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PreferenteCódigo 3HGAE10915

HOGAR AUSTRAL 1000 ESPECIAL

Puntuación del plan
4,3

Plan no comercializable.

Desde

$81.906/mes

1,99 UF
% Copago Fijo %
5.00
UF
12.00
UF
12.00
UF
2.50
UF
5.00
VA
3.50
VA
1.80
VA
Exámenes de Histopatología
1.98 VA
2.00
VA
2.00
VA
27.00
UF
13.00
UF
1.23
VA 3.06 UF 1.23 VA 3.06 UF
1.23
VA 1.23 VA
1.23
VA 1.23 VA
4.27
VA 3.20 VA
0.45
UF 0.33 UF
0.45
UF 0.33 UF
1.99
VA
2.76
VA
1.24
UF 6.21 UF
1.24
UF 6.21 UF
0.60
UF 0.60 UF
0.60
UF 0.60 UF
1.80
VA
1.98
VA
2.00
VA
1.23
VA 1.23 VA
1.23
VA 1.23 VA
4.27
VA 3.20 VA
2.00
VA 2.00 VA
1.23
VA 3.06 UF 1.23 VA 3.06 UF
0.20
UF 1.00 UF 0.20 UF 1.00 UF
1.00
VA 1.00 UF 1.00 VA 1.00 UF
1.00
VA 1.00 UF 1.00 VA 1.00 UF
1.64
VA 2.07 UF 1.64 VA 2.07 UF
1.23
VA 1.23 VA
1.23
VA
1.23
VA 4.06 UF
1.24
UF 6.21 UF
1.99
VA
1.00
VA 7.00 UF
1.00
VA 4.00 UF
1.00
VA 12.00 UF
1.25
UF
0.88
VA
6.75
UF
3.25
UF
0.80
VA
1.25
UF 15.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
6.75 UF 15.00 UF
1.25
VA 15.00 UF
1.25
UF 15.00 UF
1.23
VA
3.20
VA
3.50
VA
Box ambulatorio (2.a)(1.d)
5.00 VA
6.75
UF
1.85
VA 0.72 UF
2.76
VA
80
0.60 UF 70 0.60 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

HOGAR AUSTRAL 1000 ESPECIAL

OFERTA LIBRE ELECCIÓN

FUN Nº

Bonificación

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.4)

Sin Tope

Prestaciones Dentales PAD (1.k)

Quimioterapia (2.d)

Sin Tope

90

100
Sin Tope
100

80

Sin Tope

Prótesis y Órtesis

Visita Médico Tratante

Radioterapia

Día cama Cuidados Intermedios

Drogas Biológicas (2.f)

80

70

80

85

1.a.1.1) Red Austral 6 e 1.a.1.2) ISA Región Metropolitana

1.a) Red Austral 6 y
Hospital Clínico Universidad de Chile
(Staff Médico) (Habitación Doble)

Sin Tope

PRESTADORES DERIVADOS

Consulta Urgencia (1.g)

RNM- PRO-HMQ-DPA

EXS, RX,TAC,ECO

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

Sin Tope

1.a) Red Austral 6 y
Hospital Clínico
Universidad de Chile
(Staff Médico)

Tope máx. año contrato
por beneficiario (2.b)

Sin Tope

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Atención integral de enfermería (2.h)

Sin Tope

Sin Tope

ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.5)

Solo Cobertura Libre Elección

Sin Tope

Sin Tope

80

Sólo Cobertura Libre Elección

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)

80

Sólo Cobertura Libre Elección

Sólo Cobertura Libre Elección

Sólo Cobertura Libre Elección

Pabellón

Medicamentos

Honorarios Médicos

25

Sólo Cobertura Libre Elección

Insumos hospitalarios

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
(1.a.2.1) (1.a.2.2)

INDIVIDUAL

1.a) OFERTA PREFERENTE
RED AUSTRAL 6

Fonoaudiología

COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO

Día cama Maternidad

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Tope

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Bonificación

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del
nuevo plan.

NOMBRE :
CODIGO DE PLAN :
TIPO DE PLAN :

3HGAE10915

PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.

