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Preferente

3JJNECF016

ESP RED HOSP CL U DE CHILE 100 CF

Puntuación del plan 1,9

Desde

$83.129/mes


Comparar Planes Online
FUN Nº
%
%
1.22
UF
2.44
UF
2.44
UF
0.61
UF
1.22
VA
1.22
VA
1.46
VA
Exámenes de Histopatología
1.61 VA
0.89
VA
1.29
VA
3.15
UF 1.62 VA 3.15 UF
2.71
UF
1.62
VA
0.84
VA
0.44
UF
0.44
UF
90
50.00 UF 0.97 UF
0.96
VA
0.63
VA
10.76
UF 32.00 UF
10.76
UF 32.00 UF
UF 0,13
0.23 UF
UF 0,26
0.28 UF
Exámenes de Laboratorio
0.79 VA
Exámenes de Histopatología
0.87 VA
0.70
VA
1.00
VA
Pabellón Ambulatorio(1d)
0.95 VA
Procedimientos (c)
1.26 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1d)
0.82 VA
3.15
UF 1.26 VA 3.15 UF
2.13
UF 2.24 VA 2.13 UF
0.25
UF 1.26 UF
1.25
VA 1.26 UF
1.25
VA 1.26 UF
10.76
UF 32.00 UF
1.26
VA
Prótesis y Ortesis
0.96 VA
Atención integral de enfermería (2h)
1.26 VA
Atención integral de nutricionista (2h)
1.26 VA 4.16 UF
1.00
VA 7.00 UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.g):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
0.31
UF 6.08 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f)
0.68 UF 6.08 UF
1.62
VA 6.08 UF
0.31
UF 4.56 UF
1.26
VA
0.84
VA
1.22
VA
COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (A):

0.31
UF
0.31
VA
0.68
UF
0.21
VA
Box ambulatorio (2a)
0.95 VA
0.39
UF
0.21
UF 0.21 UF
0.63
VA
UF 0,34

Fono CruzBlanca 600 818 0000

Día Cama Observación-Recuperación

PRESTACIONES

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Visita Médico Tratante (*)

Traslados médicos (1i)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

3JJNECF016

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Sin Tope

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.

LIBRE ELECCIÓN

Tope max. Año
contrato por
beneficiario (2b)

1.a) OFERTA PREFERENTE(*)

Tope max. Año
contrato por
beneficiario (2b)

Sin Tope

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a
los restantes beneficios del nuevo plan.

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse ,dentro de los planes que comercialice la
Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud:

100% Sin Tope con Copago Fijo de
UF 1.25 diario

Materiales Clínicos e Insumos (2g)

Visita Interconsultor (*) (1b)

NOMBRE :
ESP RED HOSPITAL CLINICO U. DE CHILE 100CF
Sin Tope

Sin Tope

Atención Staff Institucional

www.cruzblanca.cl

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.2)
(1.a.1.1) INTEGRAMEDICA
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.3.2)

Sin Tope

Hospital del Profesor Atención Institucional

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Consulta Psiquiatría

Fonoaudiología

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Hospital Clinico
Universidad de Chile

80

Quimioterapia (2d)

Kinesiología y fisioterapia

Sólo Cobertura Libre Elección

Radioterapia

(1.a.1)
INTEGRAMEDICA
HOSPITAL CLINICO
UNIVERSIDAD DE
CHILE

75

Consulta Oftalmológica

Sin Tope

Consulta Médica

TIPO DE PLAN :

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

Bonificación

Sin Tope

Medicamentos en hospitalización (2g)

Día Cama Especialidades

Día cama Cuidados Intermedios

Consulta Urgencia (*) (1g)

Día Cama Psiquiatría (1e)

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2e)

OTRAS COBERTURAS

Consulta Urgencia (*) (1g)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1e)

Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)

ATENCIONES DE URGENCIA

Honorarios Médicos

Pabellón

90

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Exámenes de Laboratorio

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.3.1)

