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Preferente

3JJC200714

HOSP CL UNIVER DE CHILE 100CF

Puntuación del plan 1,9

Desde

$86.093/mes


Comparar Planes Online
% Tope %
1.22
VA
1.22
VA
1.22
VA
1.22
VA
1.62
VA
Histopatología
1.60 VA
1.46
VA
0.89
VA
1.29
VA
0.44
UF
1.05
VA
3.87
UF
80%
0.97 UF
1.22
VA 6.08 UF
0.97
UF
1.62
VA 6.08 UF
1.22
VA 4.56 UF
Prótesis
0.65 VA
Traslados (1.i)
0.82 VA
10.76
UF
Consulta Médica
UF 0.13 0.23 UF
Consulta Urgencia y Oftalmológica (1.g)
UF 0.34 0.28 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.d)
0.82 VA
Derecho de Pabellón (1.d)
0.95 VA
Procedimientos (1.c)
1.26 VA
Kinesiterapia
3,15 UF 1.26 VA 3.15 UF
Fonoaudiología
2,13 UF 2.24 VA 2.13 UF
Sin Tope
1.00 VA
Psiquiatría Ambulatoria
1,26 UF 0.25 UF 1.26 UF
Psicología Ambulatoria
1,26 UF 0.25 UF 1.26 UF
Laboratorio
1.13 VA
Histopatología
1.25 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
0.69 VA
1.26
VA
1.26
VA 4.16 UF
Radioterapia
1.26 VA
Prótesis
0.65 VA
10.76
UF
0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.m):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
Óptica (1.h)
0.57 VA 0.23 UF
Traslados (1.i)
0.82 VA
0.39
UF
Box ambulatorio (1.d)(2.a)
0.95 VA
Atenciones de Urgencia (excepto consulta)

Consulta Médica

Exámenes

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.2)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.3.2)

Hospital del Profesor - Clínica Avansalud Providencia

Hospital del Profesor

CÓDIGO DE PLAN :

1.a) COBERTURA PREFERENCIAL (*)

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

Medicamentos en hospitalización (2.g)

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Derecho de Pabellón

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

100% Sin Tope con Copago
Fijo de 1.25 UF diario.

Hospital Clínico Universidad
de Chile

15 días

Sin Tope

OTRAS COBERTURAS (1.a.1)

70

Sin Tope

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

30 días

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE CHILE 100CF

PRESTACIONES HOSPITALARIAS

FUN N°
TIPO DE PLAN : Individual
3JJC200714
NOMBRE :
Tiempos de Espera:

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Día Cama Clínica de Recuperación

Procedimientos (1.c)(**)

PRESTADORES DERIVADOS

Sin Tope

Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de
quimioterapia Tope mensual (2.d)

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.b)(**)

Atención Integral de Enfermería (2.h)

Intervenciones quirúrgicas

Sin Tope

7 días

Sin Tope

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos con
drogas biológicas (2.f), cirugía bariátrica o de obesidad,
PET CT. (2.e)

Día cama

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Atención Integral de Nutricionista (2.h)

Sin Tope

Libre Elección

70

Sólo cobertura Libre Elección

Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de
quimioterapia Tope mensual (2.d)

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

ATENCION DE URGENCIA.

Día cama Psiquiatría (1.e)

Hospital Clínico
Universidad de Chile

75% Sin Tope Hosp. Clínico
Universidad de Chile

Bonificación

Tope

Tope más. Año
contrato por
beneficiario (2.b)

Sin Tope

Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental

Copago Fijo

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Laboratorio

Bonificación
Tope más. Año contrato
por beneficiario (2.b)

1.00

Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas

75% Sin Tope Hosp. Clínico Universidad de Chile

Cobertura Internacional (1.k)

Sin Tope

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)

Prestaciones Dentales PAD (1.l):

VA

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales

Endodoncia Incisivo

Endodoncia Premolar

50 UF

Endodoncia Molar

75% Sin Tope Hosp. Clínico Universidad de Chile
80% Sin Tope en Centros Integramedica

(Habitación Institucional)
(**) Staff Medico del Prestador

90

70

Solo Cobertura Libre Elección
40
Sin Tope

Sólo cobertura Libre Elección

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Día cama Cuidados Intermedios

Sin Tope

75% Sin Tope Hosp. Clínico Universidad de Chile

Sólo cobertura Libre Elección

Sólo cobertura Libre Elección
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92 Unidad
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
1.- Coberturas

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior en que se devenga la remuneración.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC)
entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad
competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel
Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o
sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en
centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior
al de la respectiva bonificación.

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre
un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las
atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La
exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

1.a.3.2) Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención de urgencia efectuada en el Hospital Clínico de la Universidad de Chile o del Hospital del Profesor, el beneficiario recibirá la cobertura
señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa en modalidad de atención Institucional.

Atención Institucional: es la atención efectuada con médicos de staff del prestador preferente, en donde las hospitalizaciones se efectúan en habitaciones pluripersonales (sala).

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

Nombre Arancel (5.a)

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la
bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de
esta forma el nuevo copago del afiliado.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la
Red de la Isapre.

1500 UF

(**) Solo Staff Medico Institucional del Prestador Preferente.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

1.a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.a.2 Son prestadores derivados para la atención ambulatoria del Plan Preferente Hospital Clínico Universidad de Chile, Hospital del Profesor e INTEGRAMEDICA. En caso de insuficiencia del
prestador preferente, el beneficiario recibirá en estos prestadores derivados la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador preferente.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.a.3.1) Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura de honorarios médicos señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se
efectúa con profesionales del Staff Institucional del Hospital Clínico de la Universidad de Chile ó del Hospital del Profesor, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección.

Cobertura Preferente

3JJC200714

Huella Dactilar

ISAPRE CRUZ BLANCA - 31
$
NOMBRE :

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.a.3) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se debe efectuar la atención en régimen de hospitalización Institucional, el que considera utilización de habitación pluripersonal (sala), y
atención con médicos de staff institucionales.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD:

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la
sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

CÓDIGO DE PLAN :

Tope General por Beneficiario (2.b)

HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE CHILE 100CF

Edad (Años)

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Contratante

3JJC200714

Precio Base Plan de Salud (4.b)

Contratante

Cargas

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
composición del grupo familiar

1.m) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este
tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad
de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la
atención hospitalizada.