% Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 1.00UF 3.00VA 1.80VA 6.00UF 11.00UF 3.00UF 6.00VA 4.50VA 1.00VA 1.10VA 1.30VA 1.30VA 2.00VA5.00UF 50.00UF 25.00UF25.00UF 1.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e)12.50UF 2.00VA 1.50UF15.00UF 0.90UF 1.13UF 1.13UF Laboratorio1.00VA Histopatología1.10VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.30VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)3.00VA Día Cama(i)3.00VA Derecho de Pabellón(i)2.40VA Procedimientos(c)1.80VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.80VA 2.00VA5.00UF 3.00UF1.00UF 0.50UF 2.50VA 2.50VA7.50UF Atención integral de enfermería y nutricionista(k)1.80VA 3.20VA4.17UF 3.24VA1.17UF 3.42VA 4.64VA 15.18UF45.54UF Cobertura Internacional 70 Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Sin Tope 70 Hospital Clínico Universidad Católica 30 días Atenciones de Urgencia Sin Tope OTRAS PRESTACIONES (a.1) Óptica(g) Sin Tope Traslados(h) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Sin Tope Hospital Clínico U.C -Cl. Dávila Consulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM 15 díasProc. diagnósticos y Terapéuticos Exámenes Consulta Médica 7 días Psiquiatría Ambulatoria OTROS (Restricciones) (a.1) Intervenciones quirúrgicas PRESTADORES DERIVADOS(a.1.2) Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,atención dental,cirugíafotorrefractiva(lasik),tratamientosde Infertilidad,tratamientoscondrogasbiológicas,cirugía bariátrica o de obesidad y PET-CT. Solo cobertura Libre Elección PRESTACIONES AMBULATORIAS Medicamentos Ambulatorios(j)Sin Tope 7.50UF 70 Prótesis y Ortesis Consulta Psiquiatría Libre Elección Sin Tope Staff ASOMEDUC Consulta Urgencia(f) Día Cama Otros PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica 70 Sin Tope Consulta Oftalmológica Libre Elección Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) 22.50 Kinesiterapia Día Cama Clínica de Recuperación Fonoaudiología 100 Copago Unico Por EventoUF 5.0 Pieza Individual Hospital Clínico Universidad Católica Clínica U. Católica Staff Médicos ASOMEDUC Día Cama Psiquiatría(d) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sin Tope (m)UF - Veces ArancelUF - Veces Arancel 90 UF Libre Elección Materiales Clínicos e Insumos(l) Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN:FUN Nº PRESTACIONES HOSPITALIZADAS NACIONAL LIBRE ELECCIÓN CODIGO DE PLAN: Kinesiterapia Sin Tope Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(c) Derecho de Pabellón Medicamentos en hospitalización(l) Laboratorio Histopatología Tope BonificaciónAño/Benef/UF 2UCI680012NOMBRE:H. CLINICO UNIVERSIDAD CATOLICA 6800 Clínica Dávila HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIAClínica Dávila La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Tiempos de Espera: INDIVIDUAL Día Cama Especialidades Día cama Intensivo e Intermedio (UTI-UCI) Tope Bonificación a) COBERTURA PREFERENTETope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : UF 5000UFIsapre Cruz Blanca -20 (h)Con indicación médica justificada. El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, laIsapreestáfacultadaparaincorporarnuevasprestacionesal arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar k)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. NOTAS EXPLICATIVAS a)CoberturapreferentesóloatravésdeOrdenesdeAtenciónconprestadoresenconvenioespecificado.Seexcluyereembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. l)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. Nombre ArancelTope General por Beneficiario m)Unidad TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Edad (Años)ContratanteCargas b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. (i)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Staff ASOMEDUC= Comprende médicos del Staff de la RED UC pertenecientes a la asociación de médicos de la U.C(ASOMEDUC) en convenio con Cruz Blanca para la atención de beneficiarios de Planes Preferente UC. NOMBRE :H. CLINICO UNIVERSIDAD CATOLICA 6800CODIGO DE PLAN:2UCI680012 Contratante Huella Dactilar d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. m)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.