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PreferenteCódigo 3OP1000714

OPTIMUS PLUS 1000

Puntuación del plan
1,5

Plan no comercializable.

Desde

$93.094/mes

2,26 UF
% Copago Fijo %
1.22
UF
2.44
UF
2.44
UF
0.61
UF
1.22
VA
1.22
VA
1.46
VA
Exámenes de Histopatología
1.61 VA
0.90
VA
1.30
VA
4.05
UF 1.62 VA 4.05 UF
3.87
UF
1.62
VA
1.05
VA
0.45
UF
0.45
UF
80
0.97 UF
0.65
VA
0.58
VA
10.76
UF 32.28 UF
(a1)
UF 0.13 0.30 UF
UF
0.31 0.30 UF
Exámenes de Laboratorio
1.13 VA
Exámenes de Histopatología
1.24 VA
0.70
VA
Pabellón Ambulatorio(1d)
0.95 VA
Procedimientos (1.c)
1.26 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1d)
0.82 VA
1.00
VA
Atención integral de enfermería (2h)
1.26 VA
Atención integral de nutricionista (2h)
1.26 VA 4.158 UF
1.26
VA 4.05 UF
0.30
UF 1.26 UF
1.62
VA 1.26 UF
1.62
VA 1.26 UF
2.25
VA 1.64 UF
1.26
VA
10.76
UF 10.76 UF
Prótesis y Ortesis
0.65 VA
Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia Incisivo
1.42 UF
Endodoncia Premolar
1.51 UF
Endodoncia Molar
1.83 UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.n):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
1.22
UF 6.08 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f)
0.97 UF 6.08 UF
1.62
VA 6.08 UF
1.22
UF 4.56 UF
1.26
VA
1.05
VA
1.22
VA
0.97
UF
Box ambulatorio (2a)
0.95 VA
0.39
UF
0.57
VA 0.23 UF
0.58
VA
Consulta Urgencia (*) (1g)
0.40 UF 70 0.30 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

EXS, RX,TAC,ECO

3OP1000714

Día Cama Especialidades

Día cama Cuidados Intermedios

Día Cama Observación-Recuperación

Sólo Cobertura Libre Elección

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

INDIVIDUAL
FUN Nº
70

Medicamentos Ambulatorios (1j)

Sin Tope

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Visita Médico Tratante (*)

Consulta Médica

Traslados médicos

PRESTACIONES

Exámenes de Laboratorio

90

Sin Tope

Sin Tope

Óptica (1h)

Sin Tope

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Día Cama Psiquiatría (1e)

Drogas Biológicas (2f)

OTRAS COBERTURAS

70

70

80% Sin Tope ROP1
80% Sin Tope INTEGRAMEDICA

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2e)

NOMBRE :
OPTIMUS PLUS 1000
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

CODIGO DE PLAN :

TIPO DE PLAN :

Sin Tope

90

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2e)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Kinesiología y fisioterapia

Sin Tope

Quimioterapia (2d)

80% Sin Tope ROP1

ROP1: RED Optimus Plus 1000
80% Sin Tope ROP1
Sólo Cobertura Libre Elección

Cobertura Internacional (1.l)

ATENCIONES DE URGENCIA

Medicamentos Ambulatorios (1j)

www.cruzblanca.cl

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Día Cama Clínica de Recuperación

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1e)

Kinesiología y fisioterapia

VA

Fonoaudiología

40
Sólo Cobertura Libre Elección
Sólo Cobertura Libre Elección

Visita Interconsultor (*) (1b)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Psiquiatría Ambulatoria

Sólo Cobertura Libre Elección

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Quimioterapia (2d)

Radioterapia

Consulta Oftalmológica

Sin Tope

Medicamentos en hospitalización (2g)

Sin Tope

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Sólo Cobertura Libre Elección

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.m)

PET -CT

Tope máx. Año contrato
por beneficiario (2b)

90% Sin Tope

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Derecho de Pabellón

Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) (1c)

Prestaciones Dentales PAD (1.k):

1.00

80

Materiales Clínicos e Insumos (2g)
UF 50
Sin Tope

Sin Tope

Traslados (1i)

Consulta Psiquiatría

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

LIBRE ELECCIÓN
1a) OFERTA PREFERENTE(*)
Tope máx. Año contrato
por beneficiario (2b)
Tope Tope
ROP1: Habitación Pluripersonal

RED Optimus Plus 1000-ROP1

Bonificación
Bonificación
Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS
ROP1: RED Optimus Plus 1000
ROP1: Habitación Pluripersonal

PRESTADORES DERIVADOS a.3
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
_________________________
____________________________
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICA
CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA INCLUIDOS EN EL PLAN:
2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1m) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Contratante

1f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Hospital de San Bernardo

Huella Dactilar Contratante

1c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

30 a menos de 35

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear
Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.

2h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios
de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor,
atendido por enfermeras universitarias.

1d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

2g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más
establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

2a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige
para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea
igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

1j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

5a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de
Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar
de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde
el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

2d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

4b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que
se devenga la remuneración.

4a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

1.l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de
pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

a2.6) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un
servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta
hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en

1b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 3OP1000714

50 a menos de 55

55 a menos de 60

a3) Son prestadores Derivados del Plan Preferente aquellos que integran su misma Red según el cuadro más arriba detallado. En caso de insuficiencia de un prestador preferente, la cobertura corresponderá a la
señalada para la RED que integre el prestador utilizado.

1720

45 a menos de 50

60 a menos de 65

25 a menos de 30

UF
Tope General Anual por Beneficiario 2b)
Clínica Hospital del Profesor

Clínica Juan Pablo II

ROP1: RED Optimus Plus
1000

80 y más

65 a menos de 70

70 a menos de 75

Clínica Madre e Hijo

Integramedica Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.

1a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

a4) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Pluripersonal o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.
No se cubre Suite o Departamento.

2 a menos de 5

Modalidad del Arancel

35 a menos de 40

40 a menos de 45

a1) Oferta preferente Ambulatoria:

75 a menos de 80

$

Identificación Única del Arancel (5a)
Isapre CruzBlanca - 31
15 a menos de 20

Cargas
Edad años
TABLA DE FACTORES Nº 537

20 a menos de 25

10 a menos de 15

a2) Oferta preferente Ambulatoria y Hospitalaria:

Hospital Clínico U. de Chile

1.k) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

1.n) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento,
procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones
requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

5 a menos de 10

0 a menos de 2