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PreferenteCódigo 2UAS501018

ULMO AUSTRAL 5000

Puntuación del plan
4,4

Plan no comercializable.

Desde

$97.051/mes

2,36 UF
% Copago Fijo %
5.00 UF
12.00 UF
12.00 UF
2.50 UF
5.00 VA
3.50 VA
1.80 VA
Examenes de Histopatología 1.98 VA
2.00 VA
2.00 VA
30.00 UF 24.00 UF
28.00 UF 23.00 UF
3.30 UF 3.30 UF
3.20 VA 3.20 VA
2.65 VA
2.86 VA
0.70 UF 0.70 UF
0.75 UF 0.75 UF
1.80 VA
1.98 VA
2.00 VA
1.50 VA 1.50 VA
1.29 VA 1.29 VA
3.20 VA 3.20 VA
2.00 VA 2.00 VA
1.29 VA 3.30 UF 1.29 VA 3.30 UF
0.20 UF 1.00 UF 0.20 UF 1.00 UF
1.00 VA 1.00 UF 1.00 VA 1.00 UF
1.00 VA 1.00 UF 1.00 VA 1.00 UF
1.64 VA 2.10 UF 1.64 VA 2.10 UF
1.29 VA 1.29 VA
1.29 VA 1.29 VA
1.29 VA 4.26 UF 1.29 VA 4.26 UF
1.24 UF 6.21 UF
2.65 VA
1.00 VA 7.00 UF
1.00 VA 4.00 UF
1.00 VA 12.00 UF
1.67 UF 12.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f) 6.00 UF 8.00 UF
1.10 VA 12.00 UF
1.67 UF 8.00 UF
Box ambulatorio (2.a)(1.d) 4.00 VA
6.00 UF
0.76 UF 0.76 UF
2.86 VA
80 0.75 UF 70 0.75 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
PRESTACIONES
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
Prestaciones Dentales PAD (1.k)
Día Cama Psiquiatría
Prótesis y Ortesis
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
Kinesiología y Fisioterapia
0.45 UF
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
FUN Nº
Bonificación
Día Cama
INDIVIDUAL
Quimioterapia (2.d)
Radioterapia
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
Procedimientos (1.c)
Sin Tope
Pabellón Ambulatorio(1.d)
ULMO AUSTRAL 5000
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
Atención integral de nutricionista
Sin Tope
Sin Tope
INTEGRAMEDICA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
Día cama Cuidados Intermedios
Día Cama Observación-Recuperación
Honorarios Médicos Quirúrgicos
80
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Sin Tope
Examenes de Laboratorio
Medicamentos (2.g)
Materiales e Insumos Clínicos (2.g)
Traslados médicos (1.i)
Protesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
Tope
Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
Bonificación
NOMBRE :CODIGO DE PLAN :
TIPO DE PLAN :
2UAS501018
70
Prestaciones Fertilización PAD (1.e): 40
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Visita por Médico Interconsultor (1.b)
Quimioterapia (2.d)
Kinesiología y Fisioterapia
Consulta Oftalmológica
Honorarios Médicos Quirurgicos (1.d)
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
PET -CT
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
(1.a.2.2)
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de 1000 UF.
PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.1.1)
Cobertura Internacional (1.l)
Sólo Cobertura Libre Elección
Clínica Bupa Santiago
Sin Tope
Clínica Bupa Santiago, Habitación Doble, Solo con Staff Médico de
la Institución
ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.5)
80
70
Fonoaudiología
Visita por Médico Tratante
Psiquiatría Ambulatoria
90
Consulta Médica
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
Sin Tope
Procedimientos (1.c)
Examenes de Laboratorio
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
Solo Cobertura Libre Elección
RED AUSTRAL 8
1.a.2.1)
Drogas Biologicas (2.f)
Derecho de Pabellón
VA
PRESTADORES DERIVADOS
Sólo Cobertura Libre Elección
Sin Tope
PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.4)
Día Cama Clínica de Recuperación
Sin Tope
Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo (2.e)
90
25% de la Cobertura General del Plan.
Sólo Cobertura Libre Elección
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
Sin Tope
Examenes de Histopatología
Medicamentos Ambulatorios (1.j)
OTRAS COBERTURAS
Sin Tope
Atención integral de enfermería (2.h)
Consulta Psiquiatría
80
Radioterapia
www.cruzblanca.cl
Consulta Urgencia (1.g)
RNM- PRO-HMQ-DPA
EXS, RX,TAC,ECO
Medicamentos Ambulatorios (1.j)
80
Sólo Cobertura Libre Elección
Sin Tope
Traslados (1.i)
Óptica (1.h)
6.21 UF
0.33 UF Sin Tope
1.24 UF
1.29 VA
Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)
1.a) OFERTA PREFERENTE
Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)
OFERTA LIBRE ELECCIÓN
90
Sin Tope
Tope
Sin Tope Sin Tope
1.31
Plan de Salud
Complementario MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
Firma Afiliado
Nombre:
Rut:
Fecha:
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante Isapre
Nombre:
Rut:
Fecha:
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más 5.50 4.90 5.50 4.50
CODIGO DE PLAN: 2UAS501018 NOMBRE:
UFTope General Anual por Beneficiario 2.b)
$
Contratante
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF (4.b)
ULMO AUSTRAL 5000
Cargas
Edad años
Isapre CruzBlanca - 31
Modalidad del Arancel
Identificación Única del Arancel (5.a)
TABLA DE FACTORES Nº 537
3000
1.- Coberturas
1.a.5) La atención ambulatoria de urgencia con la cobertura preferente señalada se obtiene en cualquiera de los prestadores señalados en el punto 1.a.2.1) precedente.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
Hospital Clínico Universidad Mayor, Clínica Alemana De Valdivia, Clínica Alemana De Osorno, Clínica Alemana De Puerto Varas, Clínica de Puerto Montt, Hospital Regional De
Magallanes, Clínica Alemana de Temuco, Clínica Universitaria de Puerto Montt.
En caso de insuficiencia de RED AUSTRAL 8, esto es, debido a falta especialidades o servicios diagnósticos, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud
Complementario si utiliza cualquiera de los otros prestadores que componen ésta red de prestadores.Tratándose de Honorarios Médicos ambulatorios de procedimientos ó quirúrgicos sólo
corresponderá para estos ítems la cobertura de Libre Elección.
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 2UAS501018
1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.
1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática,
inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con
inseminación artificial desde la pareja.
1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.
1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura
equivalente a la atención hospitalizada.
1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.
1.k) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.
1.l) Para obtener la cobertura, el benficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
1.a.2.2) Es prestador derivado en la Región Metropolitana,la Clínica Bupa Santiago. El beneficiario recibirá en este caso, la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario.
Tratándose de Honorarios Médicos hospitalarios de procedimientos ó quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente con medicos Staff del derivado:
Clínica Bupa Santiago
1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
1.g) Cobertura en servicios de urgencia, sólo para consulta e interconsulta de urgencia en horario hábil o inhábil, (se excluye todo otro servicio asociado a la consulta, tales como exámenes de
laboratorio, imagenología, procedimientos, etc.).
1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior
con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
1.a.6) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de las Regiones IX - X - XI - XII - XIV -XIII. Se entenderá por hospitalización de
urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta
ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización.
Clínica Bupa Santiago, Habitación Doble, Solo con Staff Médico de la Institución
1.a.3) Para aplicar la bonificación preferente de día cama, se considerará las habitaciones detalladas en cada uno de los prestadores de la Red utilizada por el beneficiario y siempre y cuando esté
convenida con el prestador. No se cubre Suite o Departamento.
1.a.4) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
RED AUSTRAL 81.a.2.1) Oferta preferente Hospitalaria:
1.a.1.1) Es prestador derivado en las Regiones que se encuentra presente, para la atención ambulatoria del Plan Preferente ULMO AUSTRAL 5000, el prestador INMUNOMEDICA.
Oferta preferente Ambulatoria:
Firma Afiliado
Nombre:
Rut:
Fecha:
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante Isapre
Nombre:
Rut:
Fecha:
2.- Definiciones
3.- Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente.
4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar
5.-Reajuste del arancel de prestaciones.
2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que
incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el regimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir
las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Examenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografia axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM=
Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.
2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte
de la Red de la Isapre.
2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.
2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige
para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en
un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de
libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.
5.a) El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100%
de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.
2.f) Se entiende por "Drogas Biologicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncologicas.
4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior en que se devenga la remuneración.
2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años);
Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados;
Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda.
4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior al de la respectiva bonificación.
2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.
3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .
2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La
exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.