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PreferenteCódigo 2SME660110

SANTA MARIA ESPECIAL 6600

Puntuación del plan
3,3

Plan no comercializable.

Desde

$125.766/mes

3,05 UF
GRUPAL
% Bonif. % Bonif.
Valor Real Valor Real
0.80 UF
3.20 VA
2.20 VA
9.00 UF
17.00 UF
3.60 UF
3.60 UF
8.00 VA
1.00 VA
1.17 VA
0.94 VA
90.00 UF
45.00 UF 100.00 UF 100.00 UF
2.20 VA 3.30 VA 5.50 UF 3.30 VA
9.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e) 22.50 UF
90 2.40 VA 18.00 UF
0.95 UF 38.00 UF
0.70 UF
0.88 UF
Laboratorio 1.00 VA
Rayos - Scanner - Ecotomografía 1.17 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i) 3.20 VA
Box ambulatorio (i) 3.80 VA
Derecho de Pabellón (i) 2.80 VA
Procedimientos (c) 2.20 VA
0.94 VA
2.20 VA 5.50 UF
0.60 UF
0.50 UF 5.00 UF
2.50 VA 5.00 UF
2.50 VA 5.00 UF
2.20 VA 2.86 UF
Consultas Pediatria y Subespecialidades; Neonatologia 70 0.18 UF
Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatologo 0.20 UF
Atencion Inmediata al recien Nacido 0.55 UF
Dia Cama Sala Cuna - Fototerapia 0.90 UF
Dia cama Incubadora 2.25 UF
4.25 UF
2.25 UF
2.00 VA
2.00 VA 0.80 UF
3.00 VA
3.04 VA
3.33 UF 10.00 UF
70
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
"PARTO - CESAREA- ABORTO RETENIDO - ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO Y PEDIATRICAS"
"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a)
deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al
menos, entre los siguientes planes de salud:
i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los
ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen 51 códigos de pretaciones que contemplan una valorización básica en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se encuntran contenidas en las siguientes
agrupaciones. Examenes de Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10), Rayos y ecotomografías específicas de niños y estudio de infertilidad (6); Procedimientos de oftalmología en niños (7);
Procedimientos de otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de gastroenterología en niños (1);Procedimientos y cirugías obstetricas relacionadas con el control de embarazo y atención del parto (22).
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
UTI-UCI Pediatrica y Neonatal
Día Cama Hospitalizacion Medica y Quirurgica Pediatrica
Derecho de Pabellón Parto-Cesárea-Aborto
Resonancia Nuclear Magnética
Sin Tope
Sin Tope
18.00 UF
Sin Tope
Medicamentos en hospitalización
UF - Veces Arancel
Día Cama Otros
UTI-UCI Clínica Santa
María
Prestador Derivado
ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes
pertinentes en relación al precio del nuevo plan."
Clínica Dávila
UF - Veces Arancel
90
Tope
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
FUN Nº
a) Cobertura Preferente
Tope Bonificación
Clínica Santa María
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
Kinesiterapia
TIPO DE PLAN : INDIVIDUAL
NACIONAL
Tope Bonificación
LIBRE ELECCIÓN
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
SANTA MARIA ESPECIAL 6600CODIGO DE PLAN : 2SME660110
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :
Día Cama Psiquiatría (d)
Año/Benef/UF
(k)
Derecho de Pabellón
Sin Tope
90
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (*) (b)
(*) Staff C.S.M
Resonancia Nuclear Magnética
Materiales Clínicos e Insumos
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
Consulta Psiquiatría
Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)
Laboratorio
Rayos - Scanner - Ecotomografía
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) ( c)
Día Cama Especialidades
Consulta Urgencia y Oftalmológica (*) (f)
Kinesiterapia
Consulta Médica (*)
Día Cama Clínica de Recuperación
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Intervenciones quirúrgicas
7 días
15 días
70
Psiquiatría Ambulatoria
Fonoaudiología
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
Atenciones de Urgencia
Traslados (h)
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
Consulta Médica
Exámenes
Tiempos de Espera:
Sin Tope Consulta - Exámenes de
Laboratorio- Rx- TAC-ECO
30 días
Sin Tope
Sin Tope
Medicamentos Ambulatorios (j)
70 Clínica Dávila
90 Sin tope
NOMBRE :
Sin Tope
OTRAS PRESTACIONES
Óptica (g)
80
(*) Staff C.S.M
Clínica Santa María
Prótesis y Ortesis
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. Firma Contratante
Nombre : Nombre :
Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones
del embarazo), prstaciones pediatricas y neonatales cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección. Se
deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.
Edad (Años) Contratante Cargas
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la
institución que realiza la atención.
NOTAS EXPLICATIVAS
SANTA MARIA ESPECIAL 6600NOMBRE :
UF 5000 Isapre Cruz Blanca -22
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de
cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin
perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel
en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su
incorporación.
UF
2SME660110
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
(*) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Cruz Blanca.
Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente
utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.
CÓDIGO DE PLAN :
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
f ) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que
solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
(h) Con indicación médica justificada.
(i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box
ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones
hospitalizadas.
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre
elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre
el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido
en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el
plan de salud.
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope
anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones
generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles,
deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.)
Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el
territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
Tope General por
Beneficiario k)
Nombre Arancel
Precio Base Plan de Salud Complementario
en UF
Unidad
Precio Total Plan de Salud Complementario
en UF según Grupo familiar
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del
mes al que corresponde devengar la cotización.)