INDIVIDUAL % Bonif.% Bonif. Valor Real 1.22 VA 1.22 VA 1.62 VA Kinesiologia1.62 VA4.05 UF 1.46 VA 0.89 VA 1.29 VA 0.44 UF 1.05 VA 3.87 UF x Evento 0.97 UF x Evento50 UF 1.22 VA6.08 UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica( e )0.97 UF 1.62 VA 1.22 VA4.56 UF Consulta Médica0.23 UF$ 3,000 Consulta Urgencia y Oftalmológica(f)0.28 UF$ 7,000 Psiquiatría Ambulatoria0.25 UF1.26 UF Psicología Ambulatoria0.25 UF1.26 UF Honorarios Médicos Ambulatorios(j)0.82 VA Box Ambulatorio(j)0.95 VA Derecho de Pabellón(j)0.95 VA Procedimientos(b )1.26 VA Kinesiologia1.26 VA3.15 UF Laboratorio1.13 VA 0.69 VA 1.00 VA Fonoaudiologia1.26 VA1.64 UF Medicamentos Ambulatorios(g)0.39 UF Óptica(g)0.63 VA0.25 UF Prótesis0.72 VA Traslados(i)0.43 VA 9.78 UF Atenciones de Urgencia (excepto consulta) Consulta Médica15 días Exámenes30 días Fono CruzBlanca 600 818 0000 COBERTURA PREFERENCIAL (a) PRESTACIONES HOSPITALARIAS 70 % Topes Libre Elección Sin Tope Prestadores Derivados (*) Procedimientos(b ) Laboratorio Sin Tope Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugíafotorrefractiva(lasik),tratamientosdeInfertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad (a.1) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) 70 70 Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)Sin Tope Sin Tope Sin Tope 6.08 UF Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(c) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Sin Tope Materiales Clínicos e Insumos Honorarios Médicos Quirúrgicos Medicamentos en hospitalización Día Cama Derecho de Pabellón OPTIMUS PLUS 1000 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE : GRUPALFUN N° CÓDIGO DE PLAN:3OP1000120 TIPO DE PLAN Tope Bonificación/Copago Fijo (Habitación Pluripersonal) ROP1 : Hospital Clínico Universidad de Chile, Hospital del Profesor, Clínica Central, Clínica Presbiteriana Madre e Hijo, Clínica Juan Pablo II, Hospital Parroquial de San Bernardo. (k) Tope Bonificación Libre Elección UF / Veces Arancel Año/Benef/UF OTRAS PRESTACIONES Tiempos de Espera: Proc. diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones quirúrgicas 7 días Sin Tope Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia Tope mensual OTROS PRESTACIONES (Restricciones) 90% Sin Tope 90% 80% Sin Tope en Red Ambulatoria PRESTACIONES AMBULATORIAS Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Día Cama Clínica de Recuperación Día cama Psiquiatría(d) Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas(d) 90 Red de prestadores ROP1 Solo cobertura Libre Elección www.cruzblanca.cl
CÓDIGO DE PLAN: HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77Precio Total Plan de Salud Complementario 5 a menos de 100.750.550.630.55en UF según composición del grupo familiar 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50Unidad 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65UF 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. ______________________________Firma Contratante _____________________________________ Nombre :Nombre : ISAPRE CRUZ BLANCA - 20 Tope General por Beneficiario k) 1720 UF Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Edad (Años) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección.No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria y procedimientos de ortopedia y traumatología. k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente.El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado. Nombre Arancel OPTIMUS PLUS 1000 j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. NOMBRE : i) Con indicación médica justificada. 3OP1000120 a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Cargas (*) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su mismaRed.En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado. b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzosiguiente.Sinperjuiciodeloanterior,laIsapreestáfacultadapara incorporarnuevasprestacionesalarancelenlaoportunidadqueestime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios. SoloServiciodeApoyoenLaboratorio,Rayos,Scanner,yEco:Integramedica,Megasalud, Avansalud Providencia, Plusmedica. Contratante NOTAS EXPLICATIVAS a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Pluripersonal utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Red de prestadores ROP1Hospital Clínico Universidad de Chile, Hospital del Profesor, Clínica Central, Clínica Presbiteriana Madre e Hijo, Clínica Juan Pablo II, Hospital Parroquial de San Bernardo. Red Ambulatoria