% Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.36UF0.36UF 2.45VA2.45VA 1.23VA1.23VA 1.23VA1.23VA3.07UF 4.57UF4.00UF 13.49UF4.00UF 2.29UF2.00UF 4.57VA4.00VA 5.76VA5.18VA 1.94VA1.75VA 2.13VA1.92VA 2.58VA2.32VA 2.58VA2.32VA 23.10UF22.00UF 9.35UF8.50UF 0.95UF0.95UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)5.78UF5.50UF 3.80VA3.80VA9.50UF 4.00VA4.00VA10.00UF 0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.j)2.45VA2.45VA Día Cama(1.j)(2.e)4.00VA4.00VA Derecho de Pabellón(1.j)5.18VA5.18VA Procedimientos(1.d)1.23VA1.23VA Histopatología1.00VA1.00VA Laboratorio0.91VA0.91VA 0.93VA0.93VA 0.91VA0.91VA 1.23VA1.23VA3.07UF 0.77UF0.77UF 0.50UF0.50UF 2.50VA2.50VA 2.50VA2.50VA2.50UF Atención integral de enfermería y nutricionista(2.f)1.23VA1.23VA 2.19VA2.19VA2.85UF Pabellón1.30VA Medicamentos hospitalarios5.50UF Materiales Clínicos e Insumos2.13UF 0.61VA 1.30VA 0.31VA Honorarios Médicos0.61VA 1.47VA0.59UF 3.12VA 2.33VA 13.92UF41.75UF Cobertura Internacional Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl LIBRE ELECCIÓN Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón (2.c)(1.m) Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios (2.c)(1.m) PET -CT (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Sin Tope Psiquiatría Ambulatoria Consulta Oftalmológica Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) 90 Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Materiales Clínicos e Insumos(1.l)(2.g) Consulta Urgencia(1.g) Consulta Psiquiatría Sólo cobertura Libre Elección Traslados(1.i) Prótesis y Ortesis 9.50 Sólo cobertura Libre Elección UF Día Cama Psiquiatría(1.e) Día Cama Clínica de Recuperación UF Medicamentos Ambulatorios(1.k) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) Sólo cobertura Libre Elección Laboratorio Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.d) Kinesiterapia Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Día Cama Otros Sólo cobertura Libre Elección Derecho de Pabellón TIPO DE PLAN: (2.b) Copago Fijo $ 5000 Clínica Reñaca y Clínica Dávila Consulta Médica Histopatología LIBRE ELECCION REGIONAL Excepto RG. Metropolitana (1.b) 100 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CODIGO DE PLAN:3LVR170013NOMBRE:LOS VALLES PLUS 1700CRI 1.a) Cobertura Preferente (*) Tope IndividualFUN Nº Sin Tope Tope BonificaciónTope Bonificación Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.c) Tope Bonificación Kinesiterapia Día Cama Especialidades UTI-UCI Año/Benef/UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Honorarios Médicos QuirúrgicosSin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Valor RealUF - Veces Arancel PRESTACIONES HOSPITALIZADASUF - Veces ArancelUF - Veces Arancel TIEMPOS DE ESPERA Exámenes10 días Medicamentos en hospitalización(1.l)(2.g) 80 Intervenciones quirúrgicas La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pagoque se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 100% Sin Tope Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Pluripersonal) OTRAS PRESTACIONES Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección PRESTACIONES AMBULATORIAS Óptica(1.h) 80 30 días Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas. Sólo cobertura Libre ElecciónAtenciones de Urgencia Fonoaudiología 70 Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d) 100% Sin Tope Clínica Reñaca (Hab. Individual) 90% Sin Tope Clínica Dávila (Hab. Individual) Clínica Reñaca y Clínica Dávila. Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sólo cobertura Libre Elección PLAN CON MODALIDAD DE COBERTURA PREFERENTE 25Sin Tope 2.50 PRESTADORES DERIVADOS(1.a.2)
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: m)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariatrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. g)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. Contratante 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. j)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. a)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. f)Lacobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista:pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. Edad (Años) i)Con indicación médica justificada. Cargas 1.a.2)Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Los Valles Plus el prestador Hospital Clínico Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de la Clínica Reñaca y de la Clínica Dávila, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éstos prestadores. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en Hospital Clínico Universidad de Chile, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Exs, RX,TAC,ECO,RNM, Medicamentos ambulatorios en atención de urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección. 1.- Coberturas 3LVR170013 Huella Dactilar TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar Contratante CODIGO DE PLAN: Tope General por Beneficiario (2.b) a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención, en cualquiera de los prestadores más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. Se excluye reembolso. NOTAS EXPLICATIVAS NOMBRE : UF 3500 LOS VALLES PLUS 1700CRI Precio Base Plan de Salud Complementario en UF a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresados en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. a)El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios. h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. d)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. l)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresados en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 190 del DFL N°1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. c)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. d)Se entiende por "Drogas Citotóxicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. e)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. UnidadNombre Arancel (4.a) UFIsapre Cruz Blanca -20 El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. 100% Sin TopeClínica Reñaca(Hab. Individual),90% Sin Tope Clínica Dávila (Hab. Individual) 2.- Definiciones VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;