NOMBRE: GRUPAL % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.60UF 3.20VA 2.20VA 9.00UF 17.00UF 3.60UF 3.60UF 8.00VA 1.00VA 1.10VA 1.00VA 0.80VA 90.00UF 45.00UF70.00UF70.00UF 2.20VA3.30VA5.50UF3.30VA 9.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e)22.50UF 902.40VA18.00UF 0.95UF38.00UF 0.50UF 0.63UF Laboratorio1.00VA Histopatologia1.10VA Rayos - Scanner - Ecotomografía1.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)3.20VA Box ambulatorio(i)3.80VA Derecho de Pabellón(i)2.80VA Procedimientos(c)2.20VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)0.80VA 2.20VA5.50UF 0.60UF 0.50UF5.00UF 2.50VA5.00UF 2.50VA5.00UF Atención integral de enfermería y nutricionista l)2.20VA 3.92VA5.10UF 1.80VA0.72UF 3.11VA 4.67VA 4.22UF11.00UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Sin Tope PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." Clínica Dávila Clínica Dávila Sin Tope Sin Tope 18.00UF 70 Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(*)( c) Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) ESPECIAL SANTA MARIA 6400CODIGO DE PLAN:2SME641211 70 Kinesiterapia UF - Veces Arancel Día Cama Otros UTI-UCIClínica Santa María Prestador Derivado PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO UF - Veces Arancel 90 Tope PRESTACIONES HOSPITALIZADAS FUN Nº a) Cobertura Preferente Tope Bonificación Clínica Santa María Sin Tope TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL NACIONAL Tope Bonificación LIBRE ELECCIÓN Materiales Clínicos e Insumos (k) Medicamentos en hospitalización (k) Laboratorio Día Cama Especialidades Histopatologia Año/Benef/UF (m) Derecho de Pabellón Sin Tope 90 Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(*) (b) (*) Staff C.S.M Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia PRESTACIONES AMBULATORIAS Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) 70 Psiquiatría Ambulatoria 15 días Consulta Urgencia y Oftalmológica(*)(f) Consulta Médica(*) Día Cama Psiquiatría(d) Día Cama Clínica de Recuperación Atenciones de Urgencia Traslados(h) 7 días 30 días Proc. diagnósticos y Terapéuticos Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Consulta Médica Exámenes OTRAS PRESTACIONES Óptica(g) Intervenciones quirúrgicas Sin Tope 80 (*) Staff C.S.M Clínica Santa María Prótesis y Ortesis Sin Tope Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(j) Fonoaudiología Consulta Psiquiatría Kinesiterapia Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,atención dental,cirugíafotorrefractiva(lasik),tratamientosde Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de obesidad, PET - CT Solo cobertura Libre Eleccion Tiempos de Espera: Sin Tope Consulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO OTROS PRESTACIONES (Restricciones) a.1)
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : k)“Eltope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende por Evento hospitalario a aquelque engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ” l)Lacobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista:pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos deEnfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. NOMBRE :2SME641211 Tope General por Beneficiario m) Cargas Edad (Años)Contratante Unidad d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. UF 5000Isapre Cruz Blanca -20 El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. UF b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 f )Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. (h)Con indicación médica justificada. a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. NOTAS EXPLICATIVAS CÓDIGO DE PLAN: (i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. m)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.) Nombre Arancel Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. ESPECIAL SANTA MARIA 6400 a)Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. (*) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Cruz Blanca.