%Copago Fijo% 4.00UF 10.00UF 10.00UF 2.50UF 4.00VA 3.00VA 1.50VA Examenes de Histopatología1.65VA 1.80VA 2.00VA 37.00UF25.00UF 30.00UF10.00UF 1.29VA3.21UF1.29VA3.21UF 1.29VA1.29VA 1.29VA1.29VA 4.00VA3.00VA 0.45UF0.33UF 0.45UF0.33UF 3.21VA 2.84VA Injertos Hematopoyéticos1.00VA Prestaciones Fertilización PAD (1.e): Fertilización asistida alta complejidad1.00VA 0.60UF0.45UF 0.60UF0.45UF 1.50VA 1.65VA 1.80VA 2.40VA2.40VA 1.29VA1.29VA 4.00VA3.00VA 1.80VA1.80VA 1.29VA3.21UF1.29VA3.21UF 0.20UF1.00UF0.20UF1.00UF 1.00VA1.00UF1.00VA1.00UF 1.00VA1.00UF1.00VA1.00UF 1.64VA2.07UF1.64VA2.07UF 1.29VA1.29VA 1.29VA1.29VA 1.29VA4.26UF1.29VA4.26UF 1.00VA 1.24UF6.21UF 3.21VA 1.00VA7.00UF 1.00VA4.00UF 1.00VA12.00UF 701.00VA 1.25UF15.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f) (1.a.4)6.25UF10.00UF 1.00VA15.00UF 1.00UF10.00UF Box ambulatorio(2.a)(1.d)4.00VA 6.25UF 0.47UF0.47UF 2.84VA 800.60UF700.45UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 INDIVIDUAL Quimioterapia(2.d) Sin Tope Red Sur 6 Integramédica Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.a.4) Psiquiatría Ambulatoria Examenes de Laboratorio PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Prestacionesreferidasalembarazo(parto,cesárea,aborto,embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Prestaciones Dentales PAD (1.k) Día Cama Psiquiatría (1.a.4) Prótesis y Ortesis Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sólo Cobertura Libre Elección HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Visita por Médico Tratante Derecho de Pabellón CRECER JUNTOS ESPECIAL 519 FUN Nº Bonificación Día Cama 90 25% de la Cobertura General del Plan Consulta Médica Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Atención integral de nutricionista Sin Tope 25% de la Cobertura General del Plan Atención integral de enfermería(2.h) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Examenes de Laboratorio Medicamentos(2.g) Materiales e Insumos Clínicos(2.g) Traslados médicos(1.i) Protesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Honorarios Médicos Quirúrgicos La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de 1000 UF. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Tope Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Bonificación NOMBRE:CODIGO DE PLAN: TIPO DE PLAN: 3CJ00E0519 70 Prestaciones Fertilización PAD (1.e):40 PRESTACIONES AMBULATORIAS Visita por Médico Interconsultor(1.b) Quimioterapia(2.d) Kinesiología y Fisioterapia Consulta Oftalmológica Honorarios Médicos Quirurgicos(1.d) PET -CT 80 Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a.2.2) Medicamentos Ambulatorios(1.j) OTRAS COBERTURAS Sin Tope Traslados(1.i) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Procedimientos(1.c) Día cama Cuidados Intermedios PRESTACIONES Drogas Biologicas(2.f) 80 Pabellón Ambulatorio(1.d) Kinesiología y Fisioterapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a.1.1) Cobertura Internacional(1.l) Inmunomédica Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Día Cama Observación-Recuperación Fonoaudiología 80 Radioterapia Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Radioterapia Examenes de Histopatología 90 90% Sin Tope Red Sur 6: Clínica Lircay Clínica de Chillán Clínica Bío-Bío Clínica Los Andes (Los Ángeles) Hospital Clínico del Sur Clínica Universitaria de Concepción (1.a.2.1) Procedimientos(1.c) PRESTADORES DERIVADOS Óptica(1.h) Sin Tope Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Institucional) Solo Cobertura Libre Elección 90Sin Tope Injertos Hematopoyéticos 70 www.cruzblanca.cl Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Clínica de Recuperación (1.a.4) Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2.e) 6.21UF Sin Tope 1.24UF Consulta Urgencia(1.g) 80 Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.5) Tope máx. año contrato por beneficiario (2.b) OFERTA PREFERENTE RED SUR 6 (1.a) Tope máx. año contrato por beneficiario (2.b) OFERTA LIBRE ELECCIÓN 100 90 Tope Sin TopeSin Tope Sin Tope Sin Tope Fertilización asistida alta complejidadSin Tope Consulta Psiquiatría Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer Sin Tope Plan de Salud ComplementarioMODALIDADPRESTADORPREFERENTE
