GrupalFUN N° % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.40UF 1.50VA 1.30VA 3.30UF 5.94UF 1.65UF 3.30UF 2.60VA 1.00VA 1.20VA 0.80VA 9.00UF10.80UF 4.50UF5.40UF 0.99VA1.19VA3.71UF 0.83UF 2.25UF 903.30VA8.25UF 0.83UF8.25UF 0.28UF 0.35UF Laboratorio1.00VA Rayos - TAC - ECO1.30VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)1.50VA Box ambulatorio(i)3.30VA Derecho de Pabellón(i)2.60VA Procedimientos(c)1.10VA Resonancia Nuclear Magnetica0.80VA 0.99VA3.71UF 0.90UF 0.21UF1.37UF 1.05VA1.37UF 1.05VA1.37UF 0.99VA1.67UF Consultas Pediatria y Subespecialidades; Neonatologia700.07UF Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatologo0.10UF Atencion Inmediata al recien Nacido0.33UF Dia Cama Sala Cuna - Fototerapia0.41UF Dia cama Incubadora0.83UF 1.49UF 0.83UF 0.65VA 1.50VA0.6UF 1.22VA 1.24VA 3.90UF39.00UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Sin Tope Sin Tope Sin Tope Medicamentos Ambulatorios( j ) OTRAS PRESTACIONES Óptica(g) ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." PRESTACIONES RESTRINGIDAS Sin tope 90 UTI-UCI Pediatrica y Neonatal Día Cama Hospitalizacion Medica y Quirurgica Pediatrica Derecho de Pabellón Parto-Cesárea-Aborto Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : "PARTO - CESAREA- ABORTO RETENIDO - ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO Y PEDIATRICAS" "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. Medicamentos en hospitalización 8.25 Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen51 códigos de pretaciones que contemplan una valorización básica en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se encuntran contenidas en las siguientes agrupaciones. Examenes de Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10), Rayos y ecotomografías específicas de niños y estudio de infertilidad (6); Procedimientos de oftalmología en niños (7); Procedimientos de otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de gastroenterología en niños (1);Procedimientos y cirugías obstetricas relacionadas con el control de embarazo y atención del parto (22). Día Cama Clínica de Recuperación Consulta Médica Traslados(h) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Tiempos de Espera: Prótesis y Ortesis 15 días 80 Fonoaudiologia Día Cama Psiquiatría(d) 70 Consulta Médica Consulta Psiquiatría Consulta Urgencia y Oftalmológica(f) Kinesiterapia Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica( e ) Exámenes30 días 7 díasProc. diagnósticos y Terapéuticos Habitación Doble e Individual Institucional Clínica Las Lilas Día Cama Especialidades 90 Materiales Clínicos e Insumos UF Tope Bonificación Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(*)( c) Derecho de Pabellón UTI-UCI Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(*) (b) (*) Staff Clínica Indisa 90 Sin Tope PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Kinesiterapia Psiquiatría Ambulatoria Intervenciones quirúrgicas NOMBRE:INDISA ESPECIAL 3200 (k) CODIGO DE PLAN:3INDE32110 UF - Veces ArancelUF - Veces Arancel Prestador Derivado Tope Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) Resonancia Nuclear Magnetica Día Cama Otros Laboratorio Rayos - TAC - ECO Clínica Indisa Año/Benef/UF a) Cobertura Preferente Clínica Indisa TIPO DE PLAN:Individual LIBRE ELECCIÓN PRESTACIONES HOSPITALIZADASTope Bonificación NACIONAL
3INDE32110NOMBRE : HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : (i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos,se bonificarán con los porcentajes y topes definidos enla coberturapara prestaciones hospitalizadas. ContratanteCargas Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. (h)Con indicación médica justificada. NOTAS EXPLICATIVAS INDISA ESPECIAL 3200 Unidad Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Tope General por Beneficiario k) (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Nombre Arancel Precio Base Plan de Salud Complementario en UFEdad (Años) k)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. UF 3000Isapre Cruz Blanca - 22 El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzosiguiente.Sinperjuiciodeloanterior,laIsapreestáfacultadapara incorporarnuevasprestacionesalarancelenlaoportunidadqueestime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. UF b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo), prstaciones pediatricas y neonatales cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. (*) Staff Clínica Indisa = Médicos Staff Clínica Indisa en convenio con Cruz Blanca. e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para otorgar la bonificación preferente hospitalaria, la atención se debe efectuar en habitación doble o individual institucional, de acuerdo al convenio vigente con el prestador. CODIGO DE PLAN: