CÓDIGO DE PLAN :3HD3900815NOMBRE: TIPO DE PLAN : % de Bonificación Día cama7.00UF Día cama cuidados intensivos o coronarios9.80UF Día cama cuidados intermedios8.40UF Derecho de Pabellón5.50VA Exámenes de laboratorio2.10VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.10VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.37VA Kinesiología4.20VA30.00UF 3.36VA Medicamentos(1.k)70.00UF 70.00UF 3.36VA 0.92UF 0.92UF 35.00UF105.00UF 20.40VA 4.20VA 4.02VA 2.80VA10.08UF Consulta médica0.92UF Consulta de Urgencia(1.l)0.92UF Exámenes de laboratorio1.75VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.75VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.14VA Kinesiología3.50VA25.20UF Procedimientos(1.c)2.80VA Honorarios médicos quirúrgicos(1.b)2.69VA Pabellón ambulatorio(1.b)5.50VA Fonoaudiología2.80VA10.08UF Consulta Psiquiatría4.60VA25.00UF Psiquiatría Ambulatoria4.60VA25.00UF Radioterapia2.80VA Quimioterapia(1.e)35.00UF105.00UF Prótesis y Órtesis4.40VA Atención integral de enfermería(2.e)2.80VA Atención integral de nutricionista(2.e)2.80VA9.24UF 7.00UF 4.00UF 12.00UF 1.75UF Pabellón1.38VA 17.50UF 17.50UF 0.84VA 4.60VA25.00UF Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica(1.g)17.50UF 1.75UF 1.75UF12.50UF Óptica(1.i)1.80VA0.72UF 4.02VA 0.75UF 7.00UF FUN NºINDIVIDUAL VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl 25Sin Tope Fonoaudiología Honorarios Médicos PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. 100 Sin Tope Sin Tope Visita por médico tratante Materiales e insumos clínicos(1.k) OTRAS COBERTURAS UF25.00 Traslados Médicos(1.f)80 PRESTACIONES RESTRINGIDAS Box Ambulatorio(1.b) (2.a) Sin Tope Cobertura internacional(1.j)La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes del plan y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Medicamentos ambulatorios(1.h)90 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN HOMBRE DEPORTIVO 3900 100 Día Cama Psiquiatría Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis 90 Visita por médico interconsultor(1.d) Radioterapia Traslados Médicos(1.f) Sin Tope Medicamentos Hospitalarios Insumos Hospitalarios Quimioterapia(1.e) 90 Sin Tope Sin Tope Honorarios médicos quirúrgicos Procedimientos(1.c) PRESTACIONESTope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.b) Tope de Bonificación HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día cama Maternidad Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (1.a) Prestaciones Dentales PAD (1.m): 90 40 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre 1.00VA AMBULATORIAS Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer Prestaciones Fertilización PAD (1.n): Sin Tope Sin Tope
$ _______________________________________________________________________ Firma IsapreFirma del Afiliado Fecha :Nombre :Huella Dactilar Rut :Contratante Isapre CruzBlanca - 31 Tope General por Beneficiario en UF(2.b) Identificación Única del Arancel(4.a)Modalidad Arancel Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(3.b)Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar 3.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.e)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.b)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.a)La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.j)La cobertura Internacional de los ítems definidos como“Sin Tope”en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 31. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.k)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.f)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.- Coberturas 2.c)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.d)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.f)VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.l)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.n)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 5000 1.e)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN: 3HD3900815 Notas Explicativas 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 2.- Definiciones 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 3.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.h)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizarHombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Cargas Edad añosContratante