CÓDIGO DE PLAN:3MXS401714 TIPO DE PLANINDIVIDUALFUN N° % Bonif. Valor Real Día Cama Especialidades (a4) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Observación o Recuperación Derecho de Pabellón Exámenes de Laboratorio(a5) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiología y fisioterapia Medicamentos en hospitalización (2c) Materiales Clínicos e Insumos (2c)(a5) Visita por Médico Tratante (1c) Visita por Médico Interconsultor(1c) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1b) Quimioterapia (2f)90%3.00VA120UF Prótesis, Ortesis, y elementos de osteosíntesis2.50VA Traslados Médicos (1i)2.00VA Consulta Médico de FamiliaUF0.15 Consulta No Programada (a7)IUF0.20 Consulta de EspecialidadesNUF0.25 Exámenes de Laboratorio70%T Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)70%E Honorarios Médicos Ambulatorios (1j)G Box ambulatorio (1j) (2a)R Derecho de Pabellón (1j)A Procedimientos (1b)M RadioterapiaE Atención Integral de Enfermería (2e)D Atención Integral de Nutricionista (2e)I Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)80%C KinesiterapiaA1.40VA2.70 Consulta Psiquiatría2.00VA Psiquiatría Ambulatoria2.00VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria2.00VA3.60 Fonoaudiología(a1)1.00VA2.10 Prótesis y Ortesis2.50VA Prestaciones Dentales PAD (1k) : Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental0.82 Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83 Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25 Endodoncia Incisivo1.42 Endodoncia Premolar1.51 Endodoncia Molar1.83 Prestaciones Fertilización PAD(1.m): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF Quimioterapia (2f)90%3.00VA120 Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios (2g)(1l) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón 2g)(1l) PET -CT Drogas biológicas (tope Mensual) ( 2h)20.00UF Día Cama Psiquiatría (1d) Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1e ) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1d) Día Cama Clínica de Recuperación6.00 OTRAS COBERTURAS Medicamentos Ambulatorios (1g)1.00VA Óptica (1h)1.00VA ATENCION DE URGENCIA INTEGRAL ( 2i) URGENCIA ADULTO URGENCIA PEDIATRICA URGENCIA MATERNIDAD URGENCIA TRAUMATOLOGICA PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Cobertura Internacional Atención Dental con Descuento Fono CruzBlanca 600 818 0000 UF UF COPAGO FIJO URGENCIA COMPLEJA (2i) 0.95UF3.00UF 1.00UF Sin Tope Sin Tope 1.00VA UF UF UF 50%1.00VASin Tope Sin Tope 1.50UF Sin Tope Clínicas Dávila - Bicentenario - Cordillera - Hospital Clínico Universidad de Chile - Avansalud (sólo urgencia adulto) COPAGO FIJO URGENCIA SIMPLE 6.00 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CERRADO (a) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS(a6) 90% Sin Topecon Copago Máximo 6UF por Evento Sin Tope Sin Tope 80% Sin Tope MaxSalud Plus 4000 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA PRESTADORES DERIVADOS Clínicas Dávila, Bicentenario, Avansalud Providencia Clínicas Dávila - Bicentenario - Avansalud Providencia - Juan Pablo II - Cordillera (Habitación individual), Hospital Clínico U. de Chile, Clínica Hospital del Profesor (Habitación Doble y Triple Modalidad Institucional) PRESTACIONES AMBULATORIAS Tope Bonificación Sin Tope UF - VECES ARANCEL (a3) 2j) Clínicas Dávila - Bicentenario - Avansalud Providencia - Juan Pablo II - Cordillera Hospital Clínico U. de Chile, Clínica Hospital del Profesor Médicos Staff Preferente MF a2) NOMBRE : Tope Habitación individual Habitación Doble y Triple Modalidad Institucional a1) Cobertura Preferente Sin Tope UF UF Sin Tope 2.30UF 0.85UF 1.70UF Sin Tope UF UF 80% 80% www.cruzblanca.cl 60% Descuento Arancel INTEGRAMEDICA (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE CERRADA. 0.50UF La cobertura Internacional es por reembolso y corresponderá al 50% del arancel Cruz Blanca 30, garantizando la cobertura mínima Fonasa para las prestaciones contempladas en dicho arancel. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. UF 100% PRESTACIONES RESTRINGIDAS (a6) Año/Benef/UF (2d) Copago Fijo $ / UF / % 40% 80% UF UF
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b) __________________________________________________ Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUTRUT Fecha 1- Coberturas 2-Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Estación Central - Plaza Oeste - Plaza Norte - Tobalaba - San Miguel - Florida Salud - Alameda , Maipú y Puente Alto.Clínica Santa Lucía (San Bdo)SONORAD Región XIII Tope General por Beneficiario (2d) Sin Tope Unidad a8) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. La consulta de urgencia y exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización, también estará afectos a la cobertura preferente. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la atención ambulatoria en el servicio de urgencia y a lacuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado enClínica Bicentenario.Serán de cargo del beneficiario, las diferencias del precio cobrado por el prestador ajeno al Plan. Nombre Arancel (5a) a) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios. a1) Las coberturas preferentes para prestaciones ambulatorias y hospitalarias definidas en el plan de salud complementario cerrado, se obtienen sólo si se realizan en los prestadores preferentes cerrados señalados en el plan y de acuerdo a los procedimientos definidos en el documento "Condiciones de la Oferta Preferente Cerrada" que forma parte del contrato. h) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3MXS401714 c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. a2) Son prestadores Médicos Staff del Plan Preferente MF (Medicina Familiar)INTEGRAMEDICA todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. c) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario. Se entiende porEvento hospitalarioa aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público oprivado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. i)Urgencia Integral:corresponde a la atención efectuada en forma ambulatoria en un servicio de urgencia y que incluye todas las prestaciones requeridas por el beneficiario para resolver el evento de urgencia, tales como consulta urgencia, examenes de laboratorio, de imagenes, procedimientos médicos, insumos y medicamentos utilizados durante la atención. La "Urgencia Integral Compleja" la define la realización de exámenes de imagenología de los subgrupos 03 del arancel (TAC : tomografía axial computarizada -scanner), 04 del arancel (ecotomografías) y sugrupo 05 (Resonancia Nuclear Magnética). También determinan una urgencia integral compleja, la realización de procedimientos médicos que incluyan prestaciones endoscópicas y atenciones de pacientes que ingresen en riego vital. k) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. j)VA= Veces Arancel,UF= Unidad de fomento. a 1) RED AMBULATORIA PLANES MAXSALUD: $Isapre Cruz Blanca 30 i) Corresponderá cobertura de traslado sólo con indicación médica justificada. e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El copago fijo definido para los diferentes tipo de "urgencia integral" a7) Atención consulta médica no programada: En el caso de que el afiliado y/o beneficiario no encuentre hora con su médico de cabecera y requiera atención médica en un período inferior a 3 días , para una atención que no requiere de un servicio de urgencia, tendrá la opción de comunicarse con la enfermera de la familia para que lo oriente y eventualmente, en dependencia de la severidad del caso le agende una hora de consulta, bajo la modalidad de “consulta sin hora”. Esta consulta no necesariamente será con su médico de cabecera. b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. a) Se entiende por plan cerrado, aquel cuya estructura sólo contempla el otorgamiento de atenciones de salud a través de determinados prestadores individualizados en el plan, no previéndose el acceso a las prestaciones bajo la modalidad de libre elección. No está afecto a reembolsos. Cualquier prestación que se realice fuera de la Red Plan Medicina Familiar- INTEGRAMEDICA, sin autorización del Médico de Familia, no estará afecta a cobertura, no tiene reembolso. l) La Exclusión de cobertura preferente de la cirugía Bariátrica y Lasik, corresponde al evento hospitalario completo. g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía Ambulatoria de prestaciones asociadas a un pabellón con guarismo inferior a 4, y procedimiento de ortopedia y traumatología. h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. a3) Los topes de bonificación que no son "Copagos fijos",se expresan en veces el Arancel CruzBlanca- 30. Isapre Cruz Blanca garantiza para todas lasprestaciones que corresponden a codificación Fonasa,la cobertura financiera del arancel Fonasa en su modalidad de libre elección, si ésta última fuera superior a lo señalado por el Arancel Cruz Blanca 30. a4) En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA o alguno de los prestadores preferentes hospitalarios, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de los otros prestadores de la RED , previa autorización de su médico de cabecera o de Cruz blanca. Tratándose de la cobertura de Honorarios Médicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos suscritos al convenio para el Plan. Médicos de Familia INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA: g) Se entiende porCirugía Bariátrica o de Obesidadal By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. a)Box ambulatoriocorresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. a5) Para determinar la cobertura preferente hospitalaria, el beneficiario deberá utilizar el tipo de habitación, que para cada uno de los prestadores de la red hospitalaria se señala en el Plan de Salud. No se cubre Suite o Departamento. a6) Estas prestaciones contemplan una cobertura restringida en el Plan de Salud. b) Lasgarantías Explicitas en Salud (GES)y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. d) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por la oferta Cerrada de atención. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. e) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE CERRADA". f) Se entiende porquiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. m) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. Huella Dactilar ContratanteHombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537