%Tope% 0.60UF 3.20VA 2.20VA 9.00UF 17.00UF 17.00UF 3.60UF 3.60UF 8.00VA 1.00VA 1.10VA 1.00VA 0.80VA 90.00UF 8070.00UF45.00UF 903.30VA5.50 UF2.20VA5.50UF 9.00UF18.00UF 22.50UF18.00UF 2.40VA18.00UF 0.95UF38.00UF 3.80VA 3.50VA 3.83UF11.50UF 0.50UF 0.63UF Laboratorio1.00VA Histopatología1.10VA 1.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(1.k)3.20VA Derecho de Pabellón(1.k)2.80VA Procedimientos(1.c)2.20VA Radioterapia2.20VA 0.80VA 2.20VA5.50UF 0.50UF5.00UF 2.50VA5.00UF 2.50VA5.00UF Atención integral de enfermería(2.h)2.20VA Atención integral de nutricionista(2.h)2.20VA7.26UF 3.92VA2.86UF 3.80VA 3.83UF11.50UF Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia Incisivo1.42UF Endodoncia Premolar1.51UF Endodoncia Molar1.83UF 1.80VA0.72UF 3.50VA 0.60UF Box Ambulatorio(1.k)(2.a)3.80VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 LIBRE ELECCIÓN Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) (**) Staff Clinica Dávila FUN N° Bonificación Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,atencióndental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, PET - CT. Tratamientos con drogas biológicas(2.f) Cirugía bariátrica o de obesidad(2.e) Consulta Urgencia y Oftalmológica(**)(1.f) Consulta Médica(**) Día Cama Clínica de Recuperación PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope 70% Sin Tope Clínica Dávila Copago fijo UF 0.17 en Megasalud (1.a.1) Kinesiterapia Psiquiatría Ambulatoria 70 Sin Tope Fonoaudiología Sin Tope Clinica Dávila (**) Staff Clinica Dávila (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Cobertura Internacional(1.j) Consulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO en Clinica Dávila Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Tiempos de Espera: 80 Intervenciones quirúrgicas PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2) La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. OTRAS PRESTACIONES (1.a.2) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS PRESTADORES DERIVADOS(1.a.3) Exámenes Día cama Cuidados Intermedios Sin TopeImagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Sin Tope Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) Clinica Dávila Habitación Individual Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Derecho de Pabellón 1.a) Cobertura Preferente (*) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(**)(1.c) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.d) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Tope Día Cama Especialidades Copago Fijo Bonificación Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(**)(1.b) Día Cama Otros Medicamentos en hospitalización(2.g) Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Laboratorio Atenciones de Urgencia 15 días 30 días 7 díasProc. diagnósticos y TerapéuticosConsulta Médica www.cruzblanca.cl Clínica Hospital del Profesor 70 Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Psiquiatría(1.d) Sólo cobertura Libre Elección 90 90 Materiales Clínicos e Insumos(2.g) 90 Histopatología VA PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE CODIGO DE PLAN:2DV6400013 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) NOMBRE:DAVILA 6400 INDIVIDUALTIPO DE PLAN: Sin Tope Consulta Psiquiatría Kinesiterapia Sólo cobertura Libre Elección Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d)80 Sólo cobertura Libre Elección Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e) Sin Tope 70Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(1.i) 70 Sólo cobertura Libre Elección Prótesis y Ortesis Prestaciones Dentales PAD (1.l): Sólo cobertura Libre Elección401.00 Sin Tope Traslados(1.h) Óptica(1.g) PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 80 Prótesis y OrtesisSin Tope Traslados(1.h) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d)
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Afiliado Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. UF 5000Isapre Cruz Blanca -31$ Tope General por Beneficiario(2.b)Nombre Arancel(5.a)Unidad 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EX = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = ecotomografías; RNM= resonancia nuclear magnética. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.k)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. 1.j)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.i)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD:2DV6400013 a)Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente el Suite o Departamaneto. (**) Staff Clinica Dávila en convenio con Cruz Blanca. Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a.1)Copago fijo 0.17 UF, Consultas Medicas en Megasalud , se excluye las especialidades de Oftalmología y Urgencia. 1.a.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a.3) Es prestador derivado del plan preferente,laClínica Hospital del Profesor para todas las prestaciones realizadas, de acuerdo al nivel de hotelería y topes de cobertura señalados. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Huella Dactilar Contratante Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) 2DV6400013DAVILA 6400CODIGO DE PLAN:NOMBRE :