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PreferenteCódigo 3DVE370120

DAVILA ESPECIAL 3700

Puntuación del plan
2,1

Plan no comercializable.

Desde

$103.671/mes

2,52 UF
% Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real
0.60
UF
2.60
VA
1.80
VA
2.50
UF
5.50
UF
1.00
UF
2.00
VA
1.00
VA
1.00
VA
0.80
VA
10.00
UF
5.00
UF 35.00 UF 35.00 UF
1.60
VA 2.40 VA 4.00 UF 2.40 VA
2.50
UF 5.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)
2.50 UF 5.00 UF
80
0.67 VA 5.00 UF
0.63
UF 25.00 UF
0.45
UF
0.17 UF
Megasalud a.1

0.56
UF
Laboratorio
1.00 VA
1.00
VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
2.60 VA
Box Ambulatorio (i)
2.50 VA
Derecho de Pabellón (i)
2.20 VA
Procedimientos (c)
1.80 VA
0.80
VA
1.60
VA 4.00 UF
0.50
UF
0.50
UF 5.00 UF
2.50
VA 5.00 UF
2.50
VA 5.00 UF
1.80
VA 2.34 UF
Consultas Pediatria y Subespecialidades; Neonatologia
70 0.11 UF
Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatólogo
0.15 UF
Atención Inmediata al recién Nacido
0.45 UF
Día Cama Sala Cuna - Fototerapia
0.25 UF
Día cama Incubadora
0.63 UF
1.38
UF
0.63
UF
0.50
VA
2.00
VA 0.80 UF
3.45
VA
3.47
VA
3.83
UF 11.50 UF
70

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Clínica
Hospital del
Profesor

Habitación
Individual

(*) Staff Clínica
Hospital del
Profesor

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Óptica (g)

Clínica
Hospital del
Profesor

Sin Tope

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Exámenes

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que
éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho
a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse
los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes
pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Prestador
Derivado

GRUPAL

Sin Tope

Clínica Dávila

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

UF - Veces Arancel

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

CODIGO DE PLAN :
3DVE370120
Copago Fijo

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"PARTO - CESAREA- ABORTO RETENIDO - ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO Y PEDIATRICAS"

NOMBRE :
DAVILA ESPECIAL 3700
a) Cobertura Preferente

(k)

Clínica Dávila

Año/Benef/UF
Tope Bonificación
Tope

UF - Veces Arancel

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) ( c)

TIPO DE PLAN :
INDIVIDUAL
LIBRE ELECCIÓN

80

Día Cama Especialidades

Derecho de Pabellón

Laboratorio

NACIONAL

90

UTI-UCI

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (*) (b)

Día Cama Otros

Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)

Kinesiterapia

15 días

Sin Tope

Sin Tope Consulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO

30 días
Intervenciones quirúrgicas
Traslados (h)

Kinesiterapia

7 días

Consulta Médica

Tiempos de Espera:

Atenciones de Urgencia

80

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía
fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con
drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad (a.3)

70

OTRAS PRESTACIONES

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia

Sin Tope

Medicamentos Ambulatorios (j)

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Prótesis y Ortesis

Solo cobertura Libre Elección

Psiquiatría Ambulatoria

Fonoaudiología

UTI-UCI Pediátrica y Neonatal

Día Cama Hospitalización Medica y Quirúrgica Pediátrica

Derecho de Pabellón Parto-Cesárea-Aborto

80

Parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por
complicaciones del embarazo, Prestaciones pediátricas y
neonatales ( a.2)

Otras Restricciones

Consulta Psiquiatría

Sin Tope

Sin Tope

Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen 51 códigos de prestaciones en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se encuentran contenidas en las siguientes agrupaciones. Exámenes de
Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10), Rayos y ecotomografía específicas de niños y estudio de infertilidad (6); Procedimientos de oftalmología en niños (7); Procedimientos de
otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de gastroenterología en niños (1);Procedimientos y cirugías obstétricas relacionadas con el control de embarazo y atención del parto (22).

Clínica Dávila

Sin Tope

Consulta Médica (*)

70
Consulta Urgencia y Oftalmológica (*) (f)
(*) Staff Clínica Dávila

Día Cama Clínica de Recuperación

(*) Staff Clínica
Dávila

FUN N°

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Habitación Individual

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

Medicamentos en hospitalización

Tope Bonificación

Materiales Clínicos e Insumos

Día Cama Psiquiatría (d)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
UF

NOMBRE :
DAVILA ESPECIAL 3700
NOTAS EXPLICATIVAS

(*) Staff Clínica Dávila = Médicos Staff Clínica Dávila en convenio con Cruz Blanca.

CÓDIGO DE PLAN :
3DVE370120
a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente
utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Prestador Derivado, se rige en los mismos términos del prestador preferente
principal definido en el Plan de Salud Complementario.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF
del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

Tope General por
Beneficiario k)

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Edad (Años)

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF
Cargas
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un
tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces
el Arancel Cruz Blanca- 22. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones
generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del
ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.)

Contratante

Nombre Arancel

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el
territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

Unidad

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo
familiar

UF 2560

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes
de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer
día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada
para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su
incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su
arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección
realice cambios.

Isapre Cruz Blanca -22

k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por
libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la
diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el
25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un
tope por evento o mensual en el plan de salud.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario
que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

h) Con indicación médica justificada.

i)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención
hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la
utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

a.2) Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones señaladas en el anverso del plan, y cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud
Complementario para la libre elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra
f) de la Ley Nº18.933.

a.3) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o
la institución que realiza la atención.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

a.1) Copago fijo 0.17 UF, Consultas Médicas en Megasalud , se excluye las especialidades de Oftalmología y Urgencia.