TIPO DE PLAN: % Bonif.% Bonif. % Bonif. 3.41UF3.41UF 8.22UF3.41UF 8.22UF3.41UF 1.71UF1.71UF 1.71UF1.71UF 3.41VA3.41VA 2.64VA2.64VA 0.91VA0.91VA 1.00VA1.00VA 0.93VA0.93VA 0.93VA0.93VA 8.82UF8.82UF 5.85UF5.85UF 1.19VA1.19VA1.19VA 2.22VA1.78VA1.78VA 0.34UF0.34UF0.34UF 0.34UF0.34UF0.34UF 1.19VA2.97UF1.19VA2.97UF1.19VA2.97UF 12.65UF38.00UF12.65UF38.00UF 12.65UF38.00UF12.65UF38.00UF 2.17VA2.17VA 2.69VA1.65VA 0.45UF0.45UF 0.50UF0.46UF0.46UF 0.45UF0.45UF0.45UF Exámenes de Laboratorio0.84VA0.59VA0.59VA Exámenes de Histopatología0.92VA0.65VA0.65VA 0.86VA0.60VA0.60VA 0.84VA0.84VA0.84VA 1.19VA2.97UF1.19VA2.97UF1.19VA2.97UF Pabellón Ambulatorio(1.c)2.64VA2.64VA2.64VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 1.19VA1.19VA1.19VA 1.19VA1.19VA1.19VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.c)2.22VA2.22VA2.22VA 0.45UF2.25UF0.45UF2.25UF 2.25VA2.25UF2.25VA2.25UF 2.25VA2.25UF2.25VA2.25UF 12.65UF38.00UF12.65UF38.00UF Prótesis y Ortesis2.17VA2.17VA Atención integral de enfermería(2.h)1.19VA1.19VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.19VA3.93UF1.19VA3.93UF Prestaciones Dentales PAD (1.l)1.00VA7.00UF1.00VA7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.f):40 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF1.00VA12.00UF Día cama Maternidad Pabellón Medicamentos en hospitalización(2.g) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Honorarios Médicos 0.85UF8.50UF0.85UF8.50UF 3.40VA8.50UF3.40VA8.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.g)3.50UF8.50UF3.50UF8.50UF 3.41UF8.53UF3.41UF8.53UF Box ambulatorio(1.c) (2.a)3.41VA3.41VA3.41VA 0.70 UF0.70 UF0.70 UF 0.68 UF0.68 UF0.68 UF0.68 UF 1.67 VA1.67 VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope INDIVIDUAL Día Observación o Recuperación Honorarios Médicos Quirúrgicos Sin Tope Copago Fijo UF 0.28 Clínica Reñaca 80 Consulta Oftalmológica 25% de la Cobertura General del Plan, Sólo Libre Elección. Pieza doble Exámenes de Laboratorio PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse ,dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO CODIGO DE PLAN:3CRDE14118 10090 Sin TopeSin Tope LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII) (1.b) FUN Nº Medicamentos(2.g) Kinesiología y fisioterapia Drogas Biológicas(2.f) Año/Benef/ UF Clínica Reñaca Día cama Cuidados Intermedios 80 Sin Tope Sin Tope Sin Tope 70 90 25% de la Cobertura General del Plan, Sólo Libre Elección. Materiales e Insumos Clínicos(2.g) Óptica(1.i) PRESTACIONES AMBULATORIAS Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas OTRAS COBERTURAS Sólo Cobertura Libre Elección Visita por Médico Interconsultor(1.d) 80 Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. Cobertura Internacional(1.m) Quimioterapia(2.d) Quimioterapia(2.d) www.cruzblanca.cl PRESTADORES DERIVADOS (1.a.1) 80 Sólo Cobertura Libre Elección Clínica Dávila 90 MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE:ESP. CL. REÑACA DOBLE 1400 18 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 80 Tope max. (2.b) Año/Benef/ UF LIBRE ELECCIÓN REGION XIII Tope Bonificación Sin Tope PRESTACIONES 901.a) Radioterapia Día Cama Sala Cuna-Fototerapia 100 1.a) OFERTA PREFERENTE Tope Bonificación 90 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sin Tope Tope Bonificación Tope max. (2.b) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sin Tope Día Cama Consulta Médica PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita por Médico Tratante Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Exámenes de Histopatología Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Consulta Urgencia(1.h) Sin Tope Día Cama otros Traslados médicos(1.k) Procedimientos(1.e) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Fonoaudiología Sin Tope Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2.e) Sin Tope Derecho de Pabellón Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Clínica de Recuperación 80 80 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA ATENCIONES DE URGENCIA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 PET -CT Traslados(1.k) Medicamentos Ambulatorios(1.j)Sin Tope Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Día Cama Psiquiatría PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2) 40 Sin Tope Sin Tope Clínica Reñaca PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope Procedimientos(1.e)Sin Tope Consulta Psiquiatría Psiquiatría Ambulatoria Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Sólo Cobertura Libre Elección Kinesiología y fisioterapia Año/Benef/ UF Tope max. (2.b) Sin Tope
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.501.50 2 a menos de50.950.950.600.60 5 a menos de 100.800.800.600.60 10 a menos de 150.800.800.550.55 15 a menos de 200.801.350.600.65 20 a menos de 250.701.500.651.00 25 a menos de 300.801.600.801.30 30 a menos de 351.002.301.001.40 35 a menos de 401.102.301.101.50 40 a menos de 451.302.001.301.60 45 a menos de 501.402.401.401.60 50 a menos de 551.802.651.801.80 55 a menos de 602.352.852.351.90 60 a menos de 653.203.303.202.40 65 a menos de 703.703.653.702.90 70 a menos de 753.703.653.703.10 75 a menos de 803.703.653.703.65 80 y más3.703.653.703.65 CODIGO DE PLAN:3CRDE14118NOMBRE:ESP. CL. REÑACA DOBLE 1400 18 Contratante Tope General Anual por Beneficiario 2.b)UF3500 Isapre CruzBlanca - 31 Cargas TABLA DE FACTORES Nº 538Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Modalidad del Arancel Edad años Identificación Única del Arancel (5.a) $
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatención hospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquier prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100%de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes precedente a aquel en que se efectuó el ultimo reajuste y el mes anteprecedente a aquel en que se aplique el nuevo reajuste, ambos inclusive. 2.f)Se entiende por"Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1.k)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3CRDE14118 1.g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.. VA = Veces Arancel,UF = Unidad de fomento. 1.f)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenologia propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.” 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación dobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.a.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a.1) Es prestador Derivado Ambulatorio y Hospitalario del Plan ESP. CL. REÑACA DOBLE 1400 18,la Clínica Dávila. En caso de insuficiencia en la atención, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las direcciones de atención de éste prestador .