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Preferente

2HGAE60717

HOGAR AUSTRAL 6000 ESPECIAL 17

Puntuación del plan 4,9

Desde

$85.424/mes


Comparar Planes Online
% Copago Fijo %
5.00 UF
12.00 UF
12.00 UF
2.50 UF
5.00 VA
3.50 VA
1.80 VA
Exámenes de Histopatología 1.98 VA
2.00 VA
2.00 VA
27.00 UF
13.00 UF
2.20 VA 3.06 UF 2.00 VA 3.06 UF
2.20 VA 2.00 VA
2.00 VA 2.00 VA
4.27 VA 4.27 VA
0.70 UF 0.45 UF
0.70 UF 0.45 UF
2.41 VA
2.82 VA
1.24 UF 6.21 UF
1.24 UF 6.21 UF
0.85 UF 0.85 UF
0.85 UF 0.85 UF
1.80 VA
1.98 VA
2.00 VA
2.40 VA 2.40 VA
2.00 VA 2.00 VA
4.27 VA 4.27 VA
2.40 VA 2.00 VA
2.00 VA 3.06 UF 2.00 VA 3.06 UF
0.20 UF 1.00 UF 0.20 UF 1.00 UF
1.00 VA 1.00 UF 1.00 VA 1.00 UF
1.00 VA 1.00 UF 1.00 VA 1.00 UF
1.64 VA 2.07 UF 1.64 VA 2.07 UF
2.00 VA 2.00 VA
2.00 VA 2.00 VA
2.00 VA 6.60 UF 2.00 VA 6.6 UF
1.24 UF 6.21 UF
2.41 VA
1.00 VA 7.00 UF
1.00 VA 4.00 UF
1.00 VA 12.00 UF
COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO
1.25 UF
0.88 VA
6.75 UF
1.07 VA
1.25 UF 15.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f) 6.75 UF 15.00 UF
1.25 VA 15.00 UF
1.25 UF 15.00 UF
2.00 VA
1.07 VA
0.88 VA
Box ambulatorio (2.a)(1.d) 5.00 VA
6.75 UF
0.72 UF 0.72 UF
2.82 VA
80 0.85 UF 70 0.85 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
RNM- PRO-HMQ-DPA
Sin Tope
Traslados (1.i)
Medicamentos Ambulatorios (1.j) 70
Sólo Cobertura Libre Elección
Medicamentos Ambulatorios (1.j)
EXS, RX,TAC,ECO
ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.5)
Cobertura Internacional (1.l)
PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.4)
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
80
Kinesiología y fisioterapia
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
Exámenes de Laboratorio
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
Fonoaudiología
Medicamentos en hospitalización (2.g)
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.
Sólo Cobertura Libre Elección
80
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Sin Tope
Radioterapia
100
85
Solo Cobertura Libre Elección
Traslados médicos (1.i)
Día Cama Psiquiatría
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):
Visita Médico Tratante
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Visita Interconsultor (1.b)
Quimioterapia (2.d)
Drogas Biológicas (2.f)
Día cama Cuidados Intermedios
Materiales Clínicos e Insumos (2.g)
Sin Tope
70
Sin Tope
Prótesis y Ortesis
Radioterapia
80
Sin Tope
Consulta Psiquiatría
ISA - RED AUSTRAL 9
Consulta Médica
Kinesiología y fisioterapia
Pabellón Ambulatorio(1.d)
Procedimientos (1.c)
Psiquiatría Ambulatoria
Sin Tope
100
Sin Tope
Sin Tope
Sin Tope
Día Cama Observación-Recuperación
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d)
Atención integral de enfermería (2.h)
100
Sin Tope
80
40
Sin Tope
Quimioterapia (2.d)
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
PET -CT
Exámenes de Histopatología
Sin Tope
Derecho de Pabellón
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
Consulta Oftalmológica
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
Día Cama Clínica de Recuperación
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c)
Prestaciones Dentales PAD (1.k)
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
Exámenes de Laboratorio
Atención integral de nutricionista (2.h)
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
Sin Tope
OTRAS COBERTURAS
Sólo Cobertura Libre Elección
100 Sin Tope
Consulta Urgencia (1.g)
1.a) Red Austral 9 y
Clínica Indisa(Habitación Doble)
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
Óptica (1.h)
Cirugía de Bariatrica, Metabólica y Fotorefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)
Cirugía de Bariatrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)
Sin Tope
Sólo Cobertura Libre Elección
80
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Honorarios Médicos
90
Sin Tope
1.a) Red Austral 9 y
Clínica Indisa
Sin Tope
PRESTADORES DERIVADOS
1.a.1.1) Red Austral 9 e 1.a.1.2) ISA Región Metropolitana
Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)
www.cruzblanca.cl
1.a) OFERTA PREFERENTE
RED AUSTRAL 9
Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
Pabellón
Medicamentos e Insumos hospitalarios
Día Cama Especialidades
Tope máx. año contrato por
beneficiario (2.b)
TIPO DE PLAN :
HOGAR AUSTRAL 6000 ESPECIAL 17
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
(1.a.2.1) (1.a.2.2)
PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.1.1) (1.a.1.2)
FUN Nº
Bonificación
OFERTA LIBRE ELECCIÓN
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
Tope
Bonificación
NOMBRE :2HGAE60717
PRESTACIONES
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
Tope
INDIVIDUAL
CODIGO DE PLAN :
PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.
Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al
menos, entre los siguientes planes de salud:
i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los
restantes beneficios del nuevo plan.
ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.
Día cama Maternidad
Sólo Cobertura Libre Elección
