CÓDIGO DE PLAN:3MXMS10716 TIPO DE PLANINDIVIDUALFUN N° % Bonif. Valor Real Día Cama Especialidades(1.a.4) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día cama Cuidados Intermedios(1.a.5) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Observación o Recuperación Derecho de Pabellón Exámenes de Laboratorio Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)(1.a.5) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiología y fisioterapia Medicamentos en hospitalización(2.c) Materiales Clínicos e Insumos(2.c) Visita por Médico Tratante(1.c) Visita por Médico Interconsultor(1.c) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.b) Quimioterapia(2.f)90%3.00VA120UF Prótesis, Órtesis, y elementos de osteosíntesis2.75VA Traslados Médicos(1.i)2.04VA Consulta Médico de FamiliaUF0.30 Consulta de EspecialidadesUF0.35 Exámenes de Laboratorio70% Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)70% Honorarios Médicos Ambulatorios(1.j) Box ambulatorio(1.j) (2.a) Derecho de Pabellón(1.j) Procedimientos(1.b) Radioterapia Atención Integral de Enfermería(2.e) Atención Integral de Nutricionista(2.e) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)60% Kinesiterapia70%1.20VA1.05 Consulta Psiquiatría1.70VA Psiquiatría Ambulatoria1.70VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria1.70VA1.05 Fonoaudiología1.00VA1.74 Prótesis y Órtesis2.75VA Prestaciones Dentales PAD (1.k) :1.00VA7.00 Prestaciones Fertilización PAD (1.d): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF Quimioterapia(2.f)90%3.00VA120 Día cama Maternidad Pabellón Medicamentos en hospitalización(2.c) Materiales Clínicos e Insumos(2.c) Honorarios Médicos Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.g)(1.l) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.g)(1.l) PET -CT Drogas biológicas (tope Mensual)(2.h)20.00UF Día Cama Psiquiatría Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Día Cama Clínica de Recuperación4.50 OTRAS COBERTURAS Medicamentos Ambulatorios(1.g)1.00VA Óptica(1.h)1.00VA ATENCION DE URGENCIA INTEGRAL ( 2.i) URGENCIA ADULTO URGENCIA PEDIATRICA URGENCIA MATERNIDAD URGENCIA TRAUMATOLOGICA PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Cobertura Internacional Atención Dental con Descuento Fono CruzBlanca 600 818 0000 90% Sin Topecon Copago Máximo 30 UF por Evento PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. NOMBRE :MaxSalud Plus 1000 Te Quiero Feliz 80% Clínicas Bicentenario - Avansalud Providencia - Juan Pablo II - Cordillera Hospital Clínico U. de Chile, Clínica Hospital del Profesor Habitación Doble y Triple Modalidad Institucional PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.6) UF 80% 100% Sin tope Habitación Doble Sin Tope (2.d) Copago Fijo $ / UF / % Año/Benef/UF Habitación Doble y Triple Modalidad Institucional Tope Bonificación Sin TopeHabitación Doble UF 80% UF UF Clínicas Bicentenario - Avansalud Providencia - Juan Pablo II - Cordillera Hospital Clínico U. de Chile, Clínica Hospital del Profesor UF UF UF 40% La cobertura Internacional es por reembolso y corresponderá al 50% del arancel Cruz Blanca 30, garantizando la coberturamínimaFonasaparalasprestacionescontempladasendichoarancel.Paraobtenerlacobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. www.cruzblanca.cl 60% Descuento Arancel INTEGRAMEDICA VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE CERRADA. 0.65 UF1.15 UF 2.30 UF Sin Tope 1.30 UF 1,00 VA PRESTACIONES AMBULATORIAS 1.00VA Tope1.a.1) Cobertura Preferente PRESTADORES DERIVADOS CENTROS INTEGRAMEDICA VIGENTES PARA EL PLAN Sin Tope Clínicas Bicentenario - Cordillera - Hospital Clínico Universidad de Chile - Avansalud (sólo urgencia adulto)- Clínica Vespucio COPAGO FIJO URGENCIA SIMPLE 4.50 70% PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CERRADO (1.a) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS 1,00 VA 1,00 VA Sin Tope Cirugía Traumatológica 90% Sin Topecon Copago Máximo 20 UF por Evento 70% COPAGO FIJO URGENCIA COMPLEJA (2.i) 1.20 UF 50% 1.85 UF Sin Tope Bicentenario - Avansalud Providencia - Juan Pablo II - Cordillera (Habitación Individual) Hospital Clínico U. de Chile, Clínica Hospital del Profesor (Habitación Doble y Triple Modalidad Institucional) 3.20 UF 4.00 UF 1,00 VA 25%1.00VA Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin Tope UF - VECES ARANCEL (1.a.3) Médicos Staff Preferente MF 1.a.2) INTEGRAMEDICA (1.a.1) COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) __________________________________________________ Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUTRUT Fecha 1- Coberturas 2.e)Lacobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista:pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de Enfermería:para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.b)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE CERRADA". 1.a.6)Estas prestaciones contemplan una cobertura restringida en el Plan de Salud. 2.b)Lasgarantías Explicitas en Salud (GES)y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.f)Se entiende porquiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Huella Dactilar Contratante La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.a.2)Son prestadores Médicos Staff del Plan Preferente MF (Medicina Familiar)INTEGRAMEDICA todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan. 1.a) Se entiende por plan cerrado, aquel cuya estructura sólo contempla el otorgamiento de atenciones de salud a través de determinados prestadores individualizados en el plan, no previéndose el acceso a las prestaciones bajo la modalidad de libre elección. No está afecto a reembolsos. Cualquier prestación que se realice fuera de la Red Plan Medicina Familiar- INTEGRAMEDICA, sin autorización del Médico de Familia, no estará afecta a cobertura, no tiene reembolso. 