Psiquiatría Ambulatoria

Sin Tope

Tope
Tope
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) (1c)

Kinesiología y fisioterapia

Medicamentos Ambulatorios (1j)
70
Sólo Cobertura Libre Elección

Día cama Maternidad

Habitación Pluripersonal

INDIVIDUAL

CODIGO DE PLAN :

PRESTADORES DERIVADOS (1.a.3)

Quimioterapia (2d)

Derecho de Pabellón

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2e)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

80
Traslados (1i) Sin Tope
75
SIN TOPE HOSPITAL CLINICO UNIVERSIDAD DE CHILE
Óptica (1h)

70

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Hospital Clinico Universidad de
Chile

Bonificación
Copago Fijo
Cobertura Internacional (1k)
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :
PARTO - CESÁREA - ABORTO - EMBARAZO ECTÓPICO - HOSPITALIZACIÓN POR DIAGNÓSTICO DE AMENAZA DE PARTO PREMATURO O ABORTO

Sin Tope

Drogas Biológicas (2f)

Medicamentos hospitalarios

40

90

Sólo Cobertura Libre Elección

90
Día Cama Clínica de Recuperación
PET -CT

Prestaciones Dentales PAD (1.m):

Sólo Cobertura Libre Elección
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma Afiliado

Nombre :
Nombre : Contratante
Rut:
Rut:
Fecha:
____________________________
1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

Modalidad del Arancel

Tope General Anual por Beneficiario (2b)

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.a3.3) Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención de urgencia efectuada en el Hospital Clínico de la Universidad de Chile o del Hospital del Profesor, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la
oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa en modalidad de atención Institucional. Se excluye la hospitalización en suite o departamento.

1.a.3.4) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un
servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta
hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en el Hospital Clínico Universidad de Chile, en atención Institucional (sala).

25 a menos de 30

INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA:
Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.
1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de
Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más
establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de
pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación

1.m) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

1.l) La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario
por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación
corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el
Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenologia propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación
artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la
pareja.

Hospital Clínico Universidad de Chile, Clínica Quilín, Centro Médico Vivaceta, Centro Médico Macul

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

Atención Institucional: es la atención efectuada con médicos de staff del prestador preferente, en donde las hospitalizaciones se efectúan en habitaciones pluripersonales (sala).

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.a.3.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo en la modalidad libre elección.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.a.3.2) Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura de honorarios médicos señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa con
profesionales del Staff Institucional del Hospital Clínico de la Universidad de Chile ó del Hospital del Profesor, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección.

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se
considerará la atención em régimen de hospitalización institucional, el que considera la utilización de habitación pluripersonal (sala) utilizada por el beneficiario y atención con médicos de Staff institucional de acuerdo al
convenio vigente con el prestador.

50 a menos de 55

0 a menos de 2

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :3JJNECF016

55 a menos de 60

2 a menos de 5

RED UNIVERSIDAD DE CHILE:

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se
devenga la remuneración.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero
y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél.
El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento
de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

35 a menos de 40

40 a menos de 45

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según
criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto
mayor, atendido por enfermeras universitarias.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción
del reembolso de lentes de presbicia.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

70 a menos de 75

5 a menos de 10

65 a menos de 70

Edad años

80 y más

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico,
hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura
financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a
la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud

15 a menos de 20

Identificación Única del Arancel (5a)

10 a menos de 15

UF

60 a menos de 65

2000

20 a menos de 25

30 a menos de 35

$

1.a.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Hospital Clínico Universidad de Chile es INTEGRAMEDICA . En caso de insuficiencia , el beneficiario recibirá la misma cobertura
señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador .

1.a.3) Oferta preferente Hospitalaria:

TABLA DE FACTORES Nº 537

Contratante
Cargas
45 a menos de 50

75 a menos de 80

Isapre CruzBlanca - 31

1.a.1) Oferta preferente AMBULATORIA:

Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Huella Dactilar