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PreferenteCódigo 3LRC180714

LOS RIOS EXTRA PLUS 1800SACF

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$107.628/mes

2,61 UF
% Tope Copago Fijo % %
0.42
UF 0.42 UF
2.65
VA 2.65 VA
1.32
VA 1.32 VA
1.32
VA 1.32 VA 3.30 UF
5.14
UF 4.31 UF
11.95
UF 10.02 UF
11.95
UF 10.02 UF
2.57
UF 2.16 UF
5.14
VA 4.31 VA
5.76
VA 3.23 VA
1.16
VA 1.16 VA
2.58
VA 2.58 VA
1.18
VA 1.07 VA
1.18
VA 1.07 VA
27.30
UF 26.00 UF
11.55
UF 10.50 UF
1.68
VA 1.68 VA
2.49
VA 2.49 VA
13.92
UF 13.92 UF 41.75 UF
1.08
UF 1.08 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
6.83 UF 6.50 UF
4.32
VA 4.32 VA 10.75 UF
5.14
VA 4.31 VA 10.78 UF
0.49
UF 0.49 UF
0.49
UF 0.49 UF
0.49
UF 0.49 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.d)
2.65 VA 2.65 VA
Derecho de Pabellón (1.d)
3.23 VA 3.23 VA
Procedimientos (1.c)
1.32 VA 1.32 VA
Radioterapia
1.32 VA 1.32 VA
Laboratorio
0.98 VA 0.98 VA
Histopatología
1.08 VA 1.08 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
1.00 VA 1.00 VA
0.98
VA 0.98 VA
1.32
VA 1.32 VA 3.30 UF
0.49
UF 0.49 UF
2.45
VA 2.45 VA
2.45
VA 2.45 VA 2.45 UF
Atención integral de enfermería (2.h)
1.32 VA 1.32 VA
Atención integral de nutricionista (2.h)
1.32 VA 1.32 VA 4.36 UF
2.35
VA 2.35 VA 3.05 UF
1.68
VA 1.68 VA
13.92
UF 13.92 UF 41.75 UF
Prestaciones Dentales PAD (1.k)

Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia: Incisivo
1.42 UF
Endodoncia: Premolar
1.51 UF
Endodoncia: Molar
1.83 UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.m):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
2.65
VA
3.23
VA
1.47
VA 1.47 VA 0.59 UF
Drogas biológicas (2.f)
13.92 UF 13.92 UF 41.75 UF
2.49
VA 2.49 VA
0.85
UF 0.85 UF
Box ambulatorio (1.d) (2.a)
5.14 VA 4.31 VA
Fono Cruz Blanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
40

Sólo Cobertura Libre Elección

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, tratamientos de Infertilidad, PET -
CT.

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Exámenes
7 días Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Intervenciones quirúrgicas
30 días
80

70
Sin Tope
PRESTADORES DERIVADOS (1.a.2)

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

Laboratorio

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (1.b)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)
80
Sólo Cobertura Libre Elección

90

80

Sólo Cobertura Libre Elección

80

UF

Sin Tope

1.00 VA

Sólo Cobertura Libre Elección
90
Óptica (1.h)

Traslados (1.i)

OTRAS PRESTACIONES

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

2.45

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Atenciones de Urgencia

Cobertura Internacional (1.l)

15 días

Consulta Psiquiatría

Psiquiatría Ambulatoria

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Fonoaudiología

TIEMPOS DE ESPERA

Sólo Cobertura Libre Elección

Consulta Médica

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Prótesis y Ortesis

Sin Tope

Sin Tope

Prótesis y Ortesis

70

Consulta Urgencia (1.g)

Consulta Oftalmológica

Histopatología

Sin Tope

Kinesiterapia

Consulta Médica

90

(Habitación Individual)

Día Cama Clínica de Recuperación

Traslados (1.i)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

Copago Fijo UF 0.75 diarios
Clínica Sanatorio Alemán,
Clínica Universitaria de Concepción,
Clínica Bío Bio.

Sin Tope

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Sin Tope

80

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

UF 0.21 Sanatorio Alemán, Clínica
Universitaria de Concepción, Clínica
Bío Bio.

Día Cama Psiquiatría (1.e)

Día Cama Otros

Día cama Cuidados Intermedios

Sólo Cobertura Libre Elección

UF

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

10.75

Día Cama Especialidades

Medicamentos en hospitalización (2.g)

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Bonificación

Tope máx. año
contrato por
beneficiario
(2.b)

1.a) COBERTURA PREFERENTE (*)

Derecho de Pabellón

RG. METROPOLITANA

Sin Tope

Kinesiterapia

RED LOS RIOS EXTRA PLUS

Bonificación

Tope

100

1.a.3) LIBRE ELECCION REGIONAL
Excepto RG. Metropolitana

Bonificación

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD CON PRESTADOR PREFERENTE.

CODIGO DE PLAN:
3LRC180714
LIBRE ELECCIÓN

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

FUN N°

Tope

TIPO DE PLAN :
Individual
LOS RIOS EXTRA PLUS 1800SACF

80

70

Sólo Cobertura Libre Elección

Sanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica Bío Bio.

80

100

NOMBRE:
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
Fecha:

1.- Coberturas

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

1.m) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este
tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de
las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

UF 3500

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Edad (Años)

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Sanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica Bío Bio. (Habitación Individual)

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según
criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería
del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la
sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la
atención hospitalizada.

1.a.2) Son prestadores derivados Hospitalarios y Ambulatorios del prestador preferente, los siguientes señalados: Sanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica Bío Bio. de acuerdo al
nivel de hoteleria y topes de cobertura señalados.

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.a.3) Libre Elección Regional contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones realizadas en las regiones diferentes de Región Metropolitana, y en los prestadores de Santiago que a
continuación se mencionan: Clínica Avansalud Providencia, Clínica Indisa y Clínica Dávila.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

RED LOS RIOS EXTRA PLUS:

$

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la
bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta
forma el nuevo copago del afiliado.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la
Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EX = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = ecotomografías; RNM= resonancia nuclear
magnética.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un
beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en
uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión
de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

Tope General por Beneficiario
(2.b)

Isapre Cruz Blanca -31

NOMBRE :

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)

Huella Dactilar

Contratante

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar

Contratante

2.- Definiciones

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.k) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.

1.a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención, en cualquiera de los prestadores de la RED LOS RIOS
EXTRA PLUS más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Se excluye reembolso. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en suite o departamento.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: LOS RIOS EXTRA PLUS 1800SACF

Unidad
Nombre Arancel (5.a)
Cargas

1.l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al
de la respectiva bonificación.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior
en que se devenga la remuneración.

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

CODIGO DE PLAN :
3LRC180714 LOS RIOS EXTRA PLUS 1800SACF
5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el
1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente
disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su
modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.