PRESTACIONES HOSPITALIZADAS %% 0.41UF0.41UF 2.65VA2.65VA 1.32VA1.32VA 1.32VA1.32VA3.30UF 4.50UF4.50UF 13.49UF12.14UF 13.49UF12.14UF 2.25UF2.25UF 4.50VA4.50VA 5.77VA5.19VA 1.94VA1.75VA Histopatología2.13VA1.92VA 2.58VA2.32VA 2.58VA2.32VA 27.30UF26.00UF 11.55UF10.50UF 1.08UF1.08UF10.75UF 4.32VA4.32VA10.75UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e)6.83UF6.50UF10.75UF 4.50VA4.50VA11.25UF 1.87VA1.87VA 2.52VA2.52VA 13.92UF13.92UF41.75UF 13.92UF13.92UF41.75UF 0.49UF0.49UF 0.49UF0.49UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.k)2.65VA2.65VA Derecho de Pabellón(1.k)5.19VA5.19VA Procedimientos(1.c)1.32VA1.32VA Radioterapia1.32VA1.32VA Laboratorio0.98VA0.98VA Histopatología1.08VA1.08VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.00VA1.00VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)0.98VA0.98VA 1.32VA1.32VA3.30UF 0.49UF0.49UF 2.45VA2.45VA 2.45VA2.45VA2.45UF Atención Integral de Enfermería(2.h)1.32VA1.32VA Atención Integral de Nutricionista(2.h)1.32VA1.32VA4.36UF 2.35VA2.35VA3.05UF 1.87VA1.87VA 13.92UF13.92UF41.75UF Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia Incisivo1.42UF Endodoncia Premolar1.51UF 1.83UF Prestaciones Fertilización PAD(1.n): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF 2.65VA 5.19VA 1.32VA 1.32VA1.32VA0.53UF 2.52VA2.52VA 0.85UF0.85UF Box ambulatorio(1.k)(2.a)4.50VA4.50VA Atenciones de Urgencia Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope 80 Día Cama Psiquiatría(1.d) 80 80 70 Sin Tope 2.45 Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.b) Sin Tope Día cama Cuidados Intermedios (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. Óptica(1.g) Medicamentos Ambulatorios(1.i) Traslados(1.h) Prótesis y Ortesis Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d)80 Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) (2.b) Materiales Clínicos e Insumos(1.j) Día Cama Otros Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Tope Copago FijoTope 90 Consulta Médica Tratamientos con drogas biológicas(2.f) 70 Honorarios Médicos Quirúrgicos REGION METROPOLITANA Día Cama Especialidades 100 Medicamentos en hospitalización(1.j) REGIONAL Día Cama Clínica de Recuperación Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c) Prótesis y Ortesis Traslados(1.h) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.d) Sin Tope 80 Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Sin Tope Psiquiatría Ambulatoria Fonoaudiología PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCION Consulta Psiquiatría BonificaciónBonificación Consulta Urgencia y Oftalmológica(1.f) Tope máximo año contrato por beneficiario PRESTACIONES AMBULATORIAS Laboratorio Kinesiterapia Derecho de Pabellón www.cruzblanca.cl Sin Tope Endodoncia Molar LIBRE ELECCIÓN Sin Tope Cobertura Internacional(1.m)La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Kinesiterapia 40 FUN Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS Prestaciones Dentales PAD(1.l): Sólo cobertura Libre Elección OTRAS PRESTACIONES 80 Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, tratamientos de Infertilidad. 1.00 Sólo cobertura Libre Elección Región Metropolitana 90 Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e) PET -CT Sólo cobertura Libre Elección Región Metropolitana VA Sólo cobertura Libre Elección Región Metropolitana UF CODIGO DE PLAN:3LV1800714 TIPO DE PLAN:Individual NOMBRE:LOS VALLES 1800
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 __________________________________ Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut Fecha: 3.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. LOS VALLES 1800 VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 3.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 1.k)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.i)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.- Definiciones 1.m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.j)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. Cargas 3LV1800714 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN CODIGO DE PLAN:LOS VALLES 1800NOMBRE : 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.- Coberturas 1.h)Con indicación médica justificada. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Edad (Años)Contratante 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. Unidad Identificación Única del Arancel(4.a) 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.a)El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención,en cualquiera de los prestadores ubicados en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se excluye reembolso. Isapre CruzBlanca - 31 UF 3500 $ Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b) Tope General por Beneficiario(2.b) Huella Dactilar Contratante 1.n)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.