UF
3.60
UF
3.60
UF
8.00
VA
1.00
VA
1.10
VA
1.00
VA
0.80
VA
90.00
UF
70.00
UF 45.00 UF 70.00 UF
3.30
VA 2.20 VA 5.50 UF
9.00
UF 18.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)
22.50 UF 18.00 UF
2.40
VA 18.00 UF
0.95
UF 38.00 UF
0.50
UF
0.63
UF
Laboratorio
1.00 VA
Histopatología
1.10 VA
1.00
VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
3.20 VA
Box Ambulatorio (i)
3.80 VA
Derecho de Pabellón (i)
2.80 VA
Procedimientos (c)
2.20 VA
0.80
VA
2.20
VA 5.50 UF
0.60
UF
0.50
UF 5.00 UF
2.50
VA 5.00 UF
2.50
VA 5.00 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (l)
2.20 VA
3.92
VA 2.86 UF
1.80
VA 0.72 UF
3.80
VA
3.50
VA
3.83
UF 11.50 UF
Cobertura Internacional

70

Fono CruzBlanca 600 818 0000

90

INDIVIDUAL

Clínica Hospital del Profesor

Clinica Dávila

70

70% Sin Tope Clínica Dávila
Copago fijo UF 0.17 en Megasalud (a.1)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

UF - Veces Arancel

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

CODIGO DE PLAN :
2DV6400012
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

(m)

Clinica Dávila

Tope Bonificación
Copago Fijo
LIBRE ELECCIÓN

NACIONAL

30 días

Atenciones de Urgencia

Fonoaudiología

Sin Tope

Año/Benef/UF

UTI-UCI

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (*) (b)

Día Cama Otros

Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)

UF - Veces Arancel

Derecho de Pabellón

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) ( c)

Tope Bonificación

NOMBRE :
DAVILA 6400
90
Habitación Individual
(*) Staff Clinica Dávila

a) Cobertura Preferente

Tope

Sin Tope

TIPO DE PLAN :

90

Sólo cobertura Libre Elección

Sin Tope

Clinica Dávila

Día Cama Especialidades

Laboratorio

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Día Cama Psiquiatría (d)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Sin Tope

Consulta Psiquiatría

Sólo cobertura Libre Elección

15 días

Óptica (g)

Consulta Médica

Sin Tope Consulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía
bariátrica o de obesidad, PET - CT.

Kinesiterapia

(*) Staff Clinica Dávila

Traslados (h)

Día Cama Clínica de Recuperación

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

Sin Tope

Medicamentos en hospitalización (k)

Materiales Clínicos e Insumos (k)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

OTRAS PRESTACIONES (a.2)

Exámenes
7 días
Tiempos de Espera:

www.cruzblanca.cl

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Intervenciones quirúrgicas

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Kinesiterapia

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas
preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del
artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas
extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

PRESTADORES DERIVADOS (a.3)

Histopatología

Prótesis y Ortesis

Medicamentos Ambulatorios (j)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Sólo cobertura Libre Elección

Sólo cobertura Libre Elección

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Psiquiatría Ambulatoria

Consulta Médica (*)

70

80

OTROS (Restricciones) (a.2)

Consulta Urgencia y Oftalmológica (*) (f)
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :

a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

2DV6400012

a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

(*) Staff Clinica Dávila = Médicos Staff Clinica Dávila en convenio con Cruz Blanca.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a.1) Copago fijo 0.17 UF, Consultas Medicas en Megasalud , se excluye las especialidades de Oftalmología y Urgencia.

DAVILA 6400
CODIGO DE PLAN : NOMBRE :
Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por
el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

NOTAS EXPLICATIVAS

UF 5000
Isapre Cruz Blanca -20
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Edad (Años)

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada
año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio
de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la
oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su
incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma
fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios.

UF

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y
por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la
prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud,
determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

Precio Base Plan de Salud Complementario en
UF

Precio Total Plan de Salud Complementario en
UF según Grupo familiar

Tope General por Beneficiario m)
Nombre Arancel
h) Con indicación médica justificada.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del
mes al que corresponde devengar la cotización.)

Contratante
Cargas
Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio
nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por
beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de
Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para
proceder a su liquidación.

a.3) Es prestador derivado del prestador preferente, la Clínica Hospital del Profesor para todas las prestaciones realizadas, de acuerdo al nivel de hotelería y topes de
cobertura señalados.

Contratante

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Unidad

l) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista en Medicina Interna o
nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con
dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-
diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras
universitarias.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución
que realiza la atención.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización

Huella Dactilar

k) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba
todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización
domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La
fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box
Ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas.