%TopeCopago Fijo%% 0.55UF0.55UF 3.35VA3.35VA 1.60VA1.60VA 1.60VA1.60VA4.01UF 6.38UF5.80UF 14.30UF13.02UF 14.30UF13.02UF 6.38VA5.80VA 6.27VA4.19VA 1.69VA1.54VA 1.86VA1.69VA 1.73VA1.57VA 1.73VA1.57VA 40.95UF39.00UF 15.95UF14.50UF 1.99VA1.99VA 2.95VA2.95VA 15.60UF15.60UF46.81UF 1.45UF1.45UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)10.24UF9.75UF 5.80VA5.80VA14.50UF 6.38VA5.80VA14.53UF 0.66UF0.66UF Sin Tope0.66UF0.66UF 0.66UF0.66UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.d)3.35VA3.35VA Derecho de Pabellón(1.d)4.19VA4.19VA Procedimientos(1.c)1.60VA1.60VA Radioterapia1.60VA1.60VA Laboratorio1.26VA1.26VA Histopatología1.39VA1.39VA 1.29VA1.29VA 1.26VA1.26VA 1.60VA1.60VA4.01UF 0.66UF0.66UF 3.30VA3.30VA 3.30VA3.30VA3.30UF 1.60VA1.60VA 1.60VA1.60VA5.28UF 2.85VA2.85VA3.70UF 1.99VA1.99VA 15.60UF15.60UF46.81UF Prestaciones Dentales PAD(1.n) Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (A): 1.45UF1.45UF 1.05VA1.05VA 9.75UF9.75UF 3.63UF3.63UF 0.84VA0.84VA 0.84VA0.84VA 1.05VA1.05VA 1.58VA0.63UF 2.95VA Box ambulatorio(1.d) (2.a)4.19VA 1.13UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Pabellón Medicamentos hospitalarios Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS 25Sólo cobertura Libre Elección Traslados(1.i) Materiales Clínicos e Insumos 80 70 PRESTACIONES AMBULATORIAS PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a) 25 Atención integral de enfermería(2.h) Medicamentos Ambulatorios(1.j) Atenciones de Urgencia Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección Honorarios Médicos Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, PET - CT. Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e)(1.k) Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e)(1.k) Sólo cobertura Libre Elección 40 Día cama Cuidados Intermedios Prótesis y Ortesis Día Cama Clínica de Recuperación 90 80 Consulta Médica Día Cama Psiquiatría(1.e) Traslados(1.i) (Habitación Individual) Sin Tope Sin Tope Sin Tope 14.50 100 FUN N° 1.00 VA 80 90 90 80 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE LIBRE ELECCIÓN RG. METROPOLITANA TIPO DE PLAN : Tope máx. año contrato por beneficiario (2.b) Tope máx. año contrato por beneficiario (2.b) Bonificación CODIGO DE PLAN: Tope 3LRC240013LOS RIOS EXTRA PLUS 2400 SACF COBERTURA PREFERENTE (*)LIBRE ELECCIÓN 1.a.2) LIBRE ELECCION REGIONAL Excepto RG. Copago Fijo UF 0.75 diarios Clínica Sanatorio Aleman, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica Bio Bio. Derecho de Pabellón Histopatología Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.b) Medicamentos en hospitalización(1.m) NOMBRE: Bonificación Individual Bonificación RED LOS RIOS EXTRA PLUS Día Cama Especialidades Día Cama Otros PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Tope Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Consulta Urgencia(1.g) Materiales Clínicos e Insumos(1.m) Sin Tope Sin TopeLaboratorio Sólo cobertura Libre Elección Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c) Kinesiterapia Sólo cobertura Libre Elección Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiterapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Óptica(1.h) Fonoaudiología Consulta Oftalmológica Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Prótesis y Ortesis Honorarios Médicos Quirúrgicos Día cama Maternidad Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios UF 0.21 Sanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica Bio Bio Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria RED LOS RIOS EXTRA PLUS - Clínica Avansalud Providencia. RED LOS RIOS EXTRA PLUS 3.30 Exámenes10 díasIntervenciones quirúrgicas30 días Psiquiatría Ambulatoria www.cruzblanca.cl TIEMPOS DE ESPERA Sólo Cobertura Libre Elección HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 8080Sin Tope 70 Atención integral de nutricionista(2.h) Consulta Psiquiatría Sólo Cobertura Libre Elección Cobertura Internacional(1.l) UF La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. UF Sin Tope OTRAS PRESTACIONES (a.1) PRESTADORES DERIVADOS(1.a.1) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Afiliado Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. CODIGO DE PLAN: 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención,en cualquiera de los prestadores de la RED LOS RIOS EXTRA PLUS más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Cobertura Plus en Sanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica Bio Bio Se excluye reembolso. 1.n)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar Tope General por Beneficiario (2.b)Nombre Arancel(5.a)Unidad UF 3500Isapre Cruz Blanca -31$ 1.a)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. LOS RIOS EXTRA PLUS 2400 SACF Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) 3LRC240013 NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: LOS RIOS EXTRA PLUS 2400 SACF Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED LOS RIOS EXTRA PLUS de acuerdo al nivel de hoteleria (Habitación Individual) y topes de cobertura señalados. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.a.2)Libre Elección Regional contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones realizadas en las regiones diferentes de Región Metropolitana. 1.a.1)Es prestador derivado para la atención ambulatoriadel Plan PreferenteLos Ríos Extra Plus los prestadores que componen la Red Los Rios Extra Plus y Clínica Avansalud Providencia.En caso de insuficiencia de La Red de Prestadores, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en La Red Los Ríos Extra Plus, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Exs, RX,TAC,ECO,RNM, Medicamentos ambulatorios en atención de urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección. 1.k)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.m)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. RED LOS RIOS EXTRA PLUSSanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica Bio Bio (Habitación Individual) 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. Huella Dactilar Contratante NOMBRE : VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EX = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = ecotomografías; RNM= resonancia nuclear magnética. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.