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Libre ElecciónCódigo 3LR1600012

LOS RIOS 1600

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$92.765/mes

2,25 UF
NOMBRE :
FUN N°

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

0.37
0.37 UF
2.45
2.45 VA
1.23
1.23 VA
1.23
1.23 VA 3.07 UF
3.80
4.18 UF
9.12
10.01 UF
1.90
2.09 UF
3.80
4.18 VA
2.94
4.40 VA
0.91
1.00 VA
1.00
1.10 VA
0.93
1.02 VA
0.93
1.02 VA
22.00
23.10 UF
8.50
9.35 UF
0.95
0.95 UF 9.50 UF
3.80
3.80 VA 9.50 UF
3.80
3.80 VA 9.53 UF
0.45
UF 0.45 UF
0.45
UF 0.45 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (h)
2.45 VA 2.45 VA
Box ambulatorio (h)
3.80 VA 3.80 VA
Derecho de Pabellón (h)
2.94 VA 2.94 VA
Procedimientos (c)
1.23 VA 1.23 VA
Laboratorio
0.91 VA 0.91 VA
1.00
VA 1.00 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
0.93 VA 0.93 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
0.91 VA 0.91 VA
1.23
VA 1.23 VA 3.07 UF
0.77
UF 0.77 UF
0.45
UF 0.45 UF
2.25
VA 2.25 VA
2.25
VA 2.25 VA 2.25 UF
Atención Integral de Enfermeria y Nutricionista (k)
1.23 VA 1.23 VA
2.19
VA 2.19 VA 2.85 UF
1.47
VA 0.59 UF
1.59
VA
2.36
VA
13.92
UF 41.75 UF
Cobertura Internacional

30 días

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
LIBRE ELECCIÓN

Sin Tope

80

Individual

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

UF

UF

VA

VA

100

REGIONAL

% Bonif.

Valor Real

UF

VA

VA

80

Intervenciones quirúrgicas

VA

VA

VA

UF

UF

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre
Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de
UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10°
de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de
pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para
proceder a su liquidación.

UF

Valor Real

% Bonif.

90

NACIONAL

LIBRE ELECCIÓN

VA

VA

VA

VA

70

Día Cama Clínica de Recuperación

(l)

Materiales Clínicos e Insumos (j)

Día Cama Otros

Medicamentos en hospitalización (j)

UTI-UCI

Tope Bonificación

Tope

UF - Veces Arancel
UF - Veces Arancel
Día Cama Psiquiatría (d)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos ( c)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)

Día Cama Especialidades

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Óptica (f)

Tope Bonificación

Exámenes

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

TIEMPOS DE ESPERA

Atenciones de Urgencia

Consulta Médica

2.25

10 días

OTROS (Restricciones)

Solo cobertura Libre Eleccion

Derecho de Pabellón

Traslados (g)

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Prótesis y Ortesis

Histopatología

UF

Psiquiatría Ambulatoria

Solo Cobertura Libre Elección

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados,
atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik),
tratamientos de Infertilidad, tratamientos con
drogas biológicas, cirugía bariátrica o de
obesidad (a), PET CT.

CODIGO DE PLAN :
LOS RIOS 16003LR1600012
Medicamentos Ambulatorios (i)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Kinesiterapia

Consulta Psiquiatría

Consulta Urgencia y Oftalmológica (e)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Laboratorio

Fonoaudiologia

OTRAS PRESTACIONES

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

TIPO DE PLAN :

Año/Benef/UF

Histopatología

Kinesiterapia

UF
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
____________________________
________________________
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Contratante

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del
mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del
primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está
facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad
que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su
incorporación.

Huella Dactilar

j) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento
hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro
asistencial (público o privado), o bajo el regimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las
atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

k) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con
riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores
de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de
patologias cronicas, en centros de enfermeria del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

l) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de
las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de
beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma
de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de
esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de
salud.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope
anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10°
de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten
en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

NOMBRE :

h) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio,
Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

3LR1600012

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

i) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y
traumatología.

Unidad

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF
del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF
Edad (Años) Contratante Cargas
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los
honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización. No incluye y no tienen cobertura los medicamentos.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

NOTAS EXPLICATIVAS

CODIGO DE PLAN :

UF

f) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica
respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

g) Con indicación médica justificada.

LOS RIOS 1600

UF 3500
Isapre Cruz Blanca -20
Nombre Arancel
Tope General por Beneficiario m)
Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo

e) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.