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.501.50 2 a menos de50.950.950.600.60 5 a menos de 100.800.800.600.60 10 a menos de 150.800.800.550.55 15 a menos de 200.801.350.600.65 20 a menos de 250.701.500.651.00 25 a menos de 300.801.600.801.30 30 a menos de 351.002.301.001.40 35 a menos de 401.102.301.101.50 40 a menos de 451.302.001.301.60 45 a menos de 501.402.401.401.60 50 a menos de 551.802.651.801.80 55 a menos de 602.352.852.351.90 60 a menos de 653.203.303.202.40 65 a menos de 703.703.653.702.90 70 a menos de 753.703.653.703.10 75 a menos de 803.703.653.703.65 80 y más3.703.653.703.65 Isapre CruzBlanca - 31 Modalidad del Arancel Identificación Única del Arancel (5.a) TABLA DE FACTORES Nº 538 3000 Contratante Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) CRECER JUNTOS ESPECIAL 519 Cargas Edadaños CODIGO DE PLAN:3CJ00E0519NOMBRE: UFTope General Anual por Beneficiario 2.b) $
1.- Coberturas Red Sur 6: Clínica Lircay, Clínica de Chillán, Clínica Bío-Bío, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Hospital Clínico del Sur, Clínica Universitaria de Concepción 1.a.2.1) Oferta preferente Hospitalaria: Red Sur 6 (Clínica Lircay, Clínica de Chillán, Clínica Bío-Bío, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Hospital Clínico del Sur, Clínica Universitaria de Concepción) e Integramédica Oferta preferente Ambulatoria: NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 3CJ00E0519 En caso de insuficiencia deRed Sur 6 e Integramédica, esto es, debido a falta especialidades o servicios diagnósticos, el beneficiario recibirá la cobertura preferente más alta señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste (estos) prestador(es). 1.l)Para obtener la cobertura, el benficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.a)Lacobertura de la Oferta Preferente se obtiene a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.a.5)La atención ambulatoria de urgencia con la cobertura preferente señalada se obtiene en cualquiera de los prestadores señalados en el punto (1.a.2.1) precedente. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.a.2.2)Es prestador derivado para la atención hospitalaria en la Región Metropolitana, elHospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Institucional),el beneficiario recibirá en este caso, la cobertura más alta señalada en el Plan de Salud Complementario. Tratándose de Honorarios Médicos o procedimientos quirúrgicos hospitalarios, sólo corresponderá cobertura preferente con medicos Staff. 1.g)Cobertura en servicios de urgencia, sólo para consulta e interconsulta de urgencia en horario hábil o inhábil, (se excluye todo otro servicio asociado a la consulta, tales como exámenes de laboratorio, imagenología, procedimientos, etc.). 1.a.6)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de las Regiones del Maule y BioBío.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. 1.a.3)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Individual o Doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Suite o Departamento sólo modalidad libre elección. 1.a.4)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a.1.1) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente CRECER JUNTOS ESPECIAL 519 es INMUNOMÉDICA en las regiones que se encuentra presente
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:2.- Definiciones 3.- Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 5.a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso. 2.f)Se entiende por "Drogas Biologicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncologicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el regimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. Staff= Médicos del Hospital Clínico Universidad de Chile; VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.