GRUPAL % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.80UF 2.50VA 1.50VA 4.00UF 7.20UF 2.00UF 4.00VA 3.00VA 1.00VA 1.10VA 1.30VA 1.30VA 1.80VA4.50UF 30.00UF 15.00UF15.00UF 1.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e)7.50UF 1.50VA 1.00UF10.00UF 0.70UF 0.88UF 0.88UF Laboratorio1.00VA Histopatología1.10VA 1.30VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)2.50VA Box ambulatorio(i)2.40VA Derecho de Pabellón(i)1.92VA Procedimientos(c)1.50VA Atención integral de enfermería y nutricionista(k)1.50VA 1.50VA 1.80VA4.50UF 0.80UF3.00UF 0.40UF 2.00VA 2.00VA6.00UF 3.20VA4.17UF 3.15VA1.26UF 2.59VA 3.87VA 12.65UF37.95UF 70 Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Histopatología Consulta Médica7 días OTROS (Restricciones) (a.1) Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de obesidad y PET-CT. Atenciones de Urgencia Solo cobertura Libre Elección Proc. diagnósticos y Terapéuticos Sin Tope OTRAS PRESTACIONES Óptica(g) Sin Tope Traslados(h) Tiempos de Espera: ExámenesIntervenciones quirúrgicas 15 días 30 días Medicamentos Ambulatorios(j)Sin Tope Clínica Dávila Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 70 Fonoaudiología Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Psiquiatría AmbulatoriaUF Kinesiterapia 70 Prótesis y Ortesis Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Hospital Clínico Universidad Católica Consulta Psiquiatría Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) 100 Copago Unico Por EventoUF 5.0 Pieza Doble Hospital Clínico Universidad Católica Staff Médicos ASOMEDUC Día cama Intensivo e Intermedio (UTI-UCI) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Otros Kinesiterapia Laboratorio Medicamentos en hospitalización(l) Tope Sin Tope Staff ASOMEDUC Consulta Urgencia(f) PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica Día Cama Clínica de Recuperación 70 Sin Tope Consulta Oftalmológica (m) Sin Tope Día Cama Psiquiatría(d) NOMBRE:PREFERENTE UC DOBLE 6600 Materiales Clínicos e Insumos(l) Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b) Derecho de Pabellón Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(c) Día Cama Especialidades PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Honorarios Médicos Quirúrgicos UF - Veces Arancel 90 Tope Bonificación NACIONAL UF - Veces Arancel LIBRE ELECCIÓN PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN:INDIVIDUALFUN Nº CODIGO DE PLAN: Tope Bonificación Prestador Derivado a) COBERTURA PREFERENTE 2UCD661211 Año/Benef/UF Clínica Dávila 15.00 6.00 Sin Tope Hospital Clínico U.C -Cl. Dávila Consulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM UF Libre Elección Pieza Doble Sin Tope Libre Elección Libre Elección
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : k) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. l) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. UF 5000 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537Precio Base Plan de Salud Complementario en UFEdad (Años) UFIsapre Cruz Blanca -20 (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Nombre ArancelTope General por Beneficiario m)Unidad (h) Con indicación médica justificada. Elaranceldeprestacionespodráserreajustadoy/omodificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de loanterior,laIsapreestáfacultadaparaincorporarnuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. CODIGO DE PLAN:2UCD661211NOMBRE :PREFERENTE UC DOBLE 6600 Contratante b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. (i) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. NOTAS EXPLICATIVAS a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación doble efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Prestador Derivado, se rige en los mismos términos del prestador preferente principal definido en el Plan de Salud Complementario Staff ASOMEDUC=Comprendemédicosdel Staff delaREDUCpertenecientesalaasociacióndemédicosdelaU.C (ASOMEDUC) en convenio con Cruz Blanca para la atención de beneficiarios de Planes Preferente UC. a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.) Cargas Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.