CÓDIGO DE PLAN: % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 1.22VA 1.22VA 1.62VA Histopatología1.60VA 1.46VA 0.89VA 1.29VA 0.44UF 1.05VA 3.87UF x Evento 0.97UF x Evento 1.22VA6.08UF 0.97UF 1.62VA6.08UF 1.22VA4.56UF Consulta Médica$ 3,0000.23UF Consulta Urgencia y Oftalmológica(f)$ 6,0000.28UF Honorarios Médicos Ambulatorios(j)0.82VA Box ambulatorio(j)0.95VA Derecho de Pabellón(j)0.95VA Procedimientos(b )1.26VA 1.26VA Kinesiterapia1.26VA3.15UF Fonoaudiología2.24VA2.13UF 1.00VA Psiquiatría Ambulatoria0.25UF1.26UF Psicología Ambulatoria0.25UF1.26UF Laboratorio1.13VA Histopatología1.25VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)0.69VA 0.39UF Óptica(h)0.57VA0.23UF Prótesis0.65VA Traslados(i)0.57VA 10.76UF Cobertura Internacional Atenciones de Urgencia (excepto consulta) Consulta Médica Exámenes Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl 75% Sin Tope Hosp. Clínico Universidad de Chile PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA PRESTADORES DERIVADOS(a.2) Hospital del Profesor - Clínica Avansalud Providencia Hospital del Profesor La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Honorarios Médicos Quirúrgicos Medicamentos en hospitalización 50 UF 70 Procedimientos(b) Hospital Clínico Universidad de Chile Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." (m) Tope BonificaciónTope Bonificación/Copago Fijo 3JJCE20012NOMBRE : COBERTURA PREFERENCIAL (a) Sin Tope 30 días 15 días Intervenciones quirúrgicas Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Atención Integral de Enfermería y Nutricionista(l) Sin Tope PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE CHILE ESPECIAL 100CF Libre Elección PRESTACIONES HOSPITALARIASAño/Benef/UF FUN N°TIPO DE PLAN:Individual Sin Tope OTRAS PRESTACIONES (a.1) Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia Tope mensual 70 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección Materiales Clínicos e Insumos(k) UF / Veces Arancel 90 Sólo cobertura Libre Elección Laboratorio Derecho de Pabellón UF / Veces Arancel Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(c) Hospital Clínico Universidad de Chile Día cama Proc. diagnósticos y Terapéuticos 7 días Tiempos de Espera: PRESTACIONES AMBULATORIAS (Habitación Institucional ) ( ** ) Staff Medico del Prestador OTROS (Restricciones) (a.1) Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,atención dental,cirugíafotorrefractiva(lasik),tratamientosde Infertilidad,tratamientoscondrogasbiológicas,cirugía bariátrica o de obesidad, PET CT. Día Cama Clínica de Recuperación Sólo cobertura Libre Elección Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 100% Sin Tope con Copago Fijo de 1.25 UF diario. Medicamentos Ambulatorios(g)Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope 75% Sin Tope Hosp. Clínico Universidad de Chile 80% Sin Tope en Centros Integramedica 75% Sin Tope Hosp. Clínico Universidad de Chile Sin Tope Día cama Psiquiatría(d)
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 10 a menos de 150.650.550.550.55del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50Unidad 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE CHILE ESPECIAL 100CF g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria y procedimientos de ortopedia y traumatología. e ) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. a.2) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado. d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil, b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. (**) Solo Staff Medico Institucional del Prestador Preferente. NOTAS EXPLICATIVAS 1500 UFUF Contratante Precio Base Plan de SaludTABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Edad (Años) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. CargasComplementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar NOMBRE : k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. l) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 3JJCE20012CÓDIGO DE PLAN: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. j) La cobertura de prestaciones ambulatorias de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, o la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se aplicará esta última. m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. i) Con indicación médica justificada. Huella Dactilar Contratante El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancelen la mismafecha en que elarancel Fonasamodalidad Libre Elección realice cambios. Nombre Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA - 20 Tope General por Beneficiario (m)