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PreferenteCódigo 3ISCF34120

INDISA SENIOR 3400CF

Puntuación del plan
1,0

Plan no comercializable.

Desde

$91.470/mes

2,22 UF
CODIGO DE PLAN : NOMBRE :
TIPO DE PLAN :
FUN Nº
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
0.34
UF
0.74
VA
0.91
VA
1.05
UF
2.10
UF
1.05
UF
0.70
VA
0.70
VA
0.70
VA
1.00
VA
3.61
UF UF
1.20
UF UF
0.91
VA VA 2.28 UF
0.26
UF
1.55
VA
0.90
VA
0.26
UF 3.94 UF
0.20
UF
0.23
UF
Laboratorio
0.50 VA
0.50
VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
0.53 VA
Box ambulatorio (i)
0.75 VA
Derecho de Pabellón (i)
0.70 VA
Procedimientos (d)
0.65 VA
0.72
VA
0.65
VA 1.63 UF
0.34
UF 1.10 UF
0.78
VA 0.24 UF
0.78
VA 1.20 VA UF
0.78
VA 1.20 VA
0.65
VA 1.17 VA 0.85 UF
3.50
VA 1.4 UF
1.18
VA
0.58
VA
1.44
UF 20.25 UF
0.23
VA
0.26
UF
0.26
UF
0.53
UF
0.26
UF
70

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Traslados (h)

Día cama Hospitalización Médica y Quirúrgica Pediátrica

Atención de Urgencia: Clínica Indisa - Clínica Dávila

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Intervenciones quirúrgicas

6.60

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
UF
1.40
Kinesiterapia
Materiales Clínicos e Insumos

Día Cama Psiquiatría (d)

Medicamentos en Hospitalización Psiquiatrica (e)

70

Prótesis y Ortesis

Consulta Psiquiatría

Medicamentos Ambulatorios (i)

Óptica (g)

50

Kinesiterapia

Libre Elección

OTRAS PRESTACIONES

Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen 51 códigos de pretaciones que contemplan
una valorización básica en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se encuntran contenidas en las
siguientes agrupaciones: Examenes de Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10),
Rayos y Ecotomografías específicas de niños y estudio de infertilidad (6); Procedimientos de Oftalmología
en niños (7); Procedimientos de Otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de Gastroenterología en
niños (1);Procedimientos y Cirugías Obstetricas relacionadas con el control de embarazo y atención del
parto (22).

UTI-UCI Pediátrica y Neonatal

Libre Elección

70
50
Psiquiatría Ambulatoria

Consulta Médica

Exámenes

Tiempos de Espera:

15 días

Atención Inmediata Recién Nacido

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Día Cama Incubadora

30 días

Indisa

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

70

7 días

Tope Bonificación

NACIONAL

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (*) (b)

Medicamentos en hospitalización

Derecho de Pabellón

Laboratorio

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) ( c)

Día Cama Especialidades

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que
éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá
derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE:

INDIVIDUAL

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes
pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

GRUPAL

LIBRE ELECCIÓN

(*) Staff Clínica Indisa

Día Cama Otros

UTI-UCI
Clínica
Dávila

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

13.20

PRESTADOR
DERIVADO

Habitación Doble

Clínica Indisa

PARTO O CESÁREA, ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO Y PEDIATRICAS

UF - Veces Arancel

3ISCF34120

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán
efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

Consulta Urgencia y Oftalmológica (*)

Consulta Médica (*)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

INDISA SENIOR 3400CF

100

a) COBERTURA PREFERENTE

CLINICA INDISA

UF - Veces Arancel

Tope Bonificación

Copago Fijo Diario
2.0 UF

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Día Cama Clínica de Recuperación

Sin Tope

Tope

Año/Benef/UF

(j)

Libre Elección
3.94
Clínica Dávila

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva
(lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía
bariátrica o de obesidad (a.1)

OTRAS RESTRICCIONES

Solo Libre eleccion

Sin Tope Consulta - Examenes de Laboratorio- Rayos-Scanner-
Ecotomografías

Clínica

Fonoaudiologia

2.33
3ISCF34120
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
k)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por
libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la
diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará
el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan
un tope por evento o mensual en el plan de salud.

CODIGO DE PLAN :

El copago Fijo diario de 2.0 UF cubre las prestaciones efectuadas en una hospitalización correspondientes a: honorarios médicos, examenes de
laboratorio, examenes de imagenología, días cama y pabellón. De efectuarse una hospitalización transitoria o una cirugía mayor ambulatoria, que
teniendo cobertura hospitalaria no requiere de un día de hospitalización, corresponderá un copago mínimo equivalente a 2.0 UF.

NOMBRE :

Tope General por
Beneficiario j)

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde
la UF del último día del mes al que corresponde devengar la
cotización.)

Precio Total Plan de Salud Complementario en
UF según Grupo familiar

Nombre Arancel
Unidad
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

h) Con indicación médica justificada.

Edad (Años)
Contratante
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un
tope anual por beneficiario de UF1000.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en
el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Cargas

Precio Base Plan de Salud Complementario en
UF

UF 3200

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro
del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a
contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la
Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en
la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al
mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior, la
Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en que el arancel
Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios.

Isapre Cruz Blanca -22
UF
i) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la
atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general,
o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

NOTAS EXPLICATIVAS

g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional
o la institución que realiza la atención.

a)La cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para otorgar la
bonificación preferente hospitalaria, la atención se debe efectuar en habitación doble o individual institucional, de acuerdo al convenio vigente con el
prestador. (*) Staff Clínica Indisa = Médicos Staff Clínica Indisa en convenio con Cruz Blanca para la Atención del Plan

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por
complicaciones del embarazo), prstaciones pediatricas y neonatales cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud Complementario
para la libre elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33
letra f) de la Ley Nº18.933.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

INDISA SENIOR 3400CF