7891011121314 % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real Día Cama Especialidades9.35UF8.51UF Día cama cuidados intensivos o coronarios18.48UF8.50UF Día cama cuidados intermedios18.48UF8.50UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia4.68UF4.26UF Día Cama Otros9.35VA8.51VA Derecho de Pabellón8.47VA5.66VA Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c)1.98VA1.98VA Kinesiterapia1.98VA1.98VA4.95UF Laboratorio2.46VA2.24VA Histopatología2.71VA2.46VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.52VA2.29VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2.52VA2.29VA Medicamentos en hospitalización(1.j)66.00UF60.00UF Materiales Clínicos e Insumos(1.j)20.35UF18.50UF Visita Médico Tratante(1.b)1.01UF1.01UF Visita Médico Interconsultor(1.b)1.01UF1.01UF Honorarios Médicos Quirúrgicos4.29VA4.29VA Prótesis y Ortesis2.57VA Traslados(1.h)2.34VA 16.50UF49.50UF Día Cama Psiquiatría(1.d)2.13UF2.13UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e)16.50UF15.00UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.d)8.52VA8.52VA21.25UF Día Cama Clínica de Recuperación8.51VA8.51VA21.28UF Consulta Médica1.01UF1.01UF Consulta Urgencia y Oftalmológica(1.f)1.15UF1.15UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.k)4.29VA4.29VA Derecho de Pabellón(1.k)5.66VA5.66VA Procedimientos(1.c)1.98VA1.98VA Laboratorio1.68VA1.68VA Histopatología1.85VA1.85VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.72VA1.72VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.68VA1.68VA Kinesiterapia1.98VA1.98VA4.95UF Fonoaudiología1.55VA1.55VA2.02UF Radioterapia1.98VA1.98VA 1.98VA1.98VA 1.98VA1.98VA6.534UF Consulta Psiquiatría1.01UF1.01UF Psiquiatría Ambulatoria5.05VA705.05VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria5.05VA5.05VA5.05UF Prótesis y Ortesis2.57VA 16.50UF49.50UF Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF 1.00VA4.00UF 1.00VA12.00UF 4.29VA 5.66VA 16.50UF49.50UF Óptica(1.g)1.691.69VA0.68UF Traslados(1.h)2.34VA2.34VA Medicamentos Ambulatorios(1.i)1.65701.65UF Box ambulatorio(1.k) (2a)8.51VA8.51VA Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. Proc. diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones quirúrgicas Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Sólo cobertura Libre Elección40 Prestaciones Fertilización PAD(1.n): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer 5.05UF Sin Tope 1.00 VA OTRAS COBERTURAS 21.25UF 80 2PP5800714 Individual LIBRE ELECCION REGIONAL excepto región Metropolitana Tope Bonificación UF - Veces Arancel Sólo cobertura Libre Elección 15 días 30 días ATENCIONES DE URGENCIA Tiempos de Espera: Sólo cobertura Libre Elección (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. FUN N° Atención integral de nutricionista(2.h) Sólo cobertura Libre Elección VA Tope Año/Benef/UF La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. UF 80 80 80 Sin Tope (2.b) 90 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN CODIGO DE PLAN:PAMPA 5800 PRESTACIONES HOSPITALIZADAS TIPO DE PLAN: NOMBRE: Tope Bonificación Sin Tope LIBRE ELECCIÓN NACIONAL UF - Veces Arancel HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 90 CirugíadeBariátrica,Metabólica,Fotorrefractiva(lasik):Honorarios (1.a)(2.e) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Prestaciones Dentales PAD(1.l) Atención integral de enfermería(2.h) Drogas Biológicas(2.f) Cobertura internacional (1.m) 80 100 Sólo cobertura Libre Elección 70 80 100 Sin Tope Sin Tope Sin Tope PET -CT Sin Tope 90 Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS COBERTURAS REDUCIDA Cirugía de Bariátrica, MetabólicayFotorrefractiva (lasik) : Pabellón(1.a) (2.e) 7 días Exámenes Consulta Médica PRESTACIONES RESTRINGIDAS
NOMBRE : HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 2.- Definiciones 1.n)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. UF 2PP5800714 Tope General por Beneficiario (2.b)UF 4000 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Unidad Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) Edad (Años)ContratanteCargas 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.- Coberturas Contratante Huella Dactilar 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h)Con indicación médica justificada. 1.i)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.j)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.k)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 3.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 3.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2PP5800714 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN CODIGO DE PLAN:PAMPA 5800 Nombre Arancel (4.a)Isapre Cruz Blanca - 31