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PreferenteCódigo 3LVR210013

LOS VALLES PLUS 2100CRI

Puntuación del plan
2,9

Plan no comercializable.

Desde

$124.069/mes

3,01 UF
% Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real
0.46
UF 0.46 UF
2.89
VA 2.89 VA
1.42
VA 1.42 VA
1.42
VA 1.42 VA 3.54 UF
5.00
UF 5.00 UF
13.49
UF 5.00 UF
2.50
UF 2.50 UF
5.00
VA 5.00 VA
5.76
VA 5.18 VA
1.94
VA 1.75 VA
2.13
VA 1.92 VA
2.58
VA 2.32 VA
2.58
VA 2.32 VA
31.50
UF 30.00 UF
13.75
UF 12.50 UF
1.25
UF 1.25 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
7.88 UF 7.50 UF
5.00
VA 5.00 VA 12.50 UF
5.00
VA 5.00 VA 12.50 UF
0.55
UF 0.55 UF
0.55
UF 0.55 UF
0.55
UF 0.55 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.j)
2.89 VA 2.89 VA
Día Cama (1.j)(2.e)
5.00 VA 5.00 VA
Derecho de Pabellón (1.j)
5.18 VA 5.18 VA
Procedimientos (1.d)
1.42 VA 1.42 VA
Histopatología
1.16 VA 1.16 VA
Laboratorio
1.05 VA 1.05 VA
1.07
VA 1.07 VA
1.05
VA 1.05 VA
1.42
VA 1.42 VA 3.54 UF
0.93
UF 0.93 UF
0.55
UF 0.55 UF
2.75
VA 2.75 VA
2.75
VA 2.75 VA 2.75 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (2.f)
1.42 VA 1.42 VA
2.53
VA 2.53 VA 3.29 UF
Pabellón
1.30 VA
Medicamentos hospitalarios
7.50 UF
Materiales Clínicos e Insumos
3.13 UF
0.72
VA
1.30
VA
0.36
VA
Honorarios Médicos
0.72 VA
1.58
VA 0.63 UF
2.76
VA
2.64
VA
13.92
UF 41.75 UF
Cobertura Internacional

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
LIBRE ELECCIÓN

Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón (2.c)(1.m)

Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios (2.c)(1.m)

PET -CT

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Sin Tope

Sin Tope

Psiquiatría Ambulatoria

Consulta Oftalmológica

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

90

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

Materiales Clínicos e Insumos (1.l)(2.g)

Consulta Urgencia (1.g)

Consulta Psiquiatría

Sólo cobertura Libre Elección

Traslados (1.i)

Prótesis y Ortesis

12.50

Sólo cobertura Libre Elección

UF

Día Cama Psiquiatría (1.e)

Día Cama Clínica de Recuperación

UF

Medicamentos Ambulatorios (1.k)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)

Sólo cobertura Libre Elección

Laboratorio

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.d)

Kinesiterapia

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Día Cama Otros

Sólo cobertura Libre Elección

Derecho de Pabellón

TIPO DE PLAN :

(2.b)

Copago Fijo $ 5000 Clínica Reñaca y
Clínica Dávila

Consulta Médica

Histopatología

LIBRE ELECCION
REGIONAL Excepto RG.
Metropolitana (1.b)

100

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

CODIGO DE PLAN :
3LVR210013 NOMBRE : LOS VALLES PLUS 2100CRI
1.a) Cobertura Preferente (*)

Tope

Individual
FUN Nº
Sin Tope

Tope Bonificación
Tope Bonificación
Sin Tope

Sólo cobertura Libre Elección

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (1.c)

Tope Bonificación

Kinesiterapia

Día Cama Especialidades

UTI-UCI

Año/Benef/UF

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Honorarios Médicos Quirúrgicos
Sin Tope
PRESTACIONES AMBULATORIAS

Valor Real
UF - Veces Arancel
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
UF - Veces Arancel UF - Veces Arancel
TIEMPOS DE ESPERA

Exámenes
10 días
Medicamentos en hospitalización (1.l)(2.g)

80

Intervenciones quirúrgicas

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas
preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del
artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas
extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

100% Sin Tope Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Pluripersonal)

OTRAS PRESTACIONES

Sin Tope

Sólo cobertura Libre Elección

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Óptica (1.h)

80

30 días

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, tratamientos
de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas.

Sólo cobertura Libre Elección
Atenciones de Urgencia
Fonoaudiología

70

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

100% Sin Tope
Clínica Reñaca
(Hab. Individual)
90% Sin Tope
Clínica Dávila
(Hab. Individual)

Clínica Reñaca y Clínica Dávila.

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Sólo cobertura Libre Elección

PLAN CON MODALIDAD DE COBERTURA PREFERENTE

25
Sin Tope
2.75

PRESTADORES DERIVADOS (1.a.2)
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
m) La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariatrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

g) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de
hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

Contratante

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

j) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

a) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de
la Isapre.

k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

f) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten
obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años
portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

Edad (Años)

i) Con indicación médica justificada.

Cargas

1.a.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Los Valles Plus el prestador Hospital Clínico Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de la Clínica Reñaca y de la Clínica
Dávila, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éstos prestadores. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo
corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en Hospital
Clínico Universidad de Chile, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Exs, RX,TAC,ECO,RNM, Medicamentos ambulatorios en atención de
urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección.

1.- Coberturas

3LVR210013

Huella Dactilar

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al
que corresponde devengar la cotización.)

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar

Contratante

CODIGO DE PLAN :

Tope General por Beneficiario (2.b)

a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención, en cualquiera de los prestadores más abajo detallados, y de
acuerdo al nivel de hotelería señalado. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. Se excluye reembolso.

NOTAS EXPLICATIVAS

NOMBRE :

UF 3500

LOS VALLES PLUS 2100CRI

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresados en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

a) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo
anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de
lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios.

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

l) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario.

b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresados en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en
que se devenga la remuneración.

b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la
bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 190 del DFL N°1 de 2005, determinándose de esta forma el
nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

c) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

d) Se entiende por "Drogas Citotóxicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

e) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

Unidad
Nombre Arancel (4.a)
UF
Isapre Cruz Blanca -20
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y
los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior,
la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo
anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad
Libre Elección realice cambios.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

b) Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud, contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsos en cualquiera
prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana.

100% Sin Tope Clínica Reñaca (Hab. Individual), 90% Sin Tope Clínica Dávila (Hab. Individual)

2.- Definiciones

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento;