%Tope% 5.50UF 6.60UF 6.60UF 2.75UF 5.50VA 5.00VA 2.40VA Examenes de Histopatología2.64VA 2.40VA 1.56VA 30.00UF3.60VA21.60UF 50.00UF 30.00UF 2.88VA 3.30VA 0.70UF 0.70UF 14.00VA 3.50VA 30.00UF90.00UF 0.70UF 0.70UF Consulta Urgencia(1g)1.00UF Exámenes de Laboratorio2.00VA Exámenes de Histopatología2.20VA 30.00UF3.00VA21.60UF 2.00VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.30VA Pabellón Ambulatorio(1d)5.00VA Honorarios Médicos Quirurgicos(1d)4.40VA Procedimientos(1c)2.40VA 2.40VA8.64UF 0.70UF10.50UF 3.50VA10.50UF 3.50VA10.50UF 30.00UF90.00UF 2.40VA Prótesis y Ortesis14.00VA Atención integral de enfermería(2h)2.40VA Atención integral de nutricionista(2h)2.40VA COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO: 1.38UF 1.25VA 12.50UF 7.50UF 0.83VA 1.38UF10.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1f)12.50UF12.50UF 3.50VA10.50UF 1.38UF5.25UF 2.40VA 3.30VA 5.00VA 30.00UF90.00UF Box ambulatorio(2a) (1d)5.50VA 0.50UF 2.00VA0.80UF 3.50VA Exámenes de Laboratorio Exámenes de Histopatología Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Fono CruzBlanca 600 818 0000 Año contrato por Beneficiario/(2b) PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1k) BonificaciónCopago FijoAño contrato por Beneficiario/(2b) Bonificación Fonoaudiología Drogas Biologicas(2f) Día Cama Psiquiatría(1e) Consulta Psiquiatría OTRAS COBERTURAS (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Cobertura Libre Elección Quimioterapia(2d) Honorarios Médicos Quirúrgicos Protesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1c) Traslados médicos Psiquiatría Ambulatoria Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria PET -CT 90 Pabellón Medicamentos hospitalarios Copago Fijo UF 0.17 en Integramedica Centros Médicos Kinesiología y fisioterapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Día Cama Clínica de Recuperación Sin Tope Visita Interconsultor(1b) Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope INDIVIDUAL Tope max. Tope Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. HOMBRE ACTIVO REÑACA PLUS 3300CODIGO DE PLAN: TIPO DE PLAN:FUN Nº NOMBRE: PRESTACIONES 3HARP33913 ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Tope max.1a) OFERTA PREFERENTE(*) PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA LIBRE ELECCIÓN Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sin Tope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Cobertura Internacional(1l) Materiales Clínicos e Insumos Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1e) 90 Día Cama Observación-Recuperación HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin Tope Clínica Reñaca Óptica(1h) PRESTACIONES AMBULATORIAS Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Quimioterapia(2d) Materiales Clínicos e Insumos(2g) Kinesiología y fisioterapia 70% Sin Tope en Integramedica Centros Médicos Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Visita Médico Tratante Medicamentos en hospitalización(2g) Derecho de Pabellón Integramedica Centros Médicos y Clínica Dávila Consulta Médica Consulta Médica y Oftalmológica PRESTADOR DERIVADO (1a.1) Día cama Maternidad Traslados(1i) Medicamentos Ambulatorios(1j) La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. www.cruzblanca.cl Cobertura Libre Elección 90 Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope Cobertura Libre Elección Cobertura Libre Elección Consulta Oftalmológica Cobertura Libre Elección 90% Sin Tope en Integramedica Centros Médicos Sin Tope Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(1a.5)(2e) Radioterapia Honorarios Médicos 100% Sin Tope 25 Examenes de Laboratorio PRESTACIONES AMBULATORIAS Cirugía de Bariatrica, Metabólica y Fotorefractiva (lasik) : Pabellón(1a5)(2e) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Kinesiología y fisioterapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1a.2)Clínica Dávila en tipo de habitación doble en tipo de habitación doble (1a.3)90
Cargas HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 55 a menos de 60 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b) 25 a menos de 30 60 a menos de 65 65 a menos de 70 UF Isapre CruzBlanca - 20 1a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 1a.5)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariatrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 70 a menos de 75 35 a menos de 40 75 a menos de 80 1d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1a.4)Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización. UFTope General Anual por Beneficiario 2b) 40 a menos de 45 1c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 2a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Examenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografia axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética. 2i)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 2h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de patologias cronicas, en centros de enfermeria del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1k)Estas coberturas se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y caracteristicas de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 80 y más 1a.1) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan HOMBRE ACTIVO REÑACA PLUS 3300, Clínica Dávila e Integramedica Centros Médicos.En caso de insuficiencia en una dirección de atención el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éstos prestadores. Firma ContratanteFirma Representante Isapre NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 3HARP33913 Se excluye de la cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. Oferta Preferente Red Ambulatoria: Integramedica Centros Médicos y y Clínica Dávila. 5.a)El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios. 2f)Se entiende por "Drogas Biologicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncologicas. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1a.3) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la en tipo de habitación doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 1g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. Modalidad del Arancel Edad años 20 a menos de 25 2 a menos de5 Identificación Única del Arancel (5a) Contratante 5000 50 a menos de 55 0 a menos de2 15 a menos de 20 Huella Dactilar Contratante TABLA DE FACTORES Nº 537 5 a menos de 10 45 a menos de 50 10 a menos de 15 30 a menos de 35 1a.2) Es prestador Derivado Hospitalario del Plan HOMBRE ACTIVO REÑACA PLUS 3300, Clínica Dávila en tipo de habitacion doble. Oferta preferente Hospitalaria: Clínica Dávila en tipo de habitación doble