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PreferenteCódigo 3LRN140714

LOS RIOS PLUS 1400

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$85.864/mes

2,08 UF
% Tope Copago Fijo % %
0.35
UF 0.35 UF
2.22
VA 2.22 VA
1.13
VA 1.13 VA
1.13
VA 1.13 VA 2.83 UF
3.41
UF 3.41 UF
8.22
UF 8.22 UF
8.22
UF 8.22 UF
1.71
UF 1.71 UF
3.41
VA 3.41 VA
2.64
VA 2.64 VA
0.91
VA 0.91 VA
1.00
VA 1.00 VA
0.93
VA 0.93 VA
0.93
VA 0.93 VA
14.00
UF 14.00 UF
6.50
UF 6.50 UF
0.85
UF 0.85 UF 8.50 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)
3.50 UF 3.50 UF
3.40
VA 3.40 VA
3.41
VA 3.41 VA 8.53 UF
1.62
VA 1.62 VA
2.18
VA 2.18 VA
Tratamientos con drogas biológicas (2.f)
13.92 UF 13.92 UF 41.75 UF
13.92
UF 13.92 UF 41.75 UF
0.35
UF 0.35 UF
0.41
UF 0.41 UF
0.41
UF 0.41 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.d)
2.22 VA 2.22 VA
Derecho de Pabellón (1.d)
2.64 VA 2.64 VA
Procedimientos (1.c)
1.13 VA 1.13 VA
Radiología
1.13 VA 1.13 VA
Atención Integral de Enfermería (2.h)
1.13 VA 1.13 VA
Atención Integral de Nutricionista(2.h)
1.13 VA 1.13 VA 3.73 UF
Laboratorio
0.67 VA 0.67 VA
Histopatología
0.74 VA 0.74 VA
0.71
VA 0.71 VA
0.84
VA 0.84 VA
1.13
VA 1.13 VA 2.83 UF
0.35
UF 0.35 UF
1.75
VA 1.75 VA
1.75
VA 1.75 VA 1.75 UF
2.01
VA 2.01 VA 2.61 UF
1.62
VA 1.62 VA
13.92
UF 13.92 UF 41.75 UF
0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.m):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
1.32
VA 0.53 UF
2.18
VA
0.70
UF
Box ambulatorio (1.d) (2.a)
3.41 VA
40

NOMBRE:

TIPO DE PLAN :
INDIVIDUAL FUN Nº:
Prestaciones Dentales PAD (1.k):

Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental

Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales

Endodoncia Incisivo

Endodoncia Premolar

Endodoncia Molar

CODIGO DE PLAN:
3LRN140714
Sólo cobertura Libre Elección

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos
de Quimioterapia (2.d)

Prótesis y Ortesis
Sin Tope
Traslados (1.i)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

Sólo cobertura Libre Elección
80
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Día Cama Especialidades

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Laboratorio

Bonificación

Tope

Kinesiterapia

Histopatología

100

Día Cama cuidados intensivos o coronarios

Sólo cobertura Libre Elección

(Habitación Doble)

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

80

70

Sólo cobertura Libre Elección

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Fonoaudiología

Sin Tope

Día Cama Psiquiatría (1.e)

Consulta Médica

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, tratamientos de Infertilidad, PET -
CT.
Cirugía bariátrica o de obesidad (2.e)
Cirugía fotorrefractiva (lasik) (2.e)

Sólo cobertura Libre Elección

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales

70

Psiquiatría Ambulatoria

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Día Cama Otros

Derecho de Pabellón

Día Cama cuidados intermedios

1.75
UF
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Traslados (1.i)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE.

Consulta Psiquiatría

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Sin Tope

Consulta Oftalmológica

Kinesiterapia

Medicamentos en hospitalización (2.g)

Día Cama Clínica de Recuperación

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (1.b)

Óptica (1.h)

Clínica Sanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción.

Clínica Sanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción.

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

PRESTADORES DERIVADOS (1.a.1) (Habitación Doble)

Atenciones de Urgencia

PRESTACIONES AMBULATORIAS

80 % de acuerdo a los topes Cobertura
Preferente.

Consulta Urgencia (1.g)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

8.50
UF
80

1.00
VA
Tope

Prótesis y Ortesis

Sin Tope

Sin Tope

90

Sólo cobertura Libre Elección

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

OTRAS PRESTACIONES

90 Sin Tope

METROPOLITANA

Sin Tope

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

RED LOS RIOS

Sin Tope

LOS RIOS PLUS 1400

Cobertura Internacional (1.l)

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

LIBRE ELECCIÓN

1.a.3) LIBRE ELECCION
REGIONAL EXCEPTO RG.
METROPOLITANA

1.a) COBERTURA PREFERENTE (*)

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

Bonificación

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c)

Sin Tope

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR
AMBULATORIA
Bonificación
RED LOS RIOS
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A. Firma Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
Fecha:

1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.m) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este
tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las
prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.a.1) Son prestadores derivados para las prestaciones ambulatorias y hospitalarias del plan LOS RIOS PLUS 1400, Clínica Sanatorio Alemán, Clínica Universitaria de Concepción. Ambos en habitación
doble.

CODIGO DE PLAN :
NOMBRE :
1.l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

1.a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención, en cualquiera de los prestadores de la RED LOS RIOS ,
mas abajo detallados y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Se excluye reembolso. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en suite o departamento.

LOS RIOS PLUS 1400

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF
según Grupo familiar

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de
la respectiva bonificación.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en
que se devenga la remuneración.

1.a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.a.3) Libre Elección Regional contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en regiones diferentes a la región Metropolitana y en Santiago en Clínica Indisa.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un
beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno
o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión
de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red
de la Isapre.

1.k) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

3LRN140714

Contratante

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

Unidad

$

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
(4.b)

Huella Dactilar

Tope General por
Beneficiario (2.b)
Nombre Arancel (5.a)
Isapre Cruz Blanca -31

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EX = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = ecotomografías; RNM= resonancia nuclear
magnética.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado
rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un
año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo
copago del afiliado.

Clínica Bio-Bío, Clínica Amapolas, Clínica Lircay, Los Andes de los Angeles, Los Andes de Chillán, Hospital Clínico
del Sur, Clinica del Maule, Clinica Curicó, INDISA.

UF 3500

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

RED LOS RIOS (Habitación Doble) :

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: LOS RIOS PLUS 1400

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º
de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga
en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre
elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la
atención hospitalizada.

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según
criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del
adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.