%Copago Fijo% 5.00UF 12.00UF 12.00UF 2.50UF 5.00VA 3.50VA 1.80VA Examenes de Histopatología1.98VA 2.00VA 2.00VA 27.00UF 13.00UF 1.29VA3.21UF1.29VA3.21UF 1.29VA1.29VA 1.29VA1.29VA 4.27VA3.20VA 0.45UF0.33UF 0.45UF0.33UF 2.41VA 2.80VA 1.80VA 1.98VA 2.00VA 1.23VA1.23VA 1.29VA1.29VA 4.27VA3.20VA 2.00VA2.00VA 1.29VA3.21UF1.29VA3.21UF 0.20UF1.00UF0.20UF1.00UF 1.00VA1.00UF1.00VA1.00UF 1.00VA1.00UF1.00VA1.00UF 1.64VA2.17UF1.64VA2.17UF 1.29VA1.29VA 1.29VA 1.29VA4.26UF 1.24UF6.21UF 2.41VA 1.00VA7.00UF 1.00VA4.00UF 1.00VA12.00UF 1.25UF15.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)6.75UF10.00UF 1.00VA15.00UF 0.88UF10.00UF Box ambulatorio(2.a)(1.d)2.50VA 5.00UF 0.47UF0.47UF 2.80VA 800.60UF700.60UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Solo Cobertura Libre Elección Prótesis y Ortesis Sin Tope 1.24UF6.21UF 0.60UF0.60UF Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección100 25% de la Cobertura General del Plan, Solo Libre Elección. Sin Tope EXS, RX,TAC,ECO Medicamentos Ambulatorios(1.j) Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Institucional) Solo con Staff Médico de la Institución Sin Tope Traslados(1.i) Óptica(1.h) www.cruzblanca.cl Sin Tope 100 80 Sin Tope INMUNOMEDICA e ISA Región Metropolitana Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope 80 Sin Tope Kinesiología y Fisioterapia Traslados médicos(1.i) Protesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer 100 Sólo Cobertura Libre Elección PRESTADORES DERIVADOS Consulta Urgencia(1.g) RNM- PRO-HMQ-DPA Pabellón Ambulatorio(1.d) OTRAS COBERTURAS Quimioterapia(2.d) Día cama Cuidados Intermedios Drogas Biologicas(2.f) Sólo Cobertura Libre Elección Día Cama Psiquiatría Día Cama Observación-Recuperación Examenes de Histopatología Sin Tope Radioterapia 85 Honorarios Médicos Quirurgicos(1.d) Cobertura Internacional(1.l) PET -CT Medicamentos Ambulatorios(1.j) Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2.e) Sin Tope Sin Tope Derecho de Pabellón Red Sur 8 Atención integral de enfermería(2.h) Fonoaudiología Visita por Médico Tratante Consulta Psiquiatría Consulta Oftalmológica Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Procedimientos(1.c) ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.5) Prestaciones Dentales PAD (1.k) Procedimientos(1.c) Sin Tope INTEGRAMEDICA 90 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Psiquiatría Ambulatoria 70 80 PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a.1.1) (1.a.1.2) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) 70 Prestaciones Fertilización PAD (1.e): 40 PRESTACIONES AMBULATORIAS Visita por Médico Interconsultor(1.b) Quimioterapia(2.d) Radioterapia Materiales e Insumos Clínicos(2.g) Examenes de Laboratorio Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Examenes de Laboratorio Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Medicamentos(2.g) Día Cama PRESTACIONES HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope OFERTA LIBRE ELECCIÓN PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Tope Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Bonificación NOMBRE:CODIGO DE PLAN : TIPO DE PLAN : 2OS40N0118 INDIVIDUAL NUESTRO ORIGEN SUR 4000 18 FUN Nº : BonificaciónTope máx. año contrato por beneficiario (2.b) 1.a) OFERTA PREFERENTE RED SUR 8 Tope máx. año contrato por beneficiario (2.b) Atención integral de nutricionista(2.h) La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de 1000 UF. Honorarios Médicos Quirúrgicos (**) Consulta Médica 80 80 Kinesiología y Fisioterapia Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.4) Día Cama Clínica de Recuperación Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.2.2) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Plan de Salud ComplementarioMODALIDADPRESTADORPREFERENTE
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Isapre CruzBlanca - 31 3000 $ UF Identificación Única del Arancel (5.a) Modalidad del Arancel Cargas Edad años Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) NUESTRO ORIGEN SUR 4000 18NOMBRE: Tope General Anual por Beneficiario 2.b) Contratante CODIGO DE PLAN:2OS40N0118 TABLA DE FACTORES Nº 537
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Oferta preferente Ambulatoria ITR: RED SUR 8 Clínica Lircay, Clínica del Maule, Clínica de Chillán, Clínica Bío-Bío, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Clínica Universitaria de Concepción, Hospital Clínico del Sur, Clínica de la Mujer. Oferta preferente Hospitalaria: (Habitación Individual-Doble) 1.a.1.1) Es prestador derivado en las Regiones que se encuentra presente, para la atención ambulatoria del Plan PreferenteNUESTRO ORIGEN SUR 4000 18, el prestador INMUNOMEDICA. En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA EL TREBOL, esto es, debido a falta especialidades o servicios diagnósticos, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de Honorarios Médicos ambulatorios de procedimientos ó quirúrgicos, sólo corresponderá para estos ítems, la cobertura de Libre Elección. 1.a.2.2)Es prestador derivado en la Región Metropolitana, el Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Institucional). El beneficiario recibirá en este caso, la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario. Tratándose de Honorarios Médicos en procedimientos hospitalarios ó quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente con medicos Staff del derivado: 5.a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100%de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes precedente a aquel en que se efectuó el ultimo reajuste y el mes anteprecedente a aquel en que se aplique el nuevo reajuste, ambos inclusive. 2.f)Se entiende por "Drogas Biologicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncologicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.g)Cobertura en servicios de urgencia, sólo para consulta e interconsulta de urgencia en horario hábil o inhábil, (se excluye todo otro servicio asociado a la consulta, tales como exámenes de laboratorio, imagenología, procedimientos, etc.). 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de patologias cronicas, en centros de enfermeria del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Examenes de Laboratorio;RX = Radiología;TAC= Tomografia axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías;RNM= Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón. INTEGRAMEDICA EL TREBOL 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el regimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.a.6)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de las Regiones VII y VIII. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.a)Lacobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :2OS40N0118 Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Institucional) Solo con Staff Médico de la Institución 1.a.3)Para aplicar la bonificación preferente de día cama, se considerará las habitaciones detalladas en cada uno de los prestadores de la Red utilizada por el beneficiario y siempre y cuando este convenida con el prestador. No se cubre Suite o Departamento. 1.a.4)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.l)Para obtener la cobertura, el benficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.a.1.2) Prestador Derivado Región Metropolitana :Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Maipú, Estación Central y Puente Alto. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.a.5)La atención ambulatoria de urgencia con la cobertura preferente señalada se obtiene en cualquiera de los prestadores señalados en el punto 1.a.1.2) precedente. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.a.2.1) Oferta Preferente Hospitalaria:Red Sur 8