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Preferente

3ONN340J20

CRUZBLANCA ON NORTE 340 J20

Puntuación del plan 5,1

Desde

$100.491/mes


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CRUZBLANCA ON NORTE 340 J20
3ONN340J20
Fun N°: Tipo de Plan: INDIVIDUAL
PRESTACIONES
Oferta Preferente Norte (1.a) Oferta Preferente Metropolitana (1.a) Libre Elección Tope máx año
contrato por
beneficiario (2.b)
% Tope % Tope % Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Día Cama
80% Sin Tope
Clínica San José de Arica

Clínica RedSalud Iquique

Clínica Tarapacá

Clínica Atacama

70% Sin Tope

Clínica La Portada

Clínica RedSalud Elqui

60% Sin Tope

Clínica Antofagasta

Clínica El Loa

(1.a.2)

80% Sin Tope

Clínica Dávila

Clínica Bupa Santiago

(1.a.2)

80%

5.3 UF

Sin Tope

Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios
10.0 UF
Día Cama Cuidados Intermedios
10.0 UF
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
2.7 UF
Día Cama Observación-Recuperación
2.0 VA
Derecho de Pabellón
60 PRESTACIONES GARANTIZADAS
CON COPAGO MÁXIMO POR EVENTO

Alta Complejidad 35 UF

Media Complejidad 25 UF

Baja Complejidad 15 UF

(1.a.3)

5.0 VA

Exámenes de Laboratorio
1.7 VA
Exámenes de Histopatología
1.9 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.7 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.9 VA
Kinesiología y fisioterapia
2.2 VA 20 UF
Medicamentos (2.g)(2.i)
30.0 UF
Sin Tope

Materiales e insumos clínicos (2.g)(2.i)
Habitación Individual y Doble (1.a.2.1) 20.0 UF
Procedimientos (1.c) (1.a.2.3)

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.4)

2.4 VA

Honorarios médicos quirúrgicos (1.a.2.3)
4.0 VA
Visita por médico tratante (1.b) (1.a.2.3)
Habitación Individual y Doble (1.a.2.1) 1.2 UF
Visita por médico interconsultor (1.b) (1.a.2.3)
Staff Médicos Clínicas (1.a.2.2) (1.a.2.3) 1.2 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.4)

6.3 VA

Traslados Médicos (1.i)
3.8 VA
Drogas Biológicas (2.f)
20.0 UF 100 UF
Quimioterapia (2.d)(2.i)

Injertos Hematopoyéticos
1.0 VA Sin Tope
Fertilización asistida alta complejidad PAD (1.e)

AMBULATORIAS

Consulta médica
80% Sin Tope
Clínica San José de Arica, Clínica
RedSalud Iquique, Clínica Tarapacá,
Clínica Atacama, Clínica La Portada,
Clínica RedSalud Elqui

60% Sin Tope

Clínica Antofagasta, Clínica El Loa

(1.a.1)

80% Sin Tope

Integramédica, Clínica Dávila, Clínica Bupa
Santiago

(1.a.1)

80%

1.0 UF

Sin Tope

Consulta oftalmológica
1.0 UF
Exámenes de Laboratorio
2.1 VA
Exámenes de Histopatología
2.3 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
2.1 VA
Pabellón Ambulatorio (2.a) (1.d)
5.6 VA
Procedimientos (1.c)
2.0 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
4.8 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.4)

2.0 VA

Atención integral de enfermería (2.h)

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.4)

1.4 VA

Atención integral de nutricionista
2.0 VA 7 UF
Kinesiología y fisioterapia
2.2 VA
10 UF

Consulta psiquiatría - Psiquiatría ambulatoria
0.4 UF
Consulta psicología - Psicología ambulatoria
0.7 VA
Fonoaudiología
4.0 VA
Radioterapia
2.0 VA Sin Tope
Quimioterapia (2.d)(2.i)
20.0 UF 100 UF
Prótesis y órtesis
6.3 VA Sin Tope
Injertos Hematopoyéticos
1.0 VA
Prestaciones dentales PAD (1.l)

