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PreferenteCódigo 3LRE140710

LOS RIOS PLUS ESPECIAL 1400

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$82.896/mes

2,01 UF
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS % Bonif. % Bonif. % Bonif.
Valor Real Valor Real Valor Real
0.35 UF 0.35 UF 0.35 UF
2.22 VA 2.22 VA 2.22 VA
1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA
1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA 2.83 UF
3.41 UF 3.41 UF
8.22 UF 8.22 UF
1.71 UF 1.71 UF
3.41 VA 3.41 VA
2.64 VA 2.64 VA
0.91 VA 0.91 VA
0.93 VA 0.93 VA
0.93 VA 0.93 VA
14.00 UF 14.00 UF
6.50 UF 6.50 UF
0.85 UF 0.85 UF 100 0.85 UF 8.50 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (f) 3.50 UF 3.50 UF 3.50 UF
3.40 VA 3.40 VA 3.40 VA
3.41 VA 3.41 VA 3.41 VA 8.53 UF
0.35 UF 0.35 UF 0.35 UF
0.41 UF 0.41 UF 0.41 UF
0.41 UF 0.41 UF 0.41 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (j) 2.22 VA 2.22 VA 2.22 VA
Box ambulatorio (j) 3.41 VA 3.41 VA 3.41 VA
Derecho de Pabellón (j) 2.64 VA 2.64 VA 2.64 VA
Procedimientos (c) 0.90 VA 0.90 VA 0.90 VA
Laboratorio 0.67 VA 0.67 VA 0.67 VA
0.71 VA 0.71 VA 0.71 VA
0.84 VA 0.84 VA 0.84 VA
1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA 2.83 UF
0.70 UF 0.70 UF 0.70 UF
0.35 UF 0.35 UF 0.35 UF
1.74 VA 1.74 VA 1.74 VA
1.74 VA 1.74 VA 1.74 VA 1.74 UF
1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA 2.26 UF
1.63 VA 1.63 VA 1.63 VA 0.65 UF
1.42 VA 1.42 VA 1.42 VA
1.42 VA 1.42 VA 1.42 VA
11.00 UF 11.00 UF 11.00 UF 33.00 UF
(Habitacion Doble)
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :
"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto
prematuro o aborto"
"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de
Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la
) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:
i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán
efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los
ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan."
Consulta Urgencia (g)
Psiquiatría Ambulatoria
UF - Veces Arancel
80
Prótesis y Ortesis
Consulta Médica
Día Cama Clínica de Recuperación
90 Sin Tope
UF - Veces Arancel
(Habitación Doble )
Año/Benef/UF (l)
Tope Bonificación Tope Bonificación
100
90 Sin Tope
RED LOS RIOS
a) RED LOS RIOS
(Habitación Doble)
VII REGION a VIII
LOS RIOS PLUS ESPECIAL 14003LRE140710
INDIVIDUAL GRUPAL
NOMBRE :
FUN Nº:
LIBRE ELECCIÓN
100
Medicamentos en hospitalización
UTI-UCI
Kinesiterapia
METROPOLITANA
b) LIBRE ELECCION
REGIONAL EXCEPTO
RG. METROPOLITANA
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (e)
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (d)
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)
Honorarios Médicos Quirúrgicos
90
Día Cama Psiquiatría (e)
Traslados (i)
Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados,
atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik),
tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas
biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad (a.2)
OTROS PRESTACIONES (Restricciones)
Solo cobertura Libre Eleccion
8080
70
Consulta Oftalmológica
Fonoaudiologia
OTRAS PRESTACIONES
Óptica (h)
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia
Medicamentos Ambulatorios (k)
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
80
Consulta Psiquiatría
Materiales Clínicos e Insumos
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
80
Kinesiterapia
1.74 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
Tope Bonificación
UF - Veces Arancel
Tope maximo
8.50 UF
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Día Cama Otros
Derecho de Pabellón RED LOS RIOS
I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
Prestador Derivado a.1)
CODIGO DE PLAN :
Día Cama Especialidades
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
TIPO DE PLAN :
Laboratorio
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
Hombre Mujer HombreMujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. _______________________________________Firma Contratante _____________________________________
Nombre : Nombre :
a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de
órdenes de atención, en cualquiera de los prestadores de la RED LOS RIOS (Habitación Doble) , mas abajo detallados y de
acuerdo al nivel de hotelería señalado. Se excluye reembolso.
LOS RIOS PLUS ESPECIAL 1400
j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura
equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5
o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope
anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo
10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se
presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y
traumatología.
Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
NOTAS EXPLICATIVAS
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del
mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del
primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está
facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad
que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de
su incorporación.
Edad (Años) Contratante Cargas
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF
UF 3500 Isapre Cruz Blanca -20
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la
UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)
Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según
f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría
d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los
honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.
Clínica Bio-Bío; Clínica Amapolas; Clínica Lircay; Los Andes de los Angeles; Los Andes de Chillán; Hospital
Clínico del Sur;Clinica del Maule;Clinica Curicó; INDISA.
c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
Pieza Doble:
a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante
la hospitalización.
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto,
embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan
de Salud Complementario. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude
el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.
Tope General por
Beneficiario l) Nombre Arancel
g Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica
respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
i) Con indicación médica justificada.
l) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones
de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de
beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la
suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de
acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado.
NOMBRE :3LRE140710CODIGO DE PLAN :
RED LOS RIOS
a.1)Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED LOS RIOS (Habitación Doble) de acuerdo al
nivel de hoteleria y topes de cobertura señalados.