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PreferenteCódigo 2TC4601211

TERRA CENTRO 4600

Puntuación del plan
2,1

Plan no comercializable.

Desde

$103.987/mes

2,52 UF
TIPO DE PLAN : Individual
% Bonif.
% Bonif. Tope
Valor Real
Valor Real Bonificación
1.68
VA
2.80
VA
1.75
VA
0.70
VA
0.77
VA
0.84
VA
0.99
VA
2.69
UF
1.28
UF
0.85
UF
2.70
VA
Día cama Psiquiatría (d)
2.40 VA
2.72
VA
2.72
VA 10.20 UF
2.40
VA 9.01 UF
0.50
UF $3000 (a1)
0.60
UF $5000 (a2)
3.46
VA 4.50 UF
1.95
VA 4.87 UF
1.95
VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (f)
2.33 VA
Box ambulatorio (f)
1.87 VA
Derecho de Pabellón (f)
3.12 VA
0.78
VA
0.85
VA
0.93
VA
1.10
VA
1.95
VA
0.39
UF
0.34
UF 1.70 UF
0.34
UF 1.70 UF
1.49
VA 0.59 UF
1.65
VA
3.03
VA
10.89
UF
70%

Fono CruzBlanca 600 818 0000

OTROS PRESTACIONES (Restricciones) a.1)

Solo cobertura Libre Elección

GRUPAL
FUN N°
www.cruzblanca.cl

Con los topes de Libre Elección

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

Tope Bonificación

50

OTRAS PRESTACIONES

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica ( e )

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

Fonoaudiología

Procedimientos (b)

Intervenciones quirúrgicas

Traslados (i)

7 días

Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos
15 días
Exámenes

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Sin Tope (A-2)

Prestadores
Derivados

Libre Elección

30 días

UF/Veces Arancel

Habitación Individual

10 UF Evento

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Consulta Urgencia y Oftalmológica (c)

Medicamentos hospitalización (g)

10.20

Kinesiterapia

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Día Cama Clínica de Recuperación

Consulta Médica

Clinica Cuidad del Mar,
Hospital Niños y Cunas y
Red Interclinicas

Honorarios Médicos Quirúrgicos

PRESTACIONES AMBULATORIAS

90% Sin Tope
(*)Red Prestadores
Ambulatorio

TIEMPOS DE ESPERA

Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de
quimioterapia Tope mensual

Sin Tope

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía
bariátrica o de obesidad, PET- CT.

Procedimientos (b)

Consulta Médica

Psiquiatría Ambulatoria

Prótesis

Psicología Ambulatoria

TERRA CENTRO 4600

Día Cama

Año/Benef/UF

(i)

Copago fijo

2TC4601211
NOMBRE :
Cobertura Preferencial (a)

CÓDIGO DE PLAN :

PRESTACIONES HOSPITALARIAS

Óptica (h)

Laboratorio

70

90

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (f)

90% Sin Tope

Imagenología (Rayos; Scanner; Eco tomografía)

Materiales Clínicos e Insumos (g)

Laboratorio

Derecho de Pabellón

Histopatología

Histopatología

Atención integral de enfermería y nutricionista (h)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Atenciones de Urgencia (excepto consulta)

70

UF

Medicamentos Ambulatorios (g)
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80 Precio Total Plan de Salud en UF
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77 según Grupo familiar
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80 Unidad
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.______________________________________________________

Nombre :

NOMBRE :

Firma Contratante _____________________________________

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el
territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la
UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Nombre :

Edad (Años)

ISAPRE CRUZ BLANCA - 20

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que
solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

b) La línea de cobertura "Procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la
atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o
modificado dentro del mes de enero de cada año, y los
cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de
marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está
facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en
la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en
vigencia al mes siguiente de su incorporación.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Nombre Arancel
Tope General por Beneficiario (i)
1820 UF

CODIGO DE PLAN :

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

a) Cobertura preferencial sólo a través de Órdenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

TERRA CENTRO 4600

Prestador preferente A -1: Megasalud V Región

Prestador preferente A -2: Clinica Cuidad del Mar; Hospital de Niños y Cunas; y Red Interclinicas (Clínica Los Carrera; Clínica Los Leones, y Clínica
Valparaíso)

2TC4601211

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope
anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel
Isapre Cruz Blanca - 20. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del
Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán
entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización

(f) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias,
Box Ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones
hospitalizadas.

i) Con indicación médica justificada.

c) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil.

(*)Red Prestadores Ambulatorios: Integramedica - Megasalud - Avansalud Providencia - Plusmedica

g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, procedimientos de ortopedia y traumatología.

f) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

NOTAS EXPLICATIVAS

Contratante
Cargas
UF

i) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre
elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia
entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los
establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o
mensual en el plan de salud.

Para determinar la bonificación preferente se considerará una Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el
beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

g) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que
engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de
hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un
profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

h) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista en Medicina
Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular
modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes
mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto
mayor, atendido por enfermeras universitarias.