FECHA _____________________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________ NOMBRE : TIPO DE PLAN:IndividualMatrimonial % Bonif.% Bonif.Tope Valor RealValor RealBonificación 1.68 VA 2.80 VA 1.75 VA 0.70 VA 0.84 VA 0.99 VA 2.69 UF 1.28 UF 0.85 UF 2.70 VA Día cama Psiquiatría(d)2.40 VA 2.72 VA 2.40 VA9.01 UF 0.50 UF$3000 (a1) 0.60 UF$5000 (a2) 1.95 VA2.53 UF 1.95 VA4.87 UF 1.95 VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)2.33 VA Día Cama(i)1.87 VA Derecho de Pabellón(i)3.12 VA 0.78 VA 0.93 VA 1.10 VA 0.39 UF 0.34 UF1.70 UF 0.34 UF1.70 UF 1.60 VA0.64 UF 1.60 VA 1.96 VA 8.62 UF 70%Sin Tope Precio Base Plan de Salud Complementario en UF HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80Precio Total Plan de Salud en UF 2 a menos de 50.950.800.800.77según Grupo familiar 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80Unidad 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.______________________________________________________ Nombre : 50 OTRAS PRESTACIONES TIEMPOS DE ESPERA Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia Tope mensual Traslados(h) Firma Contratante _____________________________________ Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Tope General por Beneficiario 1820 UF Nombre : Edad (Años) ISAPRE CRUZ BLANCA - 20 LUGAR_______________________________________________N° FUN _______________________________________ g)Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva. Tope Bonificación b)La línea de cobertura "Procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón. f)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, procedimientos de ortopedia y traumatología. e)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas(d) Día Cama Clínica de Recuperación Consulta Médica El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporarnuevas prestacionesalarancelen la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Nombre Arancel Fonoaudiologia Procedimientos(b) Laboratorio90% Sin Tope(*)Red Prestadores Ambulatorio 70 Intervenciones quirúrgicas Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad y cirugía bariática, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Prestador preferente A -1: Megasalud V Región Prestador preferente A -2: Clinica Cuidad del Mar; Hospital de Niños y Cunas; y Red Interclinicas (Clínica Los Carrera; Clínica Los Leones, y Clínica Valparaíso) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 20. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. No incluye y no tienen cobertura los medicamentos. (i)La cobertura de prestaciones ambulatorias de día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se aplicará esta última. h)Con indicación médica justificada. c)Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil. (*)Red Prestadores Ambulatorios: Integramedica - Megasalud - Avansalud Providencia - Plusmedica CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL NOTAS EXPLICATIVAS Sin Tope (A-2) Prestadores Derivados Libre Elección 30 días I. DISPOSICIONES GENERALES II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO UF/Veces Arancel Habitación Individual 10 UF Evento Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos Sin Tope (A-2) Clinica Cuidad del Mar, Hospital Niños y Cunas y Red Interclinicas RNM Consulta Urgencia y Oftalmológica(c) Medicamentos hospitalización 15 días 10.20 Kinesiterapia RNM Psiquiatría Ambulatoria Prótesis Psicología Ambulatoria RUT: _____________________________________ Materiales Clínicos e Insumos Laboratorio CÓDIGO DE PLAN: PRESTACIONES HOSPITALARIAS Derecho de Pabellón Cobertura Preferencial (a) 90 Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(e) ContratanteCargas UF Procedimientos(b) j)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. Consulta Médica Para determinar la bonificación preferente se considerará una Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Exámenes 90% Sin Tope Rayos - TAC - ECO El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. TERRA CENTRO 4600 Día Cama 2TC4600509 Año/Benef/UF (j) Copago fijo a)Cobertura preferencial sólo a través de Órdenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 7 días Honorarios Médicos Quirúrgicos PRESTACIONES AMBULATORIAS Rayos - TAC - ECO Atenciones de Urgencia (excepto consulta) 70 UF Medicamentos Ambulatorios(f) Óptica(g)