TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL % Bonif.% Bonif.% Bonif. 5.01UF5.01UF 10.92UF5.01UF 10.92UF5.01UF 2.51UF2.51UF 2.51UF2.51UF 5.01VA5.01VA 3.53VA3.53VA 1.19VA1.19VA 1.31VA1.31VA 1.22VA1.22VA 1.22VA1.22VA 27.00UF27.00UF 11.25UF11.25UF 1.42VA1.42VA1.42VA 2.80VA2.80VA2.80VA 0.46UF0.46UF0.46UF 0.46UF0.46UF0.46UF 1.42VA3.55UF1.42VA3.55UF1.42VA3.55UF 12.65UF38.00UF12.65UF38.00UF 2.18VA1.98VA 1.98VA1.98VA 0.50UF0.50UF 0.60UF0.60UF0.60UF 0.50UF0.50UF0.50UF Exámenes de Laboratorio1.05VA1.05VA1.05VA Exámenes de Histopatología1.16VA1.16VA1.16VA 1.07VA1.07VA1.07VA 1.05VA1.05VA1.05VA 1.42VA3.55UF1.42VA3.55UF1.42VA3.55UF Pabellón Ambulatorio(1c)3.53VA3.53VA3.53VA 1.42VA2.83UF1.42VA2.83UF1.42VA2.83UF 1.42VA1.42VA1.42VA 1.42VA1.42VA1.42VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1c)2.80VA2.80VA2.80VA 12.65UF38UF12.65UF38.00UF Prótesis y Ortesis2.18VA1.98VA Atención integral de enfermería(2h)1.42VA1.42VA Atención integral de nutricionista(2h)1.42VA1.42VA4.69UF Prestaciones Dentales PAD(1.l) 0.82UF0.82UF 0.83UF0.83UF 1.25UF1.25UF 1.42UF1.42UF 1.51UF1.51UF 1.83UF1.83UF Día cama Maternidad1.25UF1.25UF Pabellón0.88VA0.88VA Medicamentos en hospitalización(2g)6.75UF6.75UF Materiales Clínicos e Insumos(2g)2.81UF2.81UF Honorarios Médicos0.70VA0.70VA 1.25UF12.50UF1.25UF12.50UF 5.00VA12.50UF5.00VA12.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1g)7.50UF12.50UF7.50UF12.50UF 5.01UF12.53UF5.01UF12.53UF 2.80VA2.80VA 3.53VA3.53VA 0.50UF2.50UF0.50UF2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 1.98VA1.98VA 12.65UF38.00UF12.65UF38.00UF Box ambulatorio(1c) (2a)5.01VA5.01VA5.01VA 0.93UF0.93UF0.93UF 1.58VA0.70UF1.75VA0.70UF 1.98VA1.98VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 Día Cama otros Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sin Tope Sin TopeSin Tope 3CRDE20013 10090 Sin TopeSin Tope 80 70 90 Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Cobertura Internacional(1m) 70 90 80 Sin Tope LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII)(1b) Clínica Dávila PRESTADORES DERIVADOS (1.a.1) Materiales Clínicos e Insumos(2g) 80 Sólo Cobertura Libre Elección Óptica(1i) Copago Fijo UF 0.28 Clínica Reñaca Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria FUN Nº Sin TopeSin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Tope max. (2b) Año/Benef/UF LIBRE ELECCIÓN REGION XIII Tope Bonificación Sin Tope Pieza doble Tope Bonificación 80 Sin Tope Clínica Reñaca HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Porcentajesdebonificaciónytopesdeacuerdoalo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. PRESTACIONES AMBULATORIAS Honorarios Médicos Quirúrgicos Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1f) PET -CT Traslados(1k) Drogas Biológicas(2f) Visita Interconsultor(1d) 70 Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2e) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2e) Radioterapia PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante Consulta Médica Traslados médicos(1k) PRESTACIONES MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE:ESP. CL. REÑACA DOBLE 2000 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 1a) OFERTA PREFERENTE(*) Tope BonificaciónAño/Benef/UF Tope max. (2b) Año/Benef/UF CODIGO DE PLAN: Tope max. (2b) www.cruzblanca.cl Sin Tope Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Quimioterapia (2d) Exámenes de Histopatología Quimioterapia (2d) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Medicamentos en hospitalización(2g) 100 Kinesiología y fisioterapia Exámenes de Laboratorio Kinesiología y fisioterapia PRESTACIONES AMBULATORIAS 80 Sin Tope Endodoncia Premolar Endodoncia Molar OTRAS COBERTURAS 80 Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2) Consulta Oftalmológica Consulta Urgencia(1h) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1e) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Sin Tope Sin Tope ATENCIONES DE URGENCIA La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 Sólo Cobertura Libre Elección Psiquiatría Ambulatoria Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón Consulta Psiquiatría Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Clínica de Recuperación COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO 40 80 Sin Tope 25Sólo Cobertura Libre Elección25Sin Tope A: PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA 1.00VA Sin Tope Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Fonoaudiología 100 90 Procedimientos(1e) Día Observación o Recuperación 40 Sin Tope Sin Tope Sin Tope Clínica Reñaca Sin Tope Sin Tope Sin Tope 1.00VA Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales Endodoncia Incisivo Medicamentos Ambulatorios(1j) Día Cama Psiquiatría(1f)
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Edad añosContratante Isapre CruzBlanca - 31 $ Tope General Anual por Beneficiario 2b) Modalidad del Arancel UF Identificación Única del Arancel (5a) 3500 2b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3CRDE20013 1g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia. 1b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquier prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1.k)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 2c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. Se excluye de la Oferta Preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. 1f)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación dobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 1m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.a.1) Es prestador Derivado Ambulatorio y Hospitalario del Plan ESP. CL. REÑACA DOBLE 2000,laClínica Dávila. En caso de insuficiencia en laatención, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las direcciones de atención de éste prestador . Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Huella Dactilar Contratante 1.a.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Cargas TABLA DE FACTORES Nº 537