%Copago Fijo% 1.19VA 2.38UF 2.38UF 0.60UF 1.19VA 1.40VA 1.00VA 1.00VA 1.00VA 10.20UF 5.10UF 1.23VA3.06UF 1.23VA Atención Inmediata Recién Nacido2.20VA 2.20VA 0.45UF 0.45UF 1.24UF6.21UF 2.21VA 2.09VA 0.38UF UF 0.150.45UF UF 0.170.38UF 1.00VA 1,40VA 1.00VA 1.00VA 2,20VA2,20VA 0.92VA0.92VA3.06UF 0.92VA0.92VA 0.92VA0.92VA 0.92VA0.92VA1.59UF 0,20UF0,20UF1.00UF 1,00VA1,00VA1.00UF 1,00VA1,00VA1.00UF 0.92VA 0.92VA3.04UF Prótesis y Ortesis2.21VA 1.24UF6.21UF 0.82UF 0.83UF 1.25UF 1.42UF 1.51UF 1.83UF 0.45UF4.46UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)2.55UF4.46UF 1.00VA4.46UF 1.19VA4.46UF 0.31VA 0.55VA 0.35VA 0.31UF 3.94VA1.58UF 2.09VA 1.19VA Medicamentos Ambulatorios(1.j)1,00UF 85 80 Fono CruzBlanca 600 818 0000 90 % Sin Tope Red Clínica Magallanes (1.a) (Habitación Individual) Sin Tope Sin Tope Sin Tope Box ambulatorio(1.d) (2a) Quimioterapia(2.d) Cobertura Internacional(1.l) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. FUN Nº Red Clínica Magallanes(1.a) Exámenes, RX, TAC, ECO, RNM, HMQ, La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope 70 Red Clínica Magallanes - Red Integramedica R.M. (1.a.1) Tope Bonificación Sin Tope Visita Interconsultor(1.b) Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) 90 Día cama Cuidados Intermedios Derecho de Pabellón Kinesiología y fisioterapia Materiales Clínicos e Insumos(1.m) Honorarios Médicos Quirúrgicos Drogas Biológicas(2.f) Solo Cobertura Libre Elección Día Cama Especialidades PRESTACIONES RESTRINGIDAS 1a) OFERTA PREFERENTE(*)LIBRE ELECCIÓN Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) Sin Tope PET -CT Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e)(1.k) ATENCIONES DE URGENCIA(Excepto Consulta de Urgencia) 90 Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e)(1.k) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) OTRAS COBERTURAS Red Clínica Magallanes (1.a) - Red Ambulatoria Integramedica RM (1.a.1) Día Cama Clínica de Recuperación Fonoaudiología Consulta Urgencia(*)(1.g) 95 % Sin Tope Red Ambulatoria Integramedica (1.a1.1) 85% Sin Tope Red Clínica Magallanes (1.a) Sin Tope Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. 90% Sin Tope Red Clínica Magallanes (1.a) Radioterapia 80 % Red Clínica Magallanes (1.a) Pabellón Ambulatorio(1.d) NOMBRE:CLINICA MAGALLANES INDIVIDUAL3M9I209013 INDIVIDUAL Consulta Oftalmológica(*) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Quimioterapia(2.d) Tope Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c) Medicamentos en hospitalización(1.m) CODIGO DE PLAN: HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Exámenes de Laboratorio Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sin Tope Día Cama Observación-Recuperación Bonificación PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Visita Médico Tratante Consulta Médica(*) Traslados médicos(1.i) PRESTACIONES TIPO DE PLAN: Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 80 Psiquiatría Ambulatoria Atención integral de enfermería(2.h) Procedimientos(1.c) 80 Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Kinesiología y fisioterapia Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d) Consulta Psiquiatría Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 1.00 www.cruzblanca.cl Día Cama Psiquiatría(1.e) 70 Prestaciones Dentales PAD(1.n): Solo Cobertura Libre Elección40VA Exámenes de Laboratorio Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Atención integral de nutricionista(2.h) Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales Endodoncia Incisivo Endodoncia Premolar Sin Tope 80 % Red Clínica Magallanes(1.a) Solo Cobertura Libre Elección Sin Tope Endodoncia Molar Traslados médicos(1.i)Solo Cobertura Libre Elección80 0.00 Medicamentos Ambulatorios(1j) Red Clínica Magallanes (1.a) PRESTADORES DERIVADOS(1.a.1) Óptica(1.h) PRESTACIONES AMBULATORIAS
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 1.- Coberturas RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICA R.M. 1.n)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. CODIGO DE PLAN:3M9I209013NOMBRE: 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.k)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 2.- Definiciones VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EX = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = ecotomografías; RNM= resonancia nuclear magnética. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. CLINICA MAGALLANES INDIVIDUAL 1.m)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto. Red Clínica Magallanes CargasContratante Huella Dactilar Contratante 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1.a.2.3)Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa con profesionales del Staff de los prestadores definidos en los puntos 1.a) y 1.a.1), suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. Clínica Magallanes - Hospital Puerto Natales - Hospital Clínico U de Chile - Clínica Dávila - Clínica Indisa - Clínica Tabancura 1.a.1)Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Clínica Magallanes, los prestadores de la Red Clínica Magallanes y de la Red Ambulatoria Integramedica R.M.En caso de insuficiencia de Clínica Magallanes, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Isapre CruzBlanca - 31 1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Departamento o Suite. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :3M9I209013 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 1.a.2.2)Son prestadores Staff del Plan Preferente Clínica Magallanes todos los profesionales médicos que trabajan en los prestadores de las redes definidas en los puntos 1.a) y 1.a.1) y que tienen convenio preferente específico para el Plan. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Edad años Identificación Única del Arancel(5a) TABLA DE FACTORES Nº 537 Modalidad del Arancel$ Tope General Anual por Beneficiario(2b)3000UF Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4b)