1.l)La Exclusión de cobertura preferente de la cirugía Bariátrica y Lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.g)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía Ambulatoria de prestaciones asociadas a un pabellón con guarismo inferior a 4, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.a.3)Los topes de bonificación que no son "Copagos fijos", se expresan en veces el Arancel CruzBlanca- 30. Isapre Cruz Blanca garantiza para todas lasprestaciones que corresponden a codificación Fonasa,la cobertura financiera del arancel Fonasa en su modalidad de libre elección, si ésta última fuera superior a lo señalado por el Arancel Cruz Blanca 30. 1.a.4)En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA o alguno de los prestadores preferentes hospitalarios, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de los otros prestadores de la RED , previa autorización de su médico de cabecera o de Cruz blanca. Tratándose de la cobertura de Honorarios Médicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos suscritos al convenio para el Plan. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. VA= Veces Arancel,UF= Unidad de fomento. 1.a.1) RED AMBULATORIA PLANES MAXSALUD: $Isapre Cruz Blanca 30 1.i)Corresponderá cobertura de traslado sólo con indicación médica justificada. 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3MXMS10716 1.a.5)Para determinar la cobertura preferente hospitalaria, el beneficiario deberá utilizar el tipo de habitación, que para cada uno de los prestadores de la red hospitalaria se señala en el Plan de Salud.No se cubre Suite o Departamento. 1.d)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.c)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende porEvento hospitalarioa aquelque engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público oprivado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.i) Urgencia Integral:corresponde a la atención efectuada en forma ambulatoria en un servicio de urgencia y que incluye todas las prestaciones requeridas por el beneficiario para resolver el evento de urgencia, tales como consulta urgencia, exámenes de laboratorio, de imágenes, procedimientos médicos, insumos y medicamentos utilizados durante la atención. La "Urgencia Integral Compleja"la define la realización de exámenes de imagenología de los subgrupos 03 del arancel (TAC : tomografía axial computarizada -scanner), 04 del arancel (Ecotomografías) y subgrupo 05 (Resonancia Nuclear Magnética).También determinan una urgencia integral compleja, la realización de procedimientos médicos que incluyan prestaciones endoscópicas y atenciones de pacientes que ingresen en riesgo vital. En el caso de una atención de Urgencia Integral que se derive a una cirugía, la hospitalización en Clínica Vespucio deberá ser en Habitación Doble. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.j)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. 1.a.7)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable. La consulta de urgencia y exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización, también estará afectos a la cobertura preferente. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la atención ambulatoria en el servicio de urgencia y a lacuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado enClínica Bicentenario.Serán de cargo del beneficiario, las diferencias del precio cobrado por el prestador ajeno al Plan. 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 2.g)Se entiende porCirugía Bariátrica o de Obesidadal By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.a)Box ambulatoriocorresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.d)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por modalidad del plan max salud. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad del plan max salud a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 5.a)El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios. 1.a.1) Las coberturas preferentes para prestaciones ambulatorias y hospitalarias definidas en el plan de salud complementario cerrado, se obtienen sólo si se realizan en los prestadores preferentes cerrados señalados en el plan y de acuerdo a los procedimientos definidos en el documento "Condiciones de la Oferta Preferente Cerrada" que forma parte del contrato. 2.h)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. Tope General por Beneficiario (2.d)1500 UF INTEGRAMEDICA Estación Central - Plaza Oeste - Plaza Norte - Tobalaba - San Miguel - Florida Salud - Alameda - Maipú y Puente Alto. Clínica Santa Lucía (San Bdo) Nombre Arancel (5.a)Unidad 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El copago fijo definido para los diferentes tipo de "urgencia integral" 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Kinevid - Médicos de Familia INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA: SONORAD Región XIII 2-DefinicionesHombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537