CÓDIGO DE PLAN :2SEN301014NOMBRE: TIPO DE PLAN :FUN Nº: % de Bonificación Día cama2.80UF Día cama cuidados intensivos o coronarios5.60UF Día cama cuidados intermedios5.60UF Derecho de Pabellón1.89VA Exámenes de Laboratorio0.95VA Histopatología1.04VA Imagenología : RX-TAC-ECO1.01VA Imagenología: Resonancia Nuclear Magnética1.20VA Kinesiología1.44VA2.52UF 1.44VA Medicamentos(1.i)4.21UF 1.40UF 1.76VA 0.57UF 0.57UF 2.28UF36.89UF 2.28UF36.89UF 1.08VA 2.64VA 2.80VA10.50UF 2.80VA10.50UF 2.80VA10.50UF 1.05UF3.95UF 1.50UF 0.68VA 0.74VA 0.72VA 0.86VA 1.44VA1.80UF 1.44VA 1.26VA 1.89VA 1.28VA1.66UF 1.14VA 2.28UF36.89UF 0.67VA 0.72VA 0.72VA2.38UF 1.50VA1.50UF 1.50VA1.50UF 7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF 0.44UF 0.73VA0.29UF 2.00VA 0.79UF 2.64VA Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Histopatología Medicamentos ambulatorios(1.g) COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Día cama Maternidad 25Sin TopeSin Tope Pabellón Medicamentos e Insumos hospitalarios Sin Tope 40 Traslados Médicos(1.d) Sin Tope Sin Tope 50 1.00 Sin Tope Óptica(1.h) Box Ambulatorio(2.a)(2.b) VA 50 Honorarios Médicos Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen 51 códigos de prestaciones que contemplan una valorización básica en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se encuentran contenidas en las siguientes agrupaciones. Exámenes de Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10), Rayos y ecotomografías específicas de niños y estudio de infertilidad (6); Procedimientos de oftalmología en niños (7); Procedimientos de otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de gastroenterología en niños (1);Procedimientos y cirugías obstétricas relacionadas con el control de embarazo y atención del parto (22). Psiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria Atención integral de enfermería(1.j) La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCION Quimioterapia(1.c) AMBULATORIAS Kinesiología PRESTACIONES Sin Tope Honorarios médicos quirúrgicos Traslados Médicos(1.d) Procedimientos(1.a) Sin Tope Sin Tope Materiales e insumos clínicos(1.i) Visita por médico interconsultor(1.b) SENIOR 3000 Visita por médico tratante(1.b) Imagenología : RX-TAC-ECO Imagenología: Resonancia Nuclear Magnética Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope de Bonificación 70 Exámenes de Laboratorio PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN Radioterapia Quimioterapia(1.c) Prótesis v Ortesis Atención integral de nutricionista(1.j) Honorarios médicos quirúrgicos(2.a) Consulta médica Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f) Pabellón ambulatorio(2.a) 70 OTRAS COBERTURAS Cobertura internacional(1.k) 50 Procedimientos(1.a) Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario UF(2.c) Fonoaudiología Prestaciones Fertilización PAD (1.m): Día Cama Psiquiatría(1.e) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Dentales PAD (1.l): Sin Tope 70 PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. PRESTACIONES RESTRINGIDAS Tratamientos con drogas biológicas(1.n) INDIVIDUAL
CÓDIGO DE PLAN :2SEN301014NOMBRE: HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Identificación Única del Arancel(4.a)UF Tope General por Beneficiario en UF(2.c) _________________________________________________________________ Firma IsapreFirma del AfiliadoHuella Dactilar Fecha :Nombre :Contratante Rut : 1.- Coberturas 2.d)Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Edad años 3.b)El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(3.b) 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO 1.c)Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia. 2.e)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.d)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.n)Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicos utilizadas para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.i)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.m)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e Imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.e)El tope anual indicado para Psiquiatría Hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. 3.a)El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización. 2.c)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.g)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 2.b)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.k)Para obtener la cobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.h)Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la indicación médica respectiva. Modalidad Arancel 4.a)El arancel o catálogo valorizado de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. 2.a)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, éstos ítems (Días cama, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.a)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.- Definiciones La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. SENIOR 3000 1.j)Lacobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias Contratante Isapre CruzBlanca - 22 2000 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar Cargas