FUN N° PRESTACIONES HOSPITALIZADAS% Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.51UF0.51UF 3.12VA3.12VA 1.51VA1.51VA 1.51VA1.51VA3.77UF 5.50UF5.50UF 13.49UF12.14UF 2.75UF2.75UF 5.50VA5.50VA 5.77VA5.19VA 1.94VA1.75VA 1.94VA1.92VA 2.58VA2.32VA 2.58VA2.32VA 37.80UF36.00UF 15.95UF14.50UF 1.35UF1.35UF13.50UF 5.40VA5.40VA13.50UF 5.50VA5.50VA13.75UF 0.61UF0.61UF 0.61UF0.61UF Honorarios Médicos Ambulatorios(g)3.12VA3.12VA Box ambulatorio(g)5.50VA5.50VA Derecho de Pabellón(g)5.19VA5.19VA Procedimientos(d)1.51VA1.51VA Laboratorio1.19VA1.19VA Histopatología1.31VA1.31VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.22VA1.22VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.19VA1.19VA 1.51VA1.51VA3.77UF 1.02UF1.02UF 0.61UF0.61UF 3.05VA3.05VA 3.05VA3.05VA3.05UF Atención integral de enfermería y nutricionista(j)1.51VA1.51VA 2.69VA2.69VA3.49UF 1.58VA0.63UF 1.90VA 2.82VA 13.92UF 41.75UF 30 días Fono Cruz Blanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Libre Elección Regional Cobertura Internacional La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el benficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Histopatología Medicamentos en hospitalización(i) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Laboratorio Día Cama Otros NOMBRE:ESPECIAL LOS VALLES 2200CODIGO DE PLAN:3LVE220012 Individual PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Año/Benef/UF 80 Consulta Psiquiatría Kinesiterapia UF - Veces Arancel Derecho de Pabellón Consulta Urgencia y Oftalmológica(d) Óptica(e) Traslados(f) Fonoaudiología OTRAS PRESTACIONES UF Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Medicamentos Ambulatorios(h) Sólo cobertura Libre Elección 80 90 10 días Psiquiatría Ambulatoria UTI-UCI Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(c) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia TIEMPOS DE ESPERA Atenciones de Urgencia 3.05 Kinesiterapia Consulta Médica Día Cama Clínica de Recuperación Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Materiales Clínicos e Insumos(i) Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados, atencióndental,cirugíafotorrefractiva(lasik), tratamientosdeInfertilidad,tratamientoscon drogas biológicas, cirugía bariátrica o de obesidad y PET-CT. OTROS (Restricciones) LIBRE ELECCIÓN Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(b) NACIONAL Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección Honorarios Médicos Quirúrgicos Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(a) Prótesis y Ortesis (m) Tope BonificaciónTope Bonificación Intervenciones quirúrgicas Día Cama Psiquiatría(c) Día Cama Especialidades MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN Exámenes 70 Tope Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope Sin Tope PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. UF - Veces Arancel ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Sin Tope 100
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Unidad Isapre Cruz Blanca -20UF Nombre Arancel UF 3500 Tope General por Beneficiario (k) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Edad (Años)ContratanteCargas Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar f)Con indicación médica justificada. a)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOMBRE :3LVE220012 c)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. No incluye y no tienen cobertura los medicamentos. d)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. b)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. NOTAS EXPLICATIVAS CODIGO DE PLAN: (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537Precio Base Plan de Salud Complementario en UF k)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacionaly está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. g)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. h)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. e)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. j)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. i)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende por Evento hospitalario a aquelque engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ESPECIAL LOS VALLES 2200 Huella Dactilar Contratante Se excluye de la Oferta Preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciónpordiagnósticodeamenazadepartoprematurooaborto).Cadaunadelosgastosasociadosaestos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.