1.0 VA

7 UF

Fertilización asistida baja comp. Hombre PAD (1.e)
4 UF
Fertilización asistida baja comp. Mujer PAD (1.e)
12 UF
Fertilización asistida alta complejidad PAD (1.e)
1.0 VA Sin Tope
PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Día Cama Psiquiatría (1.a.3)

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.4)
80%
2.4 UF

10 UF

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
(1.a.3)
7.5 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.a.3)
3.5 VA
Día Cama Clínica de Recuperación (1.a.3)
1.4 UF
Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva
(lasik) PET-CT (2.e)
25% de la cobertura general del plan.
OTRAS COBERTURAS

Box ambulatorio (1.d)
Idénticos porcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos prestadores.
80%

3.0 VA
Sin Tope
Medicamentos ambulatorios (1.j)(2.i)
0.5 UF
Óptica (1.h)
Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.4) 1.0 UF 1 UF
Traslados médicos (1.i)
3.8 VA Sin Tope
Cobertura internacional (1.k)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está afecta a un tope anual por beneficiario de
UF 1.000.

ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.2.5) (1.g)

Consulta de Urgencia (1.a.2.4)

Idénticos porcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos prestadores.

(excluye Integramédica)

80%
1.0 UF Sin Tope
RNM – PRO – HMQ – DPA

EXS – RX – TAC – ECO

Medicamentos ambulatorios (1.j)

PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6)

Prestaciones Ambulatorias
Red Preferente Ambulatoria
Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria
Red Preferente Hospitalaria
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

CRUZBLANCA ON NORTE 340 J20

3ONN340J20

PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Precio Base

Precio Total según composición del grupo familiar

TABLA DE FACTORES N° 343

Edad (Años)
Contratante Cargas
0 a menos de 20
0.6 0.6
20 a menos de 25
0.9 0.7
25 a menos de 35
1.0 0.7
35 a menos de 45
1.3 0.9
45 a menos de 55
1.4 1.0
55 a menos de 65
2.0 1.4
65 y más
2.4 2.2
Identificación única del arancel
Isapre CruzBlanca – 31 Modalidad Arancel $
Tope General por Beneficiario en UF
3000
(2.b)
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

1.a.3.2.1) Que la o las prestaciones de que se trate se encuentren afectas a alguna restricción o exclusión de cobertura, o que el beneficiario haya alcanzado el tope general de
cobertura del contrato de salud.

1.a.3.2.2) Cuando se trate de cirugías múltiples o bilaterales, esto es, en aquellos casos en que se realizan dos o más intervenciones en un mismo acto quirúrgico y no corresponda
a un evento único. Lo anterior es con excepción de aquellas prestaciones múltiples o bilaterales en que ambas se encuentren incorporadas en la nómina precedente.

1.a.3.2.3) Las prestaciones requeridas en una hospitalización de urgencia, entendiéndose por tal aquella en que el paciente fue derivado desde un servicio de urgencia, que por su
condición de salud o cuadro clínico requiere atención médica inmediata e impostergable. (Excepto Apendicectomía).

1.a.4) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza
la atención.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura
equivalente a la atención hospitalizada.

1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación
espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el
tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación.
Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o más piezas
dentales.

2) Definiciones
VA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento.
Staff Médicos Clínicas = Médicos de las Clínicas Red Hospitalaria Clínica Dávila, Clínica Bupa Santiago.

EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;

RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de pabellón.

2.a) Pabellón ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4
horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección como por
oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el
copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de
salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo
copago del afiliado.

2.c) Las Garantías Explícitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional
que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico, sea efectuado en pacientes
obesos o no. La restricción de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica, Cirugía Lasik y PET-CT, corresponde al evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos
en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida,
pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el
término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores
de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados,
terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación
y/o retiro de catéter o sonda.

2.i) Todos los medicamentos, materiales e insumos clínicos, incluidos medicamentos para quimioterapia, se bonificarán únicamente en la medida que se encuentren registrados por
el Instituto de Salud Pública (I.S.P.) y tengan fines curativos. Por lo anterior, se excluyen de cobertura los medicamentos que tengan fines de investigación y/o experimentación.

3) Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente"

4) Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar

4.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresados en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último
día del mes anterior al de la respectiva bonificación.

4.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último
día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

5) Reajuste del arancel de prestaciones

El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior
al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.