GRUPALFUN N° % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.60 UF 2.60 VA 1.80 VA 5.00 UF 11.00 UF 2.00 UF 2.00 UF 4.00 VA 1.00 VA 1.00 VA 0.80 VA 20.00 UF 10.00 UF70.00 UF 1.60 VA2.40 VA4.00 UF 5.00 UF10.00 UF 901.33 VA10.00 UF 0.63 UF25.00 UF 0.50 UF 0.63 UF Laboratorio1.00 VA Rayos - TAC - ECO1.00 VA Honorarios Médicos Ambulatorios(h)2.60 VA Día Cama(h)2.50 VA Derecho de Pabellón(h)2.20 VA Procedimientos(c)1.80 VA Resonancia Nuclear Magnética0.80 VA 1.60 VA4.00 UF 0.50 UF 0.50 UF5.00 UF 2.50 VA5.00 UF 2.50 VA5.00 UF 1.80 VA2.34 UF 2.00 VA0.80 UF 3.00 VA 3.00 VA 3.33 UF10.00 UF 70 Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Proc. diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones quirúrgicas Consulta Médica Clínica Dávila Exámenes Tiempos de Espera: 15 días 30 días 7 días Sin Tope Consulta - Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO Sin Tope Clínica Santa María (*) Staff C.S.M Sin Tope Clínica Santa María (*) Staff C.S.M PRESTACIONES AMBULATORIAS Día Cama Especialidades OTRAS PRESTACIONES Óptica(f) 80 Atenciones de Urgencia Traslados(g) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Prestador Derivado Clínica Dávila Prótesis y Ortesis Consulta Psiquiatría Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) Laboratorio Rayos - TAC - ECO Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(*)( c) 70 Psiquiatría Ambulatoria Fonoaudiologia Medicamentos Ambulatorios(i) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Consulta Urgencia y Oftalmológica(*)(e) Kinesiterapia Consulta Médica(*) 70 Medicamentos en hospitalización Materiales Clínicos e Insumos Día Cama Psiquiatría(d) Resonancia Nuclear Magnética 9090 Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(*) (b) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) LIBRE ELECCIÓNa) Cobertura Preferente Tope BonificaciónTope Bonificación Kinesiterapia UF - Veces Arancel Día Cama Otros Derecho de Pabellón Año/Benef/UF (j) CODIGO DE PLAN:2SM6000708 TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL NACIONALClínica Santa María PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO PRESTACIONES HOSPITALIZADAS NOMBRE:SANTA MARIA 6000 Tope UTI-UCI UF - Veces Arancel
2SM6000708 HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : (*) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Cruz Blanca. SANTA MARIA 6000CODIGO DE PLAN: Unidad PrecioTotalPlandeSalud Complementario en UF según Grupo familiar La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección.No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Tope General por Beneficiario j) Nombre Arancel (h)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatoriasdía cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos,se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. Edad (Años)ContratanteCargas (g)Con indicación médica justificada. Seexceptúadelacoberturapreferenciallaatenciónpsiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,atencióndental,cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. i)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. j)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. No incluye y no tienen cobertura los medicamentos. e)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. f)Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con indicación médica, presentando la receta respectiva. a)Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. UF 5000Isapre Cruz Blanca -20 Elaranceldeprestacionespodráserreajustadoy/o modificado dentro del mes de enero de cada año,y los cambios entrarán en vigencia a contar del primerdía de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. UF (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS NOMBRE :