NOMBRE: TIPO DE PLAN: % Bonif.% Bonif.% Bonif. 7.50UF7.50UF 13.49UF7.50UF 13.49UF7.50UF 3.75UF3.75UF 7.50VA7.50VA 5.77VA5.19VA 57.20UF52.00UF 1.94VA1.75VA 2.13VA1.93VA 2.58VA2.32VA 2.58VA2.32VA 18.15UF16.50UF 1.89VA1.89VA 4.06VA4.06VA 0.89UF0.89UF 0.89UF0.89UF 1.89VA4.72UF1.89VA4.72UF 17.25UF51.75UF17.25UF51.75UF 3.23VA3.23VA 2.58VA2.58VA 1.02UF1.02UF 0.89UF0.89UF 1.02UF1.02UF Exámenes de Laboratorio1.64VA1.64VA Exámenes de Histopatología1.80VA1.80VA 1.68VA1.68VA 1.64VA1.64VA 1.89VA4.72UF1.89VA4.72UF Pabellón Ambulatorio(1d)5.19VA5.19VA 1.89VA3.77UF1.89VA3.77UF 1.89VA1.89VA Procedimientos(1f)1.89VA1.89VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1d)4.06VA4.06VA 17.25UF51.75UF17.25UF51.75UF Prótesis y Órtesis3.23VA3.23VA Atención integral de enfermería(2h)1.89VA1.89VA Atención integral de nutricionista(2h)1.89VA1.89VA 1.88UF1.88UF Pabellón1.44VA1.30VA Medicamentos en hospitalización(2g)14.30UF13.00UF Materiales Clínicos e Insumos(2g)4.54UF4.13UF 1.02VA1.02VA 2.00UF20.00UF2.00UF20.00UF 8.00VA20.00UF8.00VA20.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1h)14.30UF20.00UF13.00UF20.00UF 7.50VA20.00UF7.50VA18.75UF 4.06VA4.06VA 5.19VA5.19VA 0.89UF4.45UF0.89UF4.45UF 4.45VA4.45UF4.45VA4.45UF 4.45VA4.45UF4.45VA4.45UF 1.89VA1.89VA 17.25UF17.25UF Box ambulatorio(1d) (2a)7.50VA7.50VA 1.50UF1.50UF 1.69VA0.68UF1.69VA0.68UF 2.58VA2.58VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sólo Cobertura Libre Elección Exámenes de Laboratorio Sin Tope Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón 100 Cobertura Internacional La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pagoque se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*)(1f) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Consulta Psiquiatría Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Clínica de Recuperación Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Día cama Cuidados Intermedios Día Observación o Recuperación Exámenes de Histopatología PRESTACIONES RESTRINGIDAS Kinesiología y fisioterapia ATENCIONES DE URGENCIA Habitación Individual Clínica Reñaca Sin Tope Quimioterapia(2d) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Día Cama Especialidades 70 Sólo Cobertura Libre Elección PET -CT Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Psiquiatría Ambulatoria Óptica(1j) Traslados(1k) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1g) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante(*) Consulta Médica(*) Traslados médicos(k) PRESTACIONES MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Consulta Urgencia(*)(1i) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope max. (2b) Año/Benef/UF LIBRE ELECCIÓN REGION XIII Tope Bonificación 80 OTRAS COBERTURAS Consulta Oftalmológica(*) Quimioterapia(2d) Sin Tope 1b) OFERTA PREFERENTE(*) Tope Bonificación CODIGO DE PLAN:3LVPE30012 INDIVIDUAL Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) Kinesiología y fisioterapia PRESTACIONES AMBULATORIAS 70 Sin TopeSin Tope Sin Tope Medicamentos en hospitalización(2g) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Drogas Biológicas (2f) Clínica Reñaca Medicamentos Ambulatorios(1l) www.cruzblanca.cl 70 Sólo Cobertura Libre Elección PRESTADORES DERIVADOS PRESTACIONES AMBULATORIAS Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. 25 Sin Tope 80 Copago Fijo $ 5000 Clínica Reñaca LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII)(1b) Tope Bonificación 80 70 Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios (2e) 100 25 Día Cama Psiquiatría(1g) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. FUN Nº Sin Tope Sin Tope Visita Interconsultor(*) (1e) Sin TopeSólo Cobertura Libre Elección Tope max. (2b) Año/Benef/UF Sin Tope 100 Sin Tope Materiales Clínicos e Insumos(2g) Sin Tope Fonoaudiología Día cama Maternidad Honorarios Médicos Sin Tope COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (A) (1a) 90 Clínica Dávila HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin Tope Radioterapia 70 Sin Tope Sin Tope Sin Tope 90 Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón (2e)
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. i)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. a)El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios. f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. e)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3LVPE30012 d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. f)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. g)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. b)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación Individual estándarcon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. l)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. h)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. j)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. i)VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . k)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. a)Se excluye de la Oferta Preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. c)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. Isapre CruzBlanca - 20 UF Tope General Anual por Beneficiario 2b) Modalidad del Arancel Identificación Única del Arancel (5a) 3500 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Huella Dactilar Contratante UFHombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 CargasContratante TABLA DE FACTORES Nº 537 Edad años