Durante la vigencia del presente plan, la Isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que
comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en
relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

PRESTACIONES

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Día Cama Especialidades

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

Tope

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Consulta Oftalmológica

Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d)

Día Cama Observación-Recuperación

70

Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

40

Sin Tope

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Óptica (1.h)

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Derecho de Pabellón

Atención integral de nutricionista (2.h)

Medicamentos en hospitalización (2.g)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Visita Interconsultor (1.b)

Quimioterapia (2.d)

Radioterapia

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Exámenes de Laboratorio

Psiquiatría Ambulatoria

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Kinesiología y fisioterapia

Consulta Médica

Traslados médicos (1.i)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Exámenes de Laboratorio

Exámenes de Histopatología

Pabellón Ambulatorio(1.d)

Procedimientos (1.c)

Consulta Psiquiatría

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Kinesiología y fisioterapia

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Sin Tope

100

Sin Tope

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

Día Cama Psiquiatría

Día Cama Clínica de Recuperación

PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.1.1) (1.a.1.2)

Sin Tope

Cobertura Internacional (1.l)

PET -CT

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

Traslados (1.i)

Sin Tope

ISA - RED AUSTRAL 6

Sin Tope

www.cruzblanca.cl
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 3HGAE10915

Contratante

Huella Dactilar

Tope General Anual por Beneficiario 2.b)

HOGAR AUSTRAL 1000 ESPECIAL

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31
de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste
y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su
incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se
devenga la remuneración.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según
criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor,
atendido por enfermeras universitarias.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del
reembolso de lentes de presbicia.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva
bonificación.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura
Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos
hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por
año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación
corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el
Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago
que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética,
PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.

1.k) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y
los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.a.5) La atención ambulatoria de urgencia con la cobertura preferente señalada se obtiene en cualquiera de los prestadores señalados en el punto 1.a.2) precedente.

Oferta preferente Hospitalaria:
(Habitación Doble)

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.a.6) Este Plan también aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de las Regiones IX, X, XI, XII y XIV. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella
derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna
hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización.

Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Doble) Solo con Staff Médico de la Institución

1.a.3) Para aplicar la bonificación preferente de día cama, se considerará las habitaciones detalladas en cada uno de los prestadores de la Red utilizada por el beneficiario y siempre y cuando este convenida con el
prestador. No se cubre Suite o Departamento.

1.a.4) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

RED AUSTRAL 6 (Habitación Doble):

TABLA DE FACTORES Nº 537

Contratante
Cargas
CODIGO DE PLAN:
3HGAE10915 NOMBRE:
1.a.1.1) Son prestadores derivados ambulatorios del Plan Preferente , en las REGIONES IX, X, XI, XII y XIV, cualquiera de aquellos que integran su Red Hospitalaria.

En caso de insuficiencia de la red , esto es, debido a falta especialidades o servicios diagnósticos, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador.

1.a.1.2) Prestador Derivado Región Metropolitana (ISA): Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Maipú, Estación Central y Puente
Alto.

1.a.2.1) Son prestadores derivados hospitalarios del Plan Preferente , cualquiera de aquellos que integran su Red Hospitalaria. El beneficiario recibirá en estos casos, la misma cobertura preferente señalada en el Plan de
Salud Complementario.

1.a.2.2) Prestador Derivado en la Región Metropolitana: el Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Doble). El beneficiario recibirá en este caso, la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario.
Tratándose de Honorarios Médicos hospitalarios de procedimientos o quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente con médicos Staff del derivado:

1.a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Red descrita a continuación:

Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Doble) Solo con Staff Médico de la Institución

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura
corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las
prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del
D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.

Isapre CruzBlanca - 31

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF (4.b)

$
Modalidad del Arancel
Identificación Única del Arancel (5.a)

3000

Hospital Clínico Universidad Mayor, Clínica Alemana De Valdivia, Clínica Alemana De Osorno, Clínica Alemana De Puerto Varas, Clínica de Puerto Montt, Hospital Regional
De Magallanes.

UF

Edad años