% Bonif.% Bonif.% Bonif. 3.41UF3.41UF 12.26UF3.41UF 12.26UF3.41UF 1.97UF1.71UF 1.97UF1.71UF 3.93VA3.41VA 3.67VA2.64VA 0.96VA0.91VA 1.06VA1.00VA 0.98VA0.93VA 0.98VA0.93VA 16.20UF12.60UF 5.85UF5.85UF 1.13VA1.13VA1.13VA 2.22VA2.22VA2.22VA 0.34UF0.34UF0.34UF 0.34UF0.34UF0.34UF 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF 1.34VA1.47VA 2.18VA2.18VA 0.85UF8.50UF0.85UF8.50UF 3.40VA8.50UF3.40VA8.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1g)3.50UF8.50UF3.50UF8.50UF 3.41UF8.53UF3.41UF8.53UF 0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF Exámenes de Laboratorio0.84VA0.84VA Exámenes de Histopatología0.92VA0.92VA 0.86VA0.86VA 0.84VA0.84VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF Pabellón Ambulatorio(1c)2.64VA2.64VA 2.01VA2.61UF2.01VA2.61UF 1.13VA1.13VA 1.13VA1.13VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1c)2.22VA2.22VA 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF Prótesis y Ortesis1.63VA1.63VA Atención integral de enfermería(2h)1.13VA1.13VA Atención integral de nutricionista(2h)1.13VA3.73UF1.13VA3.73UF 0.50UF2.50UF0.50UF2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF Prestaciones Dentales PAD (1.l): 1.00VA0.82UF1.00VA0.82UF 1.00VA0.83UF1.00VA0.83UF 1.00VA1.25UF1.00VA1.25UF 1.00VA1.42UF1.00VA1.42UF 1.00VA1.51UF1.00VA1.51UF 1.00VA1.83UF1.00VA1.83UF 2.22VA2.22VA 2.64VA2.64VA 1.47VA0.59UF1.47VA0.59UF 2.18VA2.18VA Box ambulatorio(1c) (2a)3.93VA3.41VA 0.70UF0.70UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope Sin Tope Sin Tope Kinesiología y fisioterapia 80 90 Visita Interconsultor(1d) Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental(1l) Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales(1l) Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales(1l) Endodoncia Incisivo(1l) Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(1k) 40 Procedimientos(1e) Exámenes de Laboratorio Sin Tope Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1e) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Sin Tope ATENCIONES DE URGENCIA La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Sólo Cobertura Libre Elección Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Fonoaudiología Sin Tope Honorarios Médicos Quirúrgicos Kinesiología y fisioterapia 80 Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. OTRAS COBERTURAS (1n) Cobertura Internacional(1m) Consulta Oftalmológica 80 Quimioterapia (2d) Sin Tope IQUIQUE 1400 (80/80) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Año/Benef/UF Tope max.(2b) Año/Benef/UF Tope max. (2b)Tope max.(2b) Año/Benef/UFTope Bonificación PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante Consulta Médica Traslados médicos(1.j) PRESTACIONES MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE: Sin Tope Sin Tope Radioterapia PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1n) Endodoncia Premolar(1l) Endodoncia Molar(1l) 70 Sin Tope 40 Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2e) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2e) www.cruzblanca.cl PRESTACIONES AMBULATORIAS Clínica San José de Arica (Habitación Doble) Día Cama Clínica de Recuperación 90 Materiales Clínicos e Insumos(2g) Óptica(1i) Traslados(1j) Sólo Cobertura Libre Elección 80 Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Medicamentos en hospitalización(2g) 80 Sólo Cobertura Libre Elección Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Drogas Biológicas (2f) Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Quimioterapia(2d) 1a) OFERTA PREFERENTE Tope Bonificación Sin Tope Clínica Iquique y Clínica San José de Arica Habitación Doble LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII)(1b) Día Observación o Recuperación Exámenes de Histopatología Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios TIPO DE PLAN:INDIVIDUALFUN Nº Sin Tope 70 90 Sin Tope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Psiquiatría PRESTADORES DERIVADOS (1f) Consulta Urgencia(1h) Sólo Cobertura Libre Elección Consulta Psiquiatría Psiquiatría Ambulatoria Día Cama otros 70 Copago Fijo UF 0.28 Clínica Iquique Clínica San José de Arica 80 80 CODIGO DE PLAN:3CI1480614 80 LIBRE ELECCIÓN REGION XIII Tope Bonificación Sin Tope Sin Tope 80 Clínica Iquique y Clínica San José de Arica HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 _____________________________________________________ Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1n)Estas prestaciones se excluyen de la cobertura preferente, otorgándose solo en modalidad Libre Elección. 2h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1f) Son prestadores derivados del prestador preferente, la Clínica San José de Arica (Habitación Doble) de acuerdo al nivel de hoteleria y topes de cobertura señalados. 2g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1j)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 2c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3CI1480614 1g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia. 1b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. 1e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación dobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. Contratante TABLA DE FACTORES Nº 537 Edad años Isapre CruzBlanca - 31 $ Tope General Anual por Beneficiario 2b) Modalidad del Arancel Cargas Identificación Única del Arancel (5a) 3500UF Huella Dactilar Contratante Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) CODIGO DE PLAN:3CI1480614NOMBRE :IQUIQUE 1400 (80/80)