%Tope% Exámenes de Histopatología 28.80UF28.80UF 3.20VA 4.59VA 4.59UF 4.59UF 4.50VA 4.50VA 40.00UF120.00UF 1.30UF 1.30UF Exámenes de Laboratorio2.70VA Exámenes de Histopatología2.97VA 4.00VA28.80UF 2.70VA 1.76VA Pabellón Ambulatorio(1.d)6.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)0.92VA Procedimientos(1.c)3.20VA 3.20VA11.52UF 1.30UF19.50UF 6.50VA19.50UF 6.50VA19.50UF 40.00UF120.00UF 3.20VA Prótesis y Órtesis4.50VA Atención integral de enfermería(2.h)3.20VA Atención integral de nutricionista(2.h)3.20VA10.56UF Prestaciones Dentales PAD(1.k) Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF 1.15VA 19.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)19.50UF 19.50UF 9.75UF 40.00UF120.00UF 1.15VA 1.15VA 3.20VA 7.00VA 1.00UF 4.50VA 802.00VA0.80UF 901.30UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Visita Médico Tratante(**) Visita Interconsultor(**) (1.b) Sin Tope 90 Quimioterapia(2.d) Consulta Oftalmológica Consulta Psiquiatría 90 ATENCIONES DE URGENCIA (1.g) 40 Prestaciones Ambulatorias Óptica(1.h) 1.00 VA Sólo cobertura libre elección Sólo cobertura libre elección Sin Tope Sin Tope Quimioterapia(2.d) INTEGRAMEDICA 90% Sin Tope Clínica Dávila Día Cama Clínica de Recuperación Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Traslados médicos(1.i) Fonoaudiología Día Cama Maternidad PRESTACIONES AMBULATORIAS COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO: Psiquiatría Ambulatoria PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. PRESTACIONES NOMBRE: Día cama Cuidados Intermedios 1.a) OFERTA PREFERENTE(*) Bonificación 100% Sin Tope Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios 100 Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Tope max. Año contraro por beneficiario (2.b) HOMBRE ACTIVO 6000 (**) Staff AMDA Kinesiología y fisioterapia Día Cama Especialidades Derecho de Pabellón (*** CLC) CODIGO DE PLAN: Sin Tope Exámenes de Laboratorio BonificaciónCopago Fijo Tope max. Año contraro por beneficiario (2.b) Tope INDIVIDUAL Sin Tope Libre Elección 50% Sin Tope Clínica Las Condes Clínica Alemana de Santiago Clínica San Carlos de Apoquindo 100 Kinesiología y fisioterapia 25 Medicamentos hospitalarios Sin Tope Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria Sin Tope Medicamentos en hospitalización(2.g) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.3) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) OTRAS COBERTURAS (1.a.3) CLÍNICA BICENTENARIO PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN:FUN Nº Día Cama Observación-Recuperación LIBRE ELECCIÓN MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Sin Tope Sin Tope 2HA6000013 Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) Consulta Médica Clínica Dávila PRESTADOR DERIVADO 1.a.1.2) y 1.a.2.2) Sólo cobertura libre elección Radioterapia PET -CT Honorarios Médicos Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e) Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Materiales Clínicos e Insumos HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sólo cobertura libre elección 25,20 UF Habitación Individual Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(**) (1.c) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. 70% Sin Tope Clínica Dávila Box ambulatorio(2.a)(1.d)70% Sin Tope Clínica Dávila Sin Tope Sin Tope Drogas Biológicas(2.f) Sin Tope Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Sin Tope www.cruzblanca.cl Medicamentos Ambulatorios(1.j) Día Cama Psiquiatría(1.e) Pabellón Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sólo cobertura libre elecciónSin Tope Traslados(1.i)Sin Tope 90 Sólo cobertura libre elección Sin Tope Cobertura Internacional (1.l) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.
CODIGO DE PLAN:NOMBRE: Cargas HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: 1.- Coberturas 2.- Definiciones (**) Staff AMDA = (*** CLC) = 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) $ 1a.1.1) Red Ambulatoria Tope General Anual por Beneficiario 2.b) 80 y más 65 a menos de 70 7000 70 a menos de 75 75 a menos de 80 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Identificación Única del Arancel (5.a) 20 a menos de 25 30 a menos de 35 35 a menos de 40 5 a menos de 10 60 a menos de 65 55 a menos de 60 Modalidad del Arancel Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 0 a menos de2 25 a menos de 30Isapre CruzBlanca - 31 10 a menos de 15 Contratante HOMBRE ACTIVO 6000 2 a menos de5 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 40 a menos de 45 NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 2HA6000013 UF 45 a menos de 50 15 a menos de 20 Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. CLÍNICA BICENTENARIO 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a.2.2) Es prestador Derivado hospitalario del Plan HOMBRE ACTIVO 6000, CLÍNICA BICENTENARIO. En caso de insuficiencia de Clínica Dávila, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. Medícos de Staff Clínica Dávila en Convenio para el Plan. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Se excluye de la cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética. Oferta preferente Ambulatoria: 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. INTEGRAMEDICA Centros Médicos : Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central , Puente Alto, Maipú, El Trebol , Talca, La Serena. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 50 a menos de 55 1.a.1.2) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan HOMBRE ACTIVO 6000, todos los centros médicos de Integramedica. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador . 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.a.2.3) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, quepor condición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en: Huella Dactilar Contratante 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: Profesional Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. TABLA DE FACTORES Nº 537 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. Edad años 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.a.2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.a.3)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 50% Sin Tope Clínica Las Condes, Clínica Alemana de Santiago, Clínica San Carlos de Apoquindo . 2HA6000013