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PreferenteCódigo 3CRE200219

RENACA CENIT 2000 219

Puntuación del plan
4,5

Plan no comercializable.

Desde

$104.001/mes

2,52 UF
% Tope %
8.00 UF
10.00 UF
10.00 UF
2.40 UF
2.60 VA
3.20 VA
2.20 VA
Exámenes de Histopatología 2.20 VA
2.20 VA
1.56 VA
31.50 UF 1.68 VA 26.46 UF
0.90 UF
0.90 UF
60.00 UF
30.00 UF
1.89 VA
3.60 VA
2.42 VA
1.24 VA
10.00 UF 90.00 UF
10.00 UF 90.00 UF
0.70 UF
0.60 UF
Exámenes de Laboratorio 1.60 VA
Exámenes de Histopatología 1.76 VA
31.50 UF 1.37 VA 26.46 UF
1.60 VA
1.30 VA
Pabellón Ambulatorio (1.d) 2.20 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d) 2.30 VA
Procedimientos (1.c) 1.37 VA
1.00 VA 8.64 UF
0.40 UF 10.50 UF
0.40 VA 10.50 UF
0.40 VA 10.50 UF
10.00 UF 90.00 UF
1.37 VA
Prótesis y Órtesis 2.42 VA
Atención integral de enfermería (2.h) 1.37 VA
Atención integral de nutricionista 1.37 VA 4.52 UF
Prestaciones Dentales PAD (1.l) 7.00 UF
4.00 UF
12.00 UF
COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO:
1.50 UF 10.50 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f) 5.00 UF 5.00 UF
1.50 VA 10.50 UF
1.50 UF 5.25 UF
Box ambulatorio (2.a) (1.d) 1.60 VA
3.00 UF
5.25 VA 2.10 UF
1.24 VA
90 0.70 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
OTRAS COBERTURAS
NOMBRE : RENACA CENIT 2000 219
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
FUN Nº
Kinesiología y fisioterapia
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes
pertinentes en relación al precio del nuevo plan.
Tope
1.a) OFERTA PREFERENTE
PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.
Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse,
dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud:
i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse
los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
CODIGO DE PLAN : 3CRE200219
INDIVIDUAL
Tope max. Año
contrato por
beneficiario. (2.b)
Bonificación
TIPO DE PLAN :
Exámenes de Laboratorio
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
PRESTACIONES
90
Habitación Doble
Drogas Biológicas (2.f)
Sin Tope
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.
Materiales e Insumos Clínicos (2.g)
Procedimientos (1.c) Sin Tope
Traslados médicos (1.i)
Sin Tope
Consulta Médica
Sin Tope
Día cama Maternidad
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):
Día Cama Clínica de Recuperación
PET -CT
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Consulta de Urgencia (1.g)
Sin Tope
www.cruzblanca.cl
Medicamentos Ambulatorios (1.j)
Quimioterapia (2.d)
Psiquiatría Ambulatoria
Sin Tope
Medicamentos hospitalarios
40
90
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
Consulta Oftalmológica
Consulta Psiquiatría
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
Quimioterapia (2.d)
Kinesiología y fisioterapia
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
Día Cama Psiquiatría
Medicamentos (2.g)
LIBRE ELECCIÓN
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
Radioterapia
Día cama Cuidados Intermedios
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Fonoaudiología
Derecho de Pabellón
Visita por Médico Tratante (**) (1.b)
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Sin Tope
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
Cobertura Libre Elección
80
VA
Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo (1.a.2.3)(2.e)
ATENCIONES DE URGENCIA
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
90
PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.m)
Materiales Clínicos e Insumos
1.00
Sin Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
Copago Fijo
Bonificación
Tope max. Año
contrato por
beneficiario. (2.b)
Cobertura Libre Elección
Visita por Médico Interconsultor (**) (1.b)
Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
Día Cama Observación-Recuperación
Cobertura Internacional (1.k)
INTEGRAMEDICA
Clínica Reñaca
1.a.2)
90% Sin Tope
Sin Tope
Día Cama
90
70 Sin Tope
Clínica Reñaca
Cobertura Libre Elección
1.00 UF
1.a.1)
Sin Tope
Integramedica
90
Sin Tope
Traslados (1.i)
Pabellón
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
Honorarios Médicos
Óptica (1.h)
Cobertura Libre Elección 90
25% de la Cobertura General del Plan.
25% de la Cobertura General del Plan.
Hospital Clínico Universidad de Chile
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y
topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a
un tope anual por beneficiario de UF 1000.
PRESTADOR DERIVADO (1.a.1.2) y (1.a.2.2)
Cobertura Libre Elección
Sin Tope
Sin Tope
Firma Afiliado
Nombre:
Rut:
Fecha:
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante Isapre
Nombre:
Rut:
Fecha:
CODIGO DE PLAN : 3CRE200219 NOMBRE : RENACA CENIT 2000 219
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80 1.80 1.50 1.50
0.95 0.95 0.60 0.60
0.80 0.80 0.60 0.60
0.80 0.80 0.55 0.55
0.80 1.35 0.60 0.65
0.70 1.50 0.65 1.00
0.80 1.60 0.80 1.30
1.00 2.30 1.00 1.40
1.10 2.30 1.10 1.50
1.30 2.00 1.30 1.60
1.40 2.40 1.40 1.60
1.80 2.65 1.80 1.80
2.35 2.85 2.35 1.90
3.20 3.30 3.20 2.40
3.70 3.65 3.70 2.90
3.70 3.65 3.70 3.10
3.70 3.65 3.70 3.65
3.70 3.65 3.70 3.65
Cargas
Edad años
70 a menos de 75
75 a menos de 80
65 a menos de 70
35 a menos de 40
60 a menos de 65
TABLA DE FACTORES Nº 538
Tope General Anual por
Beneficiario (2.b)
Modalidad del Arancel
4000
$
15 a menos de 20
0 a menos de 2
25 a menos de 30
55 a menos de 60
80 y más
40 a menos de 45
2 a menos de 5
10 a menos de 15
Precio Total Plan de Salud Complementario
en UF según Grupo familiar
Isapre CruzBlanca - 31
Identificación Única del Arancel
(5.a)
Contratante
20 a menos de 25
45 a menos de 50
5 a menos de 10
30 a menos de 35
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF (4.b)
UF
50 a menos de 55
Firma Afiliado
Nombre:
Rut:
Fecha:
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante Isapre
Nombre:
Rut:
Fecha:
1.- Coberturas
2.- Definiciones
3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.
4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar
5.-Reajuste del arancel de prestaciones.
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 3CRE200219
1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior
con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del
embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad
de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo
letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará Habitación Doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento.
1.a.1.2) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan RENACA CENIT 2000 219, todos los centros médicos de Integramedica. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario
recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador .
3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .
VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia
Nuclear Magnética.
1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática,
inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con
inseminación artificial desde la pareja.
1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.
1.a.2.3) La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.
1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre
un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las
atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente
a la atención hospitalizada.
2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte
de la Red de la Isapre.
1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.
1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.
2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años);
Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados;
Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda.
INTEGRAMEDICA Centros Médicos : Viña, Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central , Puente Alto, Maipú,
Rancagua y Talca.
1.a.1.1) Red Ambulatoria
1.m) Estas Prestaciones se excluyen de la cobertura Preferente otorgándose solo en modalidad Libre Elección.
2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para
cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un
año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre
elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.
1.a.2.2) Es prestador Derivado del Plan RENACA CENIT 2000 219, Hospital Clínico Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de Clínica Reñaca
1.a.2), el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador .
1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: Clínica Reñaca
2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.
5.a) El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de
la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.
2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.
4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior al de la respectiva bonificación.
2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.
2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.
4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior en que se devenga la remuneración.
1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria: