%Tope% Día Cama8.00UF Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios12.00UF Día cama Cuidados Intermedios12.00UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia4.00UF Día Cama Observación-Recuperación3.00VA Derecho de Pabellón3.50VA Exámenes de Laboratorio1.68VA Exámenes de Histopatología1.85VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.40VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.92VA Kinesiología y fisioterapia15.75UF3.15VA7.88UF Medicamentos(2.g)45.00UF Materiales e Insumos Clínicos(2.g)45.00UF Visita por Médico Tratante(**)1.00UF Visita por Médico Interconsultor(**) (1.b)1.00UF Honorarios Médicos Quirúrgicos(**)2.72VA Procedimientos (**)(1.c)2.94VA Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.3.03VA Traslados Médicos(1.i)3.54VA Drogas Biológicas(2.f)12.00UF50.00UF Quimioterapia(2.d)12.00UF50.00UF Consulta Médica1.00UF Consulta Oftalmológica1.00UF Exámenes de Laboratorio2.30VA Exámenes de Histopatología2.53VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.50VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2.20VA Pabellón Ambulatorio(1.d)4.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)2.64VA Procedimientos(1.c)2.94VA Kinesiología y fisioterapia2.63VA7.88UF Fonoaudiología2.50VA7.88UF Consulta Psiquiatría1.00UF7.50UF Psiquiatría Ambulatoria3.50VA7.50UF Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria3.50VA7.50UF Quimioterapia(2.d)12.00UF50.00UF Radioterapia2.94VA Prótesis y Órtesis3.03VA Atención integral de enfermería(2.h)2.94VA Atención integral de nutricionista(2.h)2.94VA9.70UF Prestaciones Dentales PAD (1.e)7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.l): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF Pabellón 2.00UF10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)11.25UF11.25UF 2.00VA10.00UF 2.00UF10.00UF 1.43UF1.43UF Box ambulatorio(2.a)(1.d)2.00VA 11.25UF 3.54VA 701.00UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 PLAN CON COBERTURA MATERNALREDUCIDA PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. 40 Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS 70 CODIGO DE PLAN:NOMBRE:PREFERENTE SANTIAGO ESPECIAL 6800 718 Bonificación 100% Sin Tope Clínica Dávila, Clínica Bupa Santiago. 90% Sin Tope Clínica Santa María, Clínica RedSalud Vitacura y Clínica Indisa. Sin Tope Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 2PSE680718 PET -CT Honorarios Médicos Día cama Maternidad Día Cama Clínica de Recuperación 90 25% de la Cobertura General del Plan. Día Cama Psiquiatría Medicamentos e Insumos hospitalarios25% de la Cobertura General del Plan. PRESTACIONES AMBULATORIAS Medicamentos Ambulatorios(1.j) Óptica(1.h) Sólo Cobertura Libre Elección 90 PRESTADORDERIVADO 1.a.1) y 1.a.2.2) Sin Tope Cobertura Internacional(1.k) COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Sólo Cobertura Libre Elección 80% Sin Tope Integramedica, Clínica Bupa Santiago, Clínica Dávila. 70% Sin Tope Clínica Santa María y Clínica Indisa. 80 Sólo Cobertura Libre Elección 1.00VA BonificaciónCopago Fijo Sin Tope (**) HMQ Médicos Staff Sin Tope Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) 1.a) OFERTA PREFERENTE PRESTADORES Tope 80% Sin Tope Clínica Bupa Santiago, Clínica Dávila y Clínica RedSalud Providencia. 70% Sin Tope Clínica Santa María y Clínica Indisa. 100% Sin Tope Clínica RedSalud Providencia. www.cruzblanca.cl VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. 70 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN:FUN NºINDIVIDUAL MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope Traslados Médicos(1.i) PRESTACIONES Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas LIBRE ELECCIÓN ATENCIONES DE URGENCIA: Consulta, Exs, RX, TAC, ECO, RNM, HMQ, Medicamentos Ambulatorios (1.a.2.3)(1.g) 80% Sin Tope Clínica RedSalud Providencia. HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope máximo año contrato por Beneficiario(2.b) 80 PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1.2) Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(1.a.2.4)(2.e) Sin Tope OTRAS COBERTURAS (1.a.1.3) Sin Tope
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:HombreMujerHombreMujer 1.801.801.501.50 0.950.950.600.60 0.800.800.600.60 0.800.800.550.55 0.801.350.600.65 0.701.500.651.00 0.801.600.801.30 1.002.301.001.40 1.102.301.101.50 1.302.001.301.60 1.402.401.401.60 1.802.651.801.80 2.352.852.351.90 3.203.303.202.40 3.703.653.702.90 3.703.653.703.10 3.703.653.703.65 3.703.653.703.65 20 a menos de 25 Isapre CruzBlanca - 31 Contratante Identificación Única del Arancel (5.a) CODIGO DE PLAN: 50 a menos de 55 80 y más Edad años Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) NOMBRE: $ TABLA DE FACTORES Nº 538 Cargas 60 a menos de 65 65 a menos de 70 2 a menos de5 30 a menos de 35 45 a menos de 50 75 a menos de 80 70 a menos de 75 55 a menos de 60 35 a menos de 40 0 a menos de2 15 a menos de 20 2PSE680718PREFERENTE SANTIAGO ESPECIAL 6800 718 40 a menos de 45 Modalidad del Arancel Tope General Anual por Beneficiario 2.b) 10 a menos de 15 5 a menos de 10 5000 25 a menos de 30
1.- Coberturas La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.l)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 2PSE680718 Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a.1.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 1.e)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.a.2.4)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.a.2.2) Es prestador Derivado para las atenciones hospitalarias del Plan PREFERENTE SANTIAGO ESPECIAL 6800 718,Clínica RedSalud Providencia. En caso de insuficiencia del prestador principal, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección. 1.a.2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 1.a.2.3)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Santa María. 1.a.1) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan PREFERENTE SANTIAGO ESPECIAL 6800 718, Clínica RedSalud Providencia. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. (**) HMQ Médicos Staff 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética. 5.a) El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. Tratándose de Honorarios Médicos hospitalarios de procedimientos ó quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente con médicos Staff de la Institución en convenio para el plan.