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Preferente

3IND100013

INDISA 1000

Puntuación del plan 2,6

Desde

$101.904/mes


Comparar Planes Online
% Tope Copago Fijo %
3.00
UF
5.00
UF
5.00
UF
1.50
UF
3.00
VA
2.00
VA
1.00
VA
Exámenes de Histopatología
1.00 VA
1.20
VA
0.80
VA
4,00 UF
1.00 VA 4.00 UF
1.00
VA
Atención Inmediata Recién Nacido
1.20 VA
1.10
VA
0.40
UF
0.40
UF
10.00
UF
5.00
UF
5.00
UF 20.00 UF
1.50
VA
2.50
VA
0.40
UF
0.30
UF
0.40
UF
1.00
VA
1.00
VA
1.10
VA
4,00 UF
1.00 VA 4.00 UF
2.00
VA
1.00
VA
1.30
VA
0.80
VA
70
4,00 UF 2.00 VA 4.00 UF
0.30
UF 4.00 UF
1.20
VA 4.00 UF
1.20
VA 4.00 UF
1.00
VA
1.00
VA
1.00
VA 3.30 UF
5.00
UF 20.00 UF
Prótesis y Ortesis
1.65 VA
Prestaciones Dentales PAD (1.m)

Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia: Incisivo
1.42 UF
Endodoncia: Premolar
1.51 UF
Endodoncia: Molar
1.83 UF
1.00
UF 5.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
1.00 UF 5.00 UF
2.00
VA 5.00 UF
1.00
UF 5.00 UF
1.00
VA
1.10
VA
2.00
VA
5.00
UF 20.00 UF
Medicamentos Ambulatorios (1.j)
1.00 UF
2.00
VA
4.50
VA 1.80 UF
2.50
VA
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Cobertura Libre Elección

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)(1.k)

Sin Tope

Sin Tope

90 % Sin
Tope
Clínica Indisa

50 UF

(1.a.1)
70 % Sin tope
Clinica Indisa e
Integramedica

Sin Tope

Sin Tope

Radioterapia

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

PET -CT

Sin Tope

70

Consulta Urgencia (**) (1g)

Integramedica

PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.2)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

(a2.1)

Habitación Doble

Exámenes de Histopatología

Psiquiatría Ambulatoria

Cobertura Internacional (1.l)

Visita Interconsultor (**) (1.b)

Integramedica

Consulta Oftalmológica

70
Cobertura Libre Elección
Exámenes de Laboratorio

Óptica (1.h)

Día Cama Psiquiatría (1.e)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

INDIVIDUAL

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

CODIGO DE PLAN :
NOMBRE : INDISA 10003IND100013
FUN Nº

Día cama Cuidados Intermedios

Bonificación

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Visita Médico Tratante (**)

Consulta Médica

Traslados médicos (1.i)

Día Cama Observación-Recuperación

Sin Tope

Tope

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

TIPO DE PLAN :

Bonificación
PRESTACIONES Tope max. Año contrato por
beneficiario (2.b)

Sin Tope

80

LIBRE ELECCIÓN

Exámenes de Laboratorio

Día Cama Especialidades

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Sin Tope

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Derecho de Pabellón

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) (1.c)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d)

Quimioterapia (2.d)

1a) OFERTA PREFERENTE(*)

Tope max. Año
contrato por
beneficiario (2.b)

Sin Tope

Kinesiología y fisioterapia

Procedimientos (1.c)

Kinesiología y fisioterapia

Pabellón Ambulatorio(1.d)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Consulta, Exs, RX, TAC, ECO, RNM, HMQ, Medicamentos
Ambulatorios (1.j)

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin
que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Sin Tope

Sin Tope

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)(1.k)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

Clínica Dávila

www.cruzblanca.cl

Traslados (1.i)

Medicamentos en hospitalización (2.g)
Sin Tope
80

Drogas Biológicas (2.f)

PRESTADORES DERIVADOS

Sin Tope
Clinica Indisa
Cobertura Libre Elección

ATENCIONES DE URGENCIA (1.g)

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2.1)

Atención integral de nutricionista (2.h)

80

OTRAS COBERTURAS (1.a.2.1)

VA

(**) Staff Clínica Indisa

Atención integral de enfermería (2.h)

Fonoaudiología

Consulta Psiquiatría

Día Cama Clínica de Recuperación

Sin Tope

Box ambulatorio (1.d)(2.a)

Quimioterapia (2.d)

70% Sin Tope
Clínica Indisa

Sin Tope

70

Sin Tope

1
40
Cobertura Libre Elección
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
1.- Coberturas

RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICA

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.k) La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

1.a.3) Oferta preferente Hospitalaria:

Contratante

$

Edad años

1.l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos
y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)

1.a.3.4) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia
aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta
ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la
hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado
en Clínica INDISA.

1.a.3.3) Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención de urgencia efectuada en Clínica Indisa o Clínica Dávila, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente
del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa con profesionales del Staff de Clínica Indisa o Clínica Dávila, suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la
cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección.

Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.

Identificación Única del Arancel (5.a)

65 a menos de 70

75 a menos de 80

Tope General Anual por Beneficiario (2.b)

40 a menos de 45

1.a.2.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Huella Dactilar

10 a menos de 15

Cargas

TABLA DE FACTORES Nº 537

2 a menos de 5

Contratante

INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA:

1.a.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente INDISA el prestador INTEGRAMEDICA. En caso de insuficiencia de INDISA INTEGRAMEDICA, el beneficiario
recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo
corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.

60 a menos de 65

1.a.3.2) Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa con
profesionales del Staff de INDISA o Integramedica, suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. Son prestadores
Staff del Plan Preferente INDISA todos los profesionales médicos que trabajan en el prestador y que tienen convenio preferente específico para el Plan.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura
equivalente a la atención hospitalizada.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo
anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1.a.3.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación doble estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de
acuerdo al convenio vigente con el prestador.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :3IND100013

80 y más

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EX = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = ecotomografías; RNM=
resonancia nuclear magnética.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que
incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso
recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

70 a menos de 75

5 a menos de 10

45 a menos de 50

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior en que se devenga la remuneración.

1.m) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o
sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías
crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen
parte de la Red de la Isapre.

1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:

50 a menos de 55

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior al de la respectiva bonificación.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El
valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la
suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de
2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

(**) Staff Clínica Indisa = Médicos Staff Clínica Indisa Integramedica en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor
(IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la
autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se
incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Clínica Indisa

55 a menos de 60

15 a menos de 20

0 a menos de 2

3500

35 a menos de 40

25 a menos de 30

Isapre CruzBlanca - 31

UF

20 a menos de 25

30 a menos de 35

Modalidad del Arancel