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más 5.50 4.90 5.50 4.50
CODIGO DE PLAN: 2HGAE60717 NOMBRE:
Cargas
Edad años
Modalidad del Arancel
Contratante
HOGAR AUSTRAL 6000 ESPECIAL 17
UF
Tope General Anual por Beneficiario
2.b)
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF (4.b)
Identificación Única del Arancel (5.a)
TABLA DE FACTORES Nº 537
Isapre CruzBlanca - 31
$
4000
1.- Coberturas
2.- Definiciones
3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.
4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar
5.-Reajuste del arancel de prestaciones.
1.a.6) Este Plan también aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de las Regiones IX, X, XI, XII y XIV. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada
de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización.
1.a.2.1) Son prestadores derivados hospitalarios del Plan Preferente HOGAR AUSTRAL 6000 ESPECIAL 17, cualquiera de aquellos que integran su Red Hospitalaria. El beneficiario recibirá en estos casos, la misma cobertura
preferente señalada en el Plan de Salud Complementario.
Clínica Indisa (Habitación Doble)
Para aplicar la bonificación preferente de día cama, el paciente puede acudir a cualquier tipo de habitación para la RED AUSTRAL 9: considerando el tipo de habitación según la oferta en cada uno de los prestadores de la
Red utilizada por el beneficiario, siempre y cuando esté convenida con el prestador. No se cubre Suite o Departamento.
1.a.4) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
1.a.1.2) Prestador Derivado Región Metropolitana (ISA): Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Maipú, Estación Central y Puente
Alto.
RED AUSTRAL 9:
1.a.2.2) Prestador Derivado en la Región Metropolitana: El beneficiario recibirá en este caso, la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario. Tratándose de Honorarios Médicos hospitalarios de
procedimientos o quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente con médicos Staff del derivado:
Hospital Clínico Universidad Mayor, Clínica Alemana De Temuco, Clínica Alemana De Valdivia, Clínica Alemana De Osorno, Clínica Alemana De Puerto Varas, Clínica Universitaria De Puerto Montt, Clínica de
Puerto Montt, Hospital Regional De Magallanes, Clínica De Magallanes.
Oferta preferente Hospitalaria:
1.a.1.1) Son prestadores derivados ambulatorios del Plan Preferente HOGAR AUSTRAL 6000 ESPECIAL 17, en las REGIONES IX, X, XI, XII y XIV, cualquiera de aquellos que integran su Red Hospitalaria.
En caso de insuficiencia de la red , esto es, debido a falta especialidades o servicios diagnósticos, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador.
VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética, PRO =
Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.
1.k) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.
1.l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que
se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.
1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los
fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.
1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.
1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del
reembolso de lentes de presbicia.
4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva
bonificación.
2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.
3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .
2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura
Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.
2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras
permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es
dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.
2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año
vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al
mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose
de esta forma el nuevo copago del afiliado.
1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.
5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de
Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y
modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y
otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.
2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.
4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga
la remuneración.
1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de
índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por
enfermeras universitarias.
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 2HGAE60717
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura
corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las
prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1,
de 2005, de Salud.
1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
1.a.5) La atención ambulatoria de urgencia con la cobertura preferente señalada se obtiene en cualquiera de los prestadores señalados en el punto 1.a.1.2) precedente.
Clínica Indisa (Habitación Doble)
1.a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Red descrita a continuación: