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PreferenteCódigo 3FSP100716

FAMILIAR PRIMORDIAL 1000

Puntuación del plan
3,9

Plan no comercializable.

Desde

$82.896/mes

2,01 UF
% Copago Fijo %
4.00
UF
10.00
UF
10.00
UF
2.50
UF
4.00
VA
3.00
VA
1.50
VA
Examenes de Histopatología
1.65 VA
1.80
VA
2.00
VA
37.00
UF 25.00 UF
30.00
UF 10.00 UF
1.23
VA 3.06 UF 1.23 VA 3.06 UF
1.23
VA 1.23 VA
1.23
VA 1.23 VA
4.00
VA 3.00 VA
0.45
UF 0.33 UF
0.45
UF 0.33 UF
2.41
VA
2.78
VA
1.24
UF 6.21 UF
1.24
UF 6.21 UF
0.60
UF 0.45 UF
0.60
UF 0.45 UF
1.50
VA
1.65
VA
1.80
VA
2.40
VA 2.40 VA
1.23
VA 1.23 VA
4.00
VA 3.00 VA
1.80
VA 1.80 VA
1.23
VA 3.06 UF 1.23 VA 3.06 UF
0.20
UF 1.00 UF 0.20 UF 1.00 UF
1.00
VA 1.00 UF 1.00 VA 1.00 UF
1.00
VA 1.00 UF 1.00 VA 1.00 UF
1.64
VA 2.07 UF 1.64 VA 2.07 UF
1.23
VA 1.23 VA
1.23
VA 1.23 VA
1.23
VA 4.06 UF 1.23 VA 4.06 UF
1.24
UF 6.21 UF
2.41
VA 6.21 UF
1.00
VA 7 UF
1.00
VA 4.00 UF
1.00
VA 12.00 UF
1.25
UF 15.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
6.25 UF 10.00 UF
1.00
VA 15.00 UF
1.00
UF 10.00 UF
1.23
VA
0.75
VA
0.75
VA
Box ambulatorio (2.a)(1.d)
4.00 VA
6.25
UF
0.45
UF 0.45 UF
2.78
VA
80
0.60 UF 70 0.45 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre

Radioterapia

Atención integral de nutricionista (2.h)

PRESTADORES DERIVADOS

Consulta Urgencia (1.g)

RNM- PRO-HMQ-DPA

EXS, RX,TAC,ECO

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.1.1) (1.a.1.2)

Óptica (1.h)

Sin Tope

Sin Tope

80

Sólo Cobertura Libre Elección

Cobertura Internacional (1.l)

Medicamentos Ambulatorios (1.j)
70
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Cirugía de Bariatrica, Metabólica y Fotorefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)

Sólo Cobertura Libre Elección

Sin Tope

www.cruzblanca.cl

Traslados (1.i)

Sólo Cobertura Libre Elección

Sin Tope

Derecho de Pabellón

INMUNOMEDICA e ISA Región Metropolitana

Red Sur 6
y
Hospital Clínico Universidad de Chile
(Staff Médico)

Sin Tope

Examenes de Histopatología

Sin Tope

Radioterapia

Cirugía de Bariatrica, Metabolica, Fotorefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)

Prótesis y Ortesis

90

Sin Tope

Día cama Cuidados Intermedios

Día Cama Observación-Recuperación

70

Fonoaudiología

Red Sur 6
y
Hospital Clínico
Universidad de Chile
(Staff Médico)

80

Procedimientos (1.c)

Consulta Psiquiatría

Solo Cobertura Libre Elección

Sin Tope

Drogas Biologicas (2.f)

80

Quimioterapia (2.d)

80

Sólo Cobertura Libre Elección

Sin Tope

Día Cama Especialidades

ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.5)

Prestaciones Dentales PAD (1.k)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c)

PET -CT

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Día Cama Psiquiatría

Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

Sin Tope

Tope

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Visita Médico Tratante

Sin Tope

Honorarios Médicos Quirúrgicos

PRESTACIONES

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

90

40

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Visita Interconsultor (1.b)

Quimioterapia (2.d)

Psiquiatría Ambulatoria

Examenes de Laboratorio

Consulta Oftalmológica

Sin Tope

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer

Pabellón Ambulatorio(1.d)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Tope

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Bonificación

NOMBRE :
CODIGO DE PLAN :
TIPO DE PLAN :

3FSP100716
FAMILIAR PRIMORDIAL 1000
Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Examenes de Laboratorio

Traslados médicos (1.i)

Protesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
(1.a.2.1) (1.a.2.2)

OFERTA LIBRE ELECCIÓN

1.a) OFERTA PREFERENTE
RED SUR 6

Honorarios Médicos Quirurgicos (1.d)

Sin Tope

Sin Tope
INTEGRAMEDICA

Atención integral de enfermería (2.h)

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

FUN Nº

Bonificación

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.4)

Día Cama Clínica de Recuperación

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Consulta Médica

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

INDIVIDUAL

100

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Medicamentos en hospitalización (2.g)

Kinesiología y fisioterapia

Kinesiología y fisioterapia

90
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

Oferta preferente Ambulatoria ITR:

Isapre CruzBlanca - 31

$

UF

Modalidad del Arancel

Identificación Única del Arancel (5.a)

Tope General Anual por Beneficiario 2.b)

1.a.1.1) Es prestador derivado en las Regiones que se encuentra presente, para la atención ambulatoria del Plan Preferente FAMILIAR PRIMORDIAL 1000, el prestador INMUNOMEDICA.

En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA EL TREBOL, esto es, debido a falta especialidades o servicios diagnósticos, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si
utiliza éste prestador. Tratándose de Honorarios Médicos ambulatorios de procedimientos ó quirúrgicos, sólo corresponderá para estos ítems, la cobertura de Libre Elección.

Hospital Clínico Universidad de Chile, Solo con Staff Médico de la Institución

Clínica del Maule, Clínica de Chillán, Clínica Bío-Bío, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Hospital Clínico del Sur, Clínica Universitaria de Concepción.

Oferta preferente Hospitalaria:

1.a.6) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de las Regiones VII y VIII. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un
servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización.

1.a.2.1) Son prestadores derivados hospitalarios del Plan Preferente FAMILIAR PRIMORDIAL 1000, cualquiera de aquellos que integran su Red Hospitalaria. El beneficiario recibirá en estos casos, la misma cobertura
preferente señalada en el Plan de Salud Complementario.

Hospital Clínico Universidad de Chile, Solo con Staff Médico de la Institución

1.a.3) Para aplicar la bonificación preferente de día cama, se considerará las habitaciones detalladas en cada uno de los prestadores de la Red utilizada por el beneficiario y siempre y cuando este convenida con el
prestador. No se cubre Suite o Departamento.

1.a.4) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero
y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El
reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su
incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.f) Se entiende por "Drogas Biologicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncologicas.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se
devenga la remuneración.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según
criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de patologias cronicas, en centros de enfermeria del adulto
mayor, atendido por enfermeras universitarias.

TABLA DE FACTORES Nº 537

3000

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción
del reembolso de lentes de presbicia.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de
Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el regimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más
establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Examenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografia axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear
Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario
por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación
corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el
Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

1.k) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :3FSP100716

Contratante

Huella Dactilar

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación
artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.l) Para obtener la cobertura, el benficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago
que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

Contratante

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF (4.b)

FAMILIAR PRIMORDIAL 1000

Cargas
Edad años
1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.a.5) La atención ambulatoria de urgencia con la cobertura preferente señalada se obtiene en cualquiera de los prestadores señalados en el punto 1.a.1.2) precedente.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

CODIGO DE PLAN:
3FSP100716 NOMBRE:
1.a.2.2) Es prestador derivado en la Región Metropolitana, el Hospital Clínico Universidad de Chile. El beneficiario recibirá en este caso, la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario. Tratándose
de Honorarios Médicos hospitalarios de procedimientos ó quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente con medicos Staff del derivado:

INTEGRAMEDICA EL TREBOL

1.a.1.2) Prestador Derivado Región Metropolitana : Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Maipú, Estación Central y Puente
Alto.

RED SUR 6