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PreferenteCódigo 2UCIE68012

ESP. H. CLINICO U. CATOLICA

Puntuación del plan
3,5

Plan no comercializable.

Desde

$140.275/mes

3,40 UF
% Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real
1.00
UF
3.00
VA
1.80
VA
6.00
UF
11.00
UF
3.00
UF
6.00
VA
4.50
VA
1.00
VA
1.10
VA
1.30
VA
1.30
VA
2.00
VA 5.00 UF
50.00
UF
25.00
UF 25.00 UF
1.50
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)
12.50 UF
2.00
VA
1.50
UF 15.00 UF
0.90
UF
1.13
UF
1.13
UF
Laboratorio
1.00 VA
Histopatología
1.10 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.30 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
3.00 VA
Día Cama (i)
3.00 VA
Derecho de Pabellón (i)
2.40 VA
Procedimientos (c)
1.80 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.80 VA
2.00
VA 5.00 UF
3.00
UF 1.00 UF
0.50
UF
2.50
VA
2.50
VA 7.50 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (k)
1.80 VA
3.20
VA 4.17 UF
3.24
VA 1.17 UF
3.42
VA
4.64
VA
15.18
UF 45.54 UF
Cobertura Internacional

70

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
INDIVIDUAL

Sin Tope

70

Hospital Clínico Universidad
Católica

30 días

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

OTRAS PRESTACIONES (a.1)

Óptica (g)

Sin Tope

Traslados (h)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Atenciones de Urgencia

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Exámenes

Consulta Médica

7 días

Sin Tope Hospital Clínico U.C -Cl. Dávila
Consulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM

Consulta Psiquiatría

15 días

Psiquiatría Ambulatoria

OTROS (Restricciones) (a.1)

Intervenciones quirúrgicas

PRESTADORES DERIVADOS (a.1.2)

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía
bariátrica o de obesidad y PET-CT.

Solo cobertura Libre Elección

Medicamentos Ambulatorios (j)
Sin Tope
7.50
UF
70

Prótesis y Ortesis

Sin Tope Staff ASOMEDUC

Consulta Urgencia (f)

Día Cama Otros

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Consulta Médica

70

Sin Tope

Consulta Oftalmológica

Libre Elección

Kinesiterapia

Laboratorio

Sin Tope

Kinesiterapia

Día Cama Clínica de Recuperación

Fonoaudiología

100

Copago Unico Por
Evento UF 5.0

Pieza Individual
Hospital Clínico
Universidad Católica
Clínica U. Católica
Staff Médicos ASOMEDUC

Día Cama Psiquiatría (d)

90

UF

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

22.50

Medicamentos en hospitalización (l)

Materiales Clínicos e Insumos (l)

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Libre Elección

Histopatología

LIBRE ELECCIÓN

CODIGO DE PLAN :
2UCIE68012 NOMBRE : ESPECIAL H. CLINICO UNIVERSIDAD CATOLICA 6800
(m)
UF - Veces ArancelUF - Veces Arancel
Honorarios Médicos Quirúrgicos

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)

Día Cama Especialidades

Día cama Intensivo e Intermedio (UTI-UCI)

Tope Bonificación

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

TIPO DE PLAN :
FUN Nº
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

NACIONAL

Tope Bonificación

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Libre Elección

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que
éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a
optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse
los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes
pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

Derecho de Pabellón

a) COBERTURA PREFERENTE
Tope
Sin Tope

Año/Benef/UF

Clínica Dávila

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
Clínica Dávila
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre
Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF
1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las
Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que
se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su
liquidación.

Tiempos de Espera:
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
l) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a
aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o
bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos
hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

UF 5000
UFIsapre Cruz Blanca -20
(h) Con indicación médica justificada.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro
del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a
contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior,
la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al
arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán
en vigencia al mes siguiente de su incorporación.

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo
familiar

k) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con
riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores
de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de
patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor
de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la
cotización.)

Nombre Arancel
Tope General por
Beneficiario m)
Unidad
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

Edad (Años)
Contratante
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

NOTAS EXPLICATIVAS

a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor
efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos. El valor indicado rige para cada beneficiario
por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado.
Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de
acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

Cargas

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

Staff ASOMEDUC = Comprende médicos del Staff de la RED UC pertenecientes a la asociación de médicos de la U.C (ASOMEDUC)
en convenio con Cruz Blanca para la atención de beneficiarios de Planes Preferente UC.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

(i)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente
a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de
anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

CODIGO DE PLAN :

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo
ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud
Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable
la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

2UCIE68012
NOMBRE :
Contratante

Huella Dactilar

ESPECIAL H. CLINICO UNIVERSIDAD CATOLICA